TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS
UNIDOS
DISTRITO SUR DE FLORIDA
CASO N脷M. 03-20685-CR-SEITZ(s)
18
U.S.C. § 2332(b)(2)
18
U.S.C. § 32(a)(l)
18
U.S.C. § 34
49
U.S.C. § 46501(2)
18
U.S.C. § 1111(a)(l)
18
U.S.C. § 3238
18 U.S.C. § 2
ESTADOS UNIDOS DE AM脡RICA
v.
RAUL MODESTO CASTRO RUZ,
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
EMILIO JOSE PALACIO BLANCO,
JOSE FIDEL GUAL BARZAGA,
RAUL SIMANCA CARDENAS,
y
LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ,
Acusados.
____________________________________________________________
ACUSACI脫N FORMAL SUSTITUTIVA
El Gran Jurado acusa que:
ALEGACIONES GENERALES
Introducci贸n
Desde que tomaron el poder en la
Rep煤blica de Cuba (Cuba) en 1959, Fidel Alejandro Castro Ruz ("Fidel
Castro"), RAUL MODESTO CASTRO RUZ ("CASTRO RUZ"), seg煤n
se ilustra a continuaci贸n, y otros, establecieron una dictadura ("el
R茅gimen Castro") dise帽ada para mantener y proteger su gobierno y evitar un
cambio de r茅gimen.
Durante las d茅cadas siguientes, los
cubanos huyeron hacia los Estados Unidos a trav茅s del Estrecho de Florida,
arriesgando sus vidas, y en muchas ocasiones muriendo en esas aguas en su
camino hacia la libertad. Hermanos al Rescate (Brothers to the Rescue,
Inc. ("BTTR")) fue una organizaci贸n en Miami, Florida, que pilotaba
aviones Cessna desarmados para rescatar o guiar a migrantes cubanos varados o
perdidos en el mar. En la d茅cada de 1990, los vuelos de BTTR tambi茅n apoyaron
movimientos anticastristas y pro-democracia en Cuba.
Cuba envi贸 esp铆as a Miami, Florida,
para obtener informaci贸n sobre BTTR e informar al R茅gimen Castro. Estos esp铆as
formaban parte de un grupo cuyo nombre clave era La Red Avispa (la Red
Avispa). Los esp铆as infiltraron exitosamente BTTR e informaron al R茅gimen
Castro sobre las actividades de BTTR.
En enero de 1996 aproximadamente,
BTTR vol贸 aviones Cessna desarmados dentro o alrededor del espacio a茅reo cubano
y lanz贸 panfletos pro-democracia que aterrizaron en el territorio continental
cubano. Los aviones Cessna utilizados por BTTR volaban a velocidades
significativamente m谩s lentas que los aviones de combate MiG cubanos. En enero
de 1996 aproximadamente, el ej茅rcito cubano, encabezado por CASTRO RUZ,
realiz贸 misiones de entrenamiento durante las cuales los aviones de combate MiG
cubanos localizaron y siguieron aviones con las velocidades de vuelo y a las
altitudes de los aviones utilizados por BTTR.
En febrero de 1996 aproximadamente,
grupos pro-democracia en Cuba planearon manifestaciones en Cuba, y BTTR
planific贸 apoyar esas manifestaciones mediante vuelos hacia Cuba en el momento
de las manifestaciones. El R茅gimen Castro no permiti贸 las manifestaciones
pro-democracia planeadas en Cuba en ese momento e instruy贸 a sus esp铆as a no
volar con BTTR durante los vuelos planificados de BTTR en febrero de 1996. El
24 de febrero de 1996, tres aeronaves de BTTR partieron del sur de Florida
hacia Cuba, y los MiGs cubanos derribaron dos de ellas en aguas
internacionales, matando a cuatro nacionales de los Estados Unidos, incluyendo
tres ciudadanos americanos.
El R茅gimen Castro
1. Fidel
Castro, CASTRO RUZ, y otros tomaron el poder en Cuba el 9 de enero de
1959 aproximadamente, derrocando al entonces presidente Fulgencio Batista y
Zald铆var. El R茅gimen Castro control贸 Cuba a partir de entonces.
