Nicaragua Nueva Generacion

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DERECHOS HUMANOS

24/5/26

Nicaragua: EL ENREDO DE LAS CASILLAS, EL DESTIERRO Y LAS ONG EN LA MIRA

 

馃嚦馃嚠⚖️ EL ENREDO DE LAS CASILLAS, EL DESTIERRO Y LAS ONG EN LA MIRA

Los enlaces secretos y el pasado oculto de la oposici贸n en Estados Unidos

El mapa pol铆tico de Nicaragua se fractur贸 por completo. Las figuras que entre los a帽os 2000 y 2018 disputaban casillas electorales en Managua o negociaban espacios frente al avance del Frente Sandinista de Liberaci贸n Nacional (FSLN) terminaron, en su mayor铆a, en el mismo destino: c谩rcel, p茅rdida de nacionalidad y destierro hacia Estados Unidos.

Hoy, desde Miami y Washington D.C., intentan reconstruir estructuras, alianzas y plataformas para mantener relevancia internacional.

En este contexto, Nicaragua Nueva Generaci贸n (NNG) publica un informe de alto impacto donde se exponen los v铆nculos hist贸ricos entre actores del exilio y organizaciones no gubernamentales clausuradas en Managua. El documento revela conexiones, trayectorias y redes de formaci贸n pol铆tica que han moldeado a los actuales liderazgos opositores.

1. El Bloque Monteverde y las viejas casillas partidarias

El Espacio de Di谩logo y Concertaci贸n de Monteverde —oficialmente Concertaci贸n Democr谩tica Nicarag眉ense Monteverde— se ha convertido en el n煤cleo donde convergen izquierda disidente, conservadores tradicionales, liberales conversos y empresarios. Desde el exilio, buscan articular una agenda com煤n.

Figuras clave identificadas por NNG

F茅lix Maradiaga Bland贸n
Con antecedentes vinculados al Partido Liberal Constitucionalista (PLC), consolid贸 su proyecci贸n internacional como colaborador del National Democratic Institute (NDI). Entre 2002 y 2006 ocup贸 el cargo de Secretario General del Ministerio de Defensa.
▸ Referencia: https://www.ndi.org/

Noel Vidaurre Arg眉ello
Pol铆tico conservador con larga trayectoria en disputas por casillas electorales. Fue candidato presidencial y posteriormente intent贸 competir en 2021 bajo Ciudadanos por la Libertad (CxL), antes de ser desterrado.
▸ CxL (archivo): https://www.cxl.org.ni/

Juan Sebasti谩n Chamorro Garc铆a
Proveniente del sector empresarial, pas贸 de la Alianza C铆vica a convertirse en Coordinador General de CxL en el exilio.

Violeta Granera Padilla
Figura hist贸rica del socialcristianismo, lider贸 el Frente Amplio por la Democracia (FAD) y fue candidata a la vicepresidencia en 2016.

2. UNAMOS y el control de la estrategia de izquierda

Dentro de Monteverde, la estrategia pol铆tica est谩 fuertemente influenciada por la izquierda disidente agrupada en UNAMOS (antes MRS).

Principales referentes

Sergio Ram铆rez Mercado
Exvicepresidente de Nicaragua y figura central de la transici贸n democr谩tica de los a帽os ochenta.
El informe de NNG destaca su parentesco directo con W谩lmaro Guti茅rrez Mercado, diputado sandinista y operador financiero clave del r茅gimen.
▸ Perfil biogr谩fico: https://www.sergioramirez.com/

Dora Mar铆a T茅llez Arg眉ello
Hist贸rica comandante guerrillera y cofundadora del MRS en 1995. Es considerada la principal estratega ideol贸gica de la corriente ex-sandinista en el exilio.

Alexa Zamora Arana
Analista pol铆tica con participaci贸n en la UNAB y colaboradora en espacios de formaci贸n de la Fundaci贸n Friedrich Ebert (FES).
Su trayectoria combina militancia socialdem贸crata con antecedentes de vinculaci贸n al FSLN y ra铆ces en la Fuerza Democr谩tica Nicarag眉ense (FDN).

Suyen Barahona Cuan
Presidenta de UNAMOS durante la ola de capturas de 2021.

3. Los operadores del NDI y la conexi贸n familiar con el poder

El informe de NNG identifica una red de relevo generacional que conecta la militancia hist贸rica con estructuras de incidencia pol铆tica en Estados Unidos.

Casos destacados

Carlos Sequeira Somarriba

Consultor de alto nivel del National Democratic Institute (NDI).
NNG documenta su pasado como miembro de estructuras de formaci贸n de la Juventud Sandinista 19 de Julio.