2. El
R茅gimen Castro estableci贸 varios ministerios para apoyar sus objetivos. El
Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (El Ministerio de las
Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR)) controlaba todas las ramas del
ej茅rcito cubano. Dentro de MINFAR, la Fuerza A茅rea y el aparato de defensa
a茅reo cubano se denominaba La Defensa Anti-A茅rea y Fuerza A茅rea
Revolucionaria (La Fuerza A茅rea Revolucionaria y de Defensa A茅rea Cubana
(DAAFAR)).
3. El
R茅gimen Castro tambi茅n cre贸 La Direcci贸n de Contrainteligencia Militar
(Direcci贸n de Contrainteligencia (CIM)), parte de MINFAR, como su agencia de
inteligencia militar.
4. El
Ministerio del Interior (Ministerio del Interior (MININT)) supervisaba la Direcci贸n
de Inteligencia (Direcci贸n de Inteligencia (DI)) que se enfocaba en la
recopilaci贸n de inteligencia extranjera. El Co-conspirador No Acusado 1 fue el
Ministro de la DI.
5. Desde
aproximadamente 1959 hasta aproximadamente 2008, CASTRO RUZ fue Ministro
(Ministro) de MINFAR. Tambi茅n fue Vice Presidente (Vicepresidente) desde
aproximadamente 1976 hasta aproximadamente 2008.
6. Desde
aproximadamente 1959 y hasta al menos junio de 1996, el cuartel general
pol铆tico de Cuba, incluyendo los ministerios, estaba ubicado en el Palacio
de la Revoluci贸n en La Habana, Cuba, tambi茅n conocido como Cuartel General
Superior.
7. En
1996, el Co-conspirador No Acusado 2 era el Comandante de Base en el aer贸dromo
de San Antonio de los Ba帽os en Cuba.
8. Al
menos desde 1992 y hasta aproximadamente abril de 1996, los acusados, LORENZO
ALBERTO PEREZ-PEREZ ("L.A. PEREZ-PEREZ"), EMILIO JOSE PALACIO BLANCO
("BLANCO"), JOSE FIDEL GUAL BARZAGA ("BARZAGA"), RAUL
SIMANCA CARDENAS ("CARDENAS"), y LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ
("RODRIGUEZ"), eran pilotos de combate MiG entrenados en DAAFAR.
Luis Francisco Perez-Perez (L.F. Perez-Perez) tambi茅n era un piloto de combate
MiG entrenado en DAAFAR durante este per铆odo.
9. Al
menos desde aproximadamente 1992 y hasta el 24 de febrero de 1996
aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ, BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ
y L.F. Perez-Perez eran pilotos de aviones de combate destinados en el
aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os en Cuba.
Antecedentes del Derribo
10. CASTRO
RUZ, y otros conocidos y desconocidos para el Gran Jurado, usaron su
liderazgo, membres铆a y asociaci贸n para formar una dictadura con autoridad
absoluta en Cuba. El R茅gimen Castro estableci贸 y mantuvo el control sobre Cuba
y su pueblo mediante un r茅gimen que elimin贸 la disidencia, preserv贸 su poder,
territorio y reputaciones, y, mediante la expropiaci贸n y nacionalizaci贸n de
negocios privados, financi贸 dichos objetivos.
11. A
partir de aproximadamente 1959, los cubanos huyeron del R茅gimen Castro hacia
los Estados Unidos de Am茅rica y otros lugares.
12. Al
menos desde aproximadamente 1960, la ex Uni贸n Sovi茅tica se ali贸 con Cuba y
comenz贸 a proveer al gobierno cubano con apoyo econ贸mico y militar
significativo.
13. En
aproximadamente 1978, los Estados Unidos y Cuba alcanzaron un acuerdo
estableciendo una frontera mar铆tima y a茅rea en el Estrecho de Florida y en
otros lugares, basada en una medida equidistante en el paralelo 24, es decir,
40-60 millas n谩uticas al norte de Cuba y mucho m谩s all谩 de la jurisdicci贸n
mar铆tima y a茅rea de 12 millas de Cuba. El paralelo 24 no extend铆a la
jurisdicci贸n mar铆tima o a茅rea cubana, pero s铆 serv铆a como un identificador
operacional que activaba los requisitos de aviso al control de tr谩fico a茅reo de
La Habana cuando los aviones cruzaban el paralelo 24 en ruta hacia Cuba.
14. En
aproximadamente 1980, los cubanos huyeron de Cuba en masa en bote desde el
Puerto de Mariel a trav茅s del Estrecho de Florida. Mientras muchos cubanos
sobrevivieron ese viaje, otros perecieron en el mar.
15. Tras
la disoluci贸n de la Uni贸n Sovi茅tica en 1991, su apoyo econ贸mico a Cuba ces贸.
Cuba sufri贸 una recesi贸n econ贸mica que alcanz贸 su punto m谩ximo aproximadamente
en 1994. Los ciudadanos cubanos continuaron huyendo del R茅gimen Castro hacia
los Estados Unidos en botes, balsas y embarcaciones improvisadas, incluyendo
muchos que no sobrevivieron el viaje. Durante ese tiempo, BTTR rescat贸 a muchos
cubanos que hu铆an en el mar.
16. Al
menos desde aproximadamente 1992, la DI envi贸 esp铆as al Distrito Sur de Florida
para, entre otras tareas, infiltrar BTTR e informar al R茅gimen Castro sobre sus
actividades. Esos esp铆as inclu铆an a Rene Gonzalez, tambi茅n conocido como
"Castor" y como "Iselin", y a Juan Pablo Roque, tambi茅n
conocido como "German" y como "Vedette". Los esp铆as se
hac铆an pasar por pilotos exiliados que hu铆an de Cuba. Juan Pablo Roque tambi茅n
se ofreci贸 al Bur贸 Federal de Investigaci贸n (FBI) como informante sobre las
actividades de los grupos exiliados con sede en Miami, incluyendo BTTR. La DI
dirigi贸 y control贸 su cooperaci贸n con el FBI.
17. El 13
de julio de 1994 aproximadamente, aproximadamente 70 cubanos intentaron huir
del R茅gimen Castro en un remolcador llamado el Trece de Marzo (El Trece
de Marzo). La Guardia Costera del R茅gimen Castro, una rama del ej茅rcito
controlado por CASTRO RUZ, hundi贸 el remolcador, matando a decenas de
sus propios ciudadanos.
18. Poco
despu茅s, en agosto de 1994 aproximadamente, los cubanos llenaron las calles en
protesta a lo largo del ic贸nico malec贸n conocido como el Malec贸n en La
Habana, Cuba, en respuesta a la continua represi贸n de la migraci贸n mar铆tima
hacia los Estados Unidos por parte del R茅gimen Castro.
19. El 19
de noviembre de 1994 aproximadamente, tres aeronaves civiles no armadas de los
Estados Unidos operadas por BTTR lanzaron panfletos y otros art铆culos que
aterrizaron en el territorio continental cubano. El R茅gimen Castro no tom贸
ninguna acci贸n militar contra esas aeronaves.
20. El 13
de julio de 1995 aproximadamente, cuatro aeronaves civiles no armadas de los
Estados Unidos operadas por BTTR volaron junto con una flotilla mar铆tima desde
los Estados Unidos hacia Cuba para conmemorar el hundimiento de el Trece de
Marzo. La Guardia Costera del R茅gimen Castro encontr贸 a la flotilla y form贸
un bloqueo. El R茅gimen Castro tambi茅n despach贸 aviones de combate MiG al 谩rea.
El R茅gimen no tom贸 ninguna acci贸n militar adicional.
21. En
aproximadamente 1995, un grupo disidente cubano que abogaba por una transici贸n
pac铆fica del R茅gimen Castro hacia un gobierno democr谩tico se form贸 en Cuba.
Eran conocidos como el Concilio Cubano.
22. El 9
de enero de 1996 y el 13 de enero de 1996 aproximadamente, cuatro aeronaves
civiles no armadas operadas por BTTR lanzaron panfletos con extractos de las
Declaraciones Universales de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que
aterrizaron en el territorio continental cubano. Los cubanos, incluyendo
miembros del Concilio Cubano, recibieron los panfletos.