Deborah Ullmer

Directora de pa铆s del National Democratic Institute (NDI) en Nicaragua.
Esposa de Javier Mel茅ndez, cofundador del IEEPP y posteriormente director de Expediente P煤blico.
Particip贸 en el consejo editorial del IEEPP durante su etapa de mayor financiamiento internacional.
Figura clave en la canalizaci贸n de fondos del NDI hacia proyectos de investigaci贸n, formaci贸n y seguridad ciudadana en Nicaragua.

Estas conexiones plantean interrogantes sobre la independencia pol铆tica de ciertos cuadros que hoy operan en Washington.

4. El nexo con las ONG: Puntos de Encuentro, IPPF y FES

NNG detalla c贸mo redes de financiamiento internacional han sostenido a diversos actores del exilio.

Hallazgos principales

Fundaci贸n Puntos de Encuentro
Dirigida por figuras como Suyen Barahona, recibi贸 financiamiento de la Federaci贸n Internacional de Planificaci贸n Familiar (IPPF).

Fundaci贸n Friedrich Ebert (FES)
El informe documenta que la FES —vinculada al Partido Socialdem贸crata Alem谩n— financi贸 foros, publicaciones y programas de formaci贸n para cuadros del MRS/UNAMOS.

5. Advertencia geoestrat茅gica: el riesgo de la corriente izquierda ex-sandinista

NNG emite una alerta dirigida a agencias de seguridad en Washington D.C.

Riesgos identificados

Filtraci贸n de informaci贸n sensible
La existencia de lazos familiares con operadores del r茅gimen en Managua incrementa el riesgo de que informaci贸n estrat茅gica sea instrumentalizada.

Manipulaci贸n de la administraci贸n Trump
Seg煤n NNG, ciertos operadores han logrado posicionarse como “煤nicas voces articuladas”, desplazando a la oposici贸n conservadora e independiente.

Ruido ideol贸gico
Escuchar 煤nicamente a una corriente con ra铆ces sandinistas puede distorsionar la estrategia internacional hacia Nicaragua.

6. Recomendaciones estrat茅gicas de NNG

1. Depuraci贸n de antecedentes

Evaluar cr铆ticamente los nexos t谩cticos con el FSLN y la formaci贸n pol铆tica de los l铆deres opositores.

2. Auditor铆a absoluta de fondos internacionales

Revisi贸n del uso de recursos provenientes de IPPF, FES y otras entidades.

3. Frenar el monopolio pol铆tico

Evitar que un eventual Gobierno de Transici贸n Interino (GTI) sea controlado por 茅lites con v铆nculos familiares o hist贸ricos con el oficialismo.

4. Priorizar representatividad real

La transici贸n debe incluir liderazgos territoriales, defensores de derechos humanos y profesionales independientes.

NNG se帽ala que estudios sobre la evoluci贸n institucional nicarag眉ense est谩n ampliamente documentados por la Fundaci贸n Konrad Adenauer (KAS).

▸ KAS: https://www.kas.de/

La oposici贸n que naci贸 del mismo sistema que hoy denuncia

El an谩lisis integral de NNG revela un patr贸n que no puede ignorarse: muchas de las figuras que hoy se presentan como referentes de la oposici贸n democr谩tica participaron, en distintos momentos, de las mismas estructuras, pr谩cticas y beneficios del sistema pol铆tico que ahora condenan.

La informaci贸n muestra que varios de estos actores:

  • mantuvieron v铆nculos personales, familiares o profesionales con operadores clave del FSLN;

  • participaron en procesos electorales no competitivos;

  • administraron o recibieron fondos de cooperaci贸n sin auditor铆a clara;

  • ocuparon cargos estrat茅gicos dentro del Estado;

  • y formaron parte de redes de financiamiento vinculadas al NDI, IRI, FES, IPPF y otras entidades.

Este entramado obliga a una reflexi贸n profunda sobre la coherencia, transparencia y credibilidad de quienes aspiran a liderar una transici贸n democr谩tica.

La evidencia sugiere que no existe una l铆nea divisoria n铆tida entre “oposici贸n” y “oficialismo” en la historia reciente de Nicaragua. Por el contrario, muchos de los actores que hoy se presentan como antagonistas del r茅gimen:

  • compartieron espacios de poder con el FSLN,

  • se beneficiaron de fondos estatales o internacionales,

  • participaron en estructuras partidarias que deterioraron la institucionalidad,

  • y mantienen lazos familiares o profesionales con figuras centrales del aparato sandinista.