23. El Concilio
Cubano planific贸 una reuni贸n para comenzar el 24 de febrero de 1996
aproximadamente.
24. La DI,
en nombre del R茅gimen Castro, formul贸 la Operaci贸n Escorpi贸n para
"perfeccionar la confrontaci贸n" de las "acciones
[contrarrevolucionarias] de [BTTR]", y proporcion贸 instrucciones a sus
agentes con sede en Miami para que continuaran proporcionando informaci贸n sobre
los planes y actividades de BTTR, pero sin volar con BTTR hacia Cuba en febrero
de 1996 aproximadamente.
25. Parte
de la misi贸n de la Operaci贸n Escorpi贸n era que la Red Avispa proporcionara
informaci贸n relacionada con las actividades de BTTR, que notablemente inclu铆a
cualquier plan de vuelo hacia Cuba el 24 de febrero de 1996, para coincidir con
la reuni贸n del Concilio Cubano.
26. La Red
Avispa proporcion贸 informaci贸n a la DI, la cual a su vez la proporcion贸 al
ej茅rcito cubano, incluyendo a DAAFAR, CASTRO RUZ, y al R茅gimen Castro.
27. En
respuesta a los vuelos de BTTR del 9 y 13 de enero de 1996 aproximadamente, y
en anticipaci贸n de futuros vuelos de BTTR, DAAFAR realiz贸 misiones de
entrenamiento con sus pilotos de combate MiG, incluyendo L.A. PEREZ-PEREZ,
BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ, y L.F. Perez-Perez. Los pilotos
practicaron localizar y seguir aeronaves civiles lentas de vuelo bajo como las
utilizadas por BTTR.
28. En ese
momento aproximadamente, el R茅gimen Castro disolvi贸 la reuni贸n planeada del Concilio
Cubano e impidi贸 que la organizaci贸n se reuniera el 24 de febrero de 1996 y
posteriormente.
El Derribo
29. Tras
los vuelos de BTTR en enero de 1996, CASTRO RUZ autoriz贸 el uso de la
fuerza letal contra BTTR.
30. Al
menos desde febrero de 1994 aproximadamente, y continuando hasta al menos julio
de 1996 aproximadamente, la cadena de mando militar en el aer贸dromo de San
Antonio de los Ba帽os en Cuba era desde la base a茅rea hasta DAAFAR y desde
DAAFAR hasta MINFAR, luego de regreso por la misma cadena de mando. Todas las
贸rdenes de matar del ej茅rcito cubano pasaban por esta cadena de mando con CASTRO
RUZ y Fidel Castro como los decisores finales.
31. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, a las 1:30 p.m. aproximadamente, tres
aeronaves civiles no armadas de los Estados Unidos operadas por BTTR, con
n煤meros de cola N2506, N2456S y N5485S, partieron del Aeropuerto Opa-Locka, en
el Condado de Miami-Dade, Florida.
32. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, un avi贸n de combate MiG de DAAFAR operado
por L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez destruy贸 dos de las aeronaves de
BTTR, con n煤meros de cola N2456S y N5485S. Mataron a cuatro nacionales
de los Estados Unidos, incluyendo tres ciudadanos estadounidenses.
33. En el
momento de su destrucci贸n, las dos aeronaves de BTTR volaban fuera del
territorio cubano. De hecho, volaban sobre aguas internacionales, alej谩ndose de
Cuba. A pesar de su contacto con la torre de control de tr谩fico a茅reo de La
Habana, el ej茅rcito cubano no proporcion贸 a BTTR ninguna advertencia de la
inminente destrucci贸n de sus aeronaves.
34. Despu茅s
de que el R茅gimen Castro derribara las dos aeronaves de BTTR, BARZAGA,
CARDENAS y RODRIGUEZ siguieron a la tercera aeronave de BTTR, con
n煤mero de cola N2506, cerca del paralelo 24, pero esa aeronave escap贸 de su
destrucci贸n.