Por ello, NNG sostiene que la reconstrucci贸n democr谩tica de Nicaragua requiere:

  • transparencia absoluta,

  • depuraci贸n de antecedentes,

  • ruptura real con las redes de poder del pasado,

  • y liderazgos nuevos, independientes y libres de compromisos con el sistema que se pretende superar.

"Nicaragua no puede construir un futuro democr谩tico sobre cimientos reciclados del viejo orden pol铆tico" NNG

La credibilidad internacional, la confianza ciudadana y la integridad del proceso de transici贸n dependen de reconocer esta realidad con valent铆a y actuar en consecuencia.

***Equipo NNG***

El Negocio de la Democracia en Nicaragua: El Rembolso de las Elecciones


馃嚦馃嚠 EL NEGOCIADO DE LA DEMOCRACIA EN NICARAGUA: EL BOT脥N MILLONARIO QUE LOS PARTIDOS C脫MPLICES ARREBATAN AL PUEBLO BAJO LA SOMBRA DE LA DICTADURA

Por Nicaragua Nueva Generaci贸n (NNG)

24 de mayo de 2026

I. Cuando el financiamiento p煤blico se convierte en un negocio partidario

El financiamiento estatal de campa帽as electorales —concebido en los a帽os noventa como un instrumento para garantizar equidad y transparencia— ha sido transformado en Nicaragua en un mecanismo de extracci贸n sistem谩tica de recursos p煤blicos, administrado por partidos pol铆ticos que operan bajo la sombra del r茅gimen autoritario.

Entre 1990 y 2026, los partidos pol铆ticos —tanto los colaboracionistas como los cooptados— han recibido m谩s de 95 millones de d贸lares del Presupuesto General de la Rep煤blica, en un pa铆s donde la pobreza, el subempleo y la precariedad institucional siguen siendo estructurales.

Este informe documenta c贸mo los candidatos presidenciales, representantes legales y c煤pulas partidarias han participado en este esquema, benefici谩ndose de un sistema dise帽ado para premiar la subordinaci贸n y castigar la independencia.

II. Evoluci贸n hist贸rica del negocio electoral (1990–2026)

1. El per铆odo de transici贸n (1990–1995)

El sistema funcionaba con controles estrictos.

Candidatos y representantes:

  • UNO – Violeta Barrios de Chamorro (candidata presidencial)

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra

  • MUR – Mois茅s Hassan Morales

Los reembolsos se entregaban 煤nicamente contra facturas verificadas por la Contralor铆a.

2. El pacto Alem谩n–Ortega y la Ley 331 (2000)

El pacto entre Arnoldo Alem谩n (PLC) y Daniel Ortega (FSLN) institucionaliz贸 el negocio:

  • 1% del presupuesto nacional garantizado para reembolsos

  • Umbral del 4% para excluir a partidos emergentes

  • Consolidaci贸n del control bipartidista

3. 2008: cancelaci贸n de opositores y control absoluto del CSE

El CSE cancel贸 personer铆as jur铆dicas de partidos opositores como el MRS (liderado por Dora Mar铆a T茅llez y Luis Carri贸n) y el PC, asegurando que solo fuerzas alineadas con el oficialismo accedieran al reembolso.

4. 2010–2020: flexibilizaci贸n total de auditor铆as

El CSE dej贸 de exigir facturas reales.
Los reembolsos se basaron 煤nicamente en los c贸mputos oficiales del tribunal.

5. 2021–2026: leyes punitivas como arma pol铆tica

La Ley 1040 y la Ley 1055 eliminaron a la oposici贸n real:

  • CxL – Carmella Rogers Amburn (Kitty Monterrey)

  • PRD – Saturnino Cerrato

  • YATAMA – Brooklyn Rivera

El 100% del fondo electoral qued贸 en manos del FSLN y sus partidos sat茅lites.

III. Radiograf铆a financiera del reembolso electoral (con candidatos y montos en USD)

A continuaci贸n, se presentan los montos convertidos a d贸lares actuales, junto con los candidatos presidenciales y representantes legales de cada partido.

Elecciones de 1990

  • UNO – Violeta Barrios de Chamorro
    Reembolso: USD 4.2 millones

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 3.1 millones

  • MUR – Mois茅s Hassan Morales
    Reembolso: USD 150,000

Elecciones de 1996

  • Alianza Liberal – Arnoldo Alem谩n Lacayo
    Reembolso: USD 5.5 millones

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 4.1 millones

  • CCN – Guillermo Osorno
    Reembolso: USD 450,000

Elecciones de 2001

  • PLC – Enrique Bola帽os Geyer (candidato) / Jorge Castillo Quant