CARGO 1
Conspiraci贸n para Matar a Nacionales
de los EE.UU. 18 U.S.C. § 2332(b)(2)
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. A
partir de un momento desconocido para el Gran Jurado, pero al menos desde enero
de 1996 aproximadamente y hasta abril de 1996 aproximadamente, mientras se
encontraban fuera de los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ,
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
EMILIO JOSE PALACIO BLANCO,
JOSE FIDEL GUAL BARZAGA,
RAUL SIMANCA CARDENAS,
y
LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ,
a sabiendas y deliberadamente se
combinaron, conspiraron, se confederaron y acordaron, entre s铆 y con otras
personas conocidas y desconocidas para el Gran Jurado, matar a un nacional de
los Estados Unidos mientras dicho nacional se encontraba fuera de los Estados
Unidos, es decir, C.C., M.d.l.P., A.A., y otros pilotos y pasajeros de
aeronaves operadas por BTTR, cuya conspiraci贸n contempl贸 su asesinato, seg煤n se
define en el T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 1111(a).
Objeto de la Conspiraci贸n
3. El
objeto de la conspiraci贸n era matar a nacionales de los EE.UU. derribando
aeronaves de BTTR, utilizando informaci贸n proporcionada por esp铆as en Miami,
para aterrorizar, intimidar y tomar represalias contra el pueblo cubano y la
comunidad cubana en el exilio.
Actos Manifiestos
Para lograr el objetivo de esta
conspiraci贸n, los acusados y sus co-conspiradores cometieron y causaron que se
cometiera al menos uno de los siguientes actos manifiestos, entre otros, en el
Distrito Sur de Florida y en otros lugares:
4. En
1994 y sus alrededores, despu茅s de los vuelos de BTTR del 19 de noviembre de
1994 que lanzaron panfletos sobre territorio cubano, la DI formul贸 un plan para
que Juan Pablo Roque pilotara una aeronave de BTTR hacia Cuba a finales de 1995
para desacreditar y socavar a BTTR.
5. El 4
de diciembre de 1995 aproximadamente, la DI acord贸 que Juan Pablo Roque deb铆a
continuar informando sobre BTTR.
6. Al
menos desde el 13 de enero de 1996 y despu茅s de la diseminaci贸n de panfletos de
BTTR del 9 y 13 de enero de 1996 que aterrizaron en el territorio continental
cubano, CASTRO RUZ se reuni贸 con l铆deres militares y los autoriz贸 a
tomar medidas decisivas y letales contra las aeronaves de BTTR.
7. El 18
de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a la Red Avispa a reportar
sobre el personal y el movimiento de activos militares de los Estados Unidos,
as铆 como sobre la preparaci贸n militar de los EE.UU. en la Estaci贸n A茅rea Naval
Boca Chica ("NAS"), una instalaci贸n militar de los Estados Unidos
ubicada en Cayo Hueso, en el Distrito Sur de Florida.
8. El 18
de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a Juan Pablo Roque y a Rene
Gonzalez a determinar qu茅 aeronaves utiliz贸 BTTR y otros detalles sobre su
vuelo del 13 de enero.
9. El 26
de enero de 1996 aproximadamente, Gerardo Hernandez, un esp铆a cubano que
operaba en el Distrito Sur de Florida, regres贸 a los Estados Unidos desde Cuba
con aprobaci贸n para la Operaci贸n Escorpi贸n y cancelando el plan anterior de que
Juan Pablo Roque pilotara un avi贸n de BTTR a Cuba para desacreditar y socavar a
BTTR.
10. El 29
de enero de 1996 aproximadamente, la DI transmiti贸 instrucciones a sus esp铆as
con sede en Miami sobre la Operaci贸n Escorpi贸n y la confrontaci贸n aprobada con
BTTR.
11. El 30
de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a Juan Pablo Roque y a Rene
Gonzalez a evitar volar con BTTR, y a usar frases particulares por radio para
comunicarse con Cuba si estaban en vuelo con BTTR.
12. El 1
de febrero de 1996 aproximadamente, la DI y sus agentes en el Distrito Sur de
Florida y en otros lugares comenzaron a planear el regreso de Juan Pablo Roque
a Cuba. La DI inform贸 a Gerardo Hernandez que la DI quer铆a que Juan Pablo Roque
fuera filmado entrando y saliendo de la sede de un grupo exiliado
cubano-americano.
13. El 5
de febrero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a sus agentes a hacer de la
Operaci贸n Escorpi贸n una prioridad y reportar urgentemente los datos de vuelo de
BTTR.
14. El 13
de febrero de 1996 aproximadamente, esp铆as cubanos que operaban en el Distrito
Sur de Florida ordenaron a Rene Gonzalez proporcionar informaci贸n clara,
detallada y precisa sobre los pr贸ximos vuelos de BTTR. Tambi茅n ordenaron a Rene
Gonzalez no unirse a ninguno de esos vuelos y le indicaron que si no pod铆a
evitar volar con BTTR, deb铆a transmitir frases espec铆ficas por la radio de la
aeronave.
15. El 18
de febrero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 que Juan Pablo Roque o Rene
Gonzalez no deb铆an volar con BTTR ni con ninguna otra organizaci贸n los d铆as 24,
25, 26 y 27 de febrero, las fechas de reuni贸n previstas del Concilio Cubano.
16. El 21
de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque inform贸 falsamente al FBI
que BTTR no volar铆a durante el fin de semana del 24 de febrero de 1996, aunque,
como 茅l sab铆a en ese momento, BTTR ten铆a programado volar durante ese tiempo.
17. El 22
de febrero de 1996 aproximadamente, la DI comunic贸 que un oficial de la DI
hab铆a viajado a M茅xico para apoyar la salida de Juan Pablo Roque de los Estados
Unidos hacia Cuba.
18. El 22
de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque se reuni贸 con Gerardo
Hernandez.
19. El 23
de febrero de 1996 aproximadamente, Rene Gonzalez se reuni贸 con Gerardo
Hernandez.
20. El 23
de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque dej贸 Miami seg煤n lo
indicado y regres贸 a Cuba.
21. Al
menos desde febrero de 1996 aproximadamente, bajo el mando y la direcci贸n de CASTRO
RUZ, con la direcci贸n del Co-conspirador No Acusado 2, L.A. PEREZ-PEREZ,
BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ, L.F. Perez-Perez y otros realizaron
misiones de entrenamiento usando aeronaves militares cubanas para encontrar,
rastrear, perseguir e interceptar peque帽as aeronaves civiles frente a las
costas de Cuba.
22. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, a las 3:00 p.m. aproximadamente, tres
aeronaves civiles no armadas operadas por BTTR con n煤meros de cola N2506,
N2456S y N5485S volaron hacia el sur cruzando el paralelo 24.
23. A las
3:00 p.m. aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez en el MiG
1 y BLANCO en el MiG 2 despegaron del aer贸dromo de San Antonio de los
Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba.
24. A las
3:20 p.m. aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez
solicitaron autorizaci贸n para destruir la aeronave civil no armada de BTTR con
n煤mero de cola N2456S, que en ese momento volaba sobre aguas internacionales.
25. L.A.
PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez recibieron autorizaci贸n para destruir la
aeronave civil no armada de BTTR.
26. A las
3:21 p.m. aproximadamente, sin previo aviso, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F.
Perez-Perez derribaron la aeronave civil no armada de BTTR con n煤mero de cola
N2456S, usando un misil aire-aire y matando al piloto C.C. y a su pasajero,
P.M.
27. A las
3:26 p.m. aproximadamente, en respuesta a una solicitud de autorizaci贸n de L.A.
PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez, los pilotos recibieron autorizaci贸n para
destruir una segunda aeronave civil no armada de BTTR con n煤mero de cola
N5485S, que en ese momento volaba sobre aguas internacionales.
28. A las
3:28 p.m. aproximadamente, sin previo aviso, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F.
Perez-Perez en el MiG 1 destruyeron la segunda aeronave civil no armada con
n煤mero de cola N5485S, usando un misil aire-aire y matando al piloto M.d.l.P. y
a su pasajero, A.A.
29. En el
momento del derribo de las dos aeronaves de BTTR, BARZAGA y CARDENAS
en el MiG 3 y RODRIGUEZ en el MiG 4 estaban dentro de sus aviones de
combate cubanos listos para desplegarse. Escucharon las solicitudes de radio de
L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez para autorizaci贸n de destruir
aeronaves civiles no armadas, la autorizaci贸n para ello, y la confirmaci贸n de
que dichas aeronaves hab铆an sido destruidas.
30. BARZAGA
y CARDENAS en el MiG 3 y RODRIGUEZ en el MiG 4 despegaron del
aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba,
para unirse a L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez en el MiG 1 en la
persecuci贸n de una tercera aeronave civil no armada con n煤mero de cola N2506,
con la intenci贸n de destruir esa aeronave tambi茅n.
31. El
Co-conspirador No Acusado 2 autoriz贸 a BARZAGA y CARDENAS en el
MiG 3 y a RODRIGUEZ en el MiG 4 a despegar del aer贸dromo de San
Antonio de los Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba, para unirse a la
persecuci贸n de L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez de una tercera
aeronave civil no armada con n煤mero de cola N2506, con la intenci贸n de destruir
esa aeronave.
Todo en violaci贸n del T铆tulo 18,
C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 2332(b)(2).
CARGO 2
Destrucci贸n de Aeronave 18 U.S.C. §§
32(a)(l), 34; 49 U.S.C. § 46501(2)
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n especial de aeronaves de
los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
destruyeron y estrellaron
deliberadamente una aeronave, es decir, una aeronave civil de los Estados
Unidos con n煤mero de cola N2456S, mediante un misil aire-aire, lo que result贸
en la muerte de seres humanos, a saber, C.C. y P.M., en violaci贸n del T铆tulo
18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 32(a)(1), 34 y 2, y el T铆tulo 49,
C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 46501(2).
CARGO 3
Destrucci贸n de Aeronave 18 U.S.C. §
32(a)(l), 34; 49 U.S.C. § 46501(2)
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n especial de aeronaves de
los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
destruyeron y estrellaron
deliberadamente una aeronave, es decir, una aeronave civil de los Estados
Unidos con n煤mero de cola N5485S, mediante un misil aire-aire, lo que result贸
en la muerte de seres humanos, a saber, M.d.l.P. y A.A., en violaci贸n del T铆tulo
18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 32(a)(1), 34 y 2, y el T铆tulo 49,
C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 46501(2).
CARGO 4
Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238
y 2
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial
especial de los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
deliberada e ilegalmente, con
malicia premeditada, mataron a C.C., un ser humano, con premeditaci贸n y durante
la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n
de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos,
Secci贸n 32(a).
En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo
de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.
CARGO 5
Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238
y 2
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial
especial de los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
deliberada e ilegalmente, con
malicia premeditada, mataron a P.M., un ser humano, con premeditaci贸n y durante
la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n
de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos,
Secci贸n 32(a).
En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo
de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.
CARGO 6
Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238
y 2
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial
especial de los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
deliberada e ilegalmente, con
malicia premeditada, mataron a Md.l.P., un ser humano, con premeditaci贸n y
durante la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la
destrucci贸n de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados
Unidos, Secci贸n 32(a).
En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo
de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.
CARGO 7
Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238
y 2
1. Los
p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31
de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por
referencia.
2. El 24
de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial
especial de los Estados Unidos, los acusados,
RAUL MODESTO CASTRO RUZ
y
LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,
deliberada e ilegalmente, con
malicia premeditada, mataron a A.A., un ser humano, con premeditaci贸n y durante
la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n
de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos,
Secci贸n 32(a).
En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo
de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.
ACTA VERDADERA
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PORTAVOZ DEL JURADO
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JASON A. REDING QUI脩ONES
FISCAL DE LOS ESTADOS UNIDOS
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YARA LORENZ脴 KLUKAS
PRIMERA FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
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ABBIE D. WAXMAN
FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
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MICHAEL E. GILFARB
FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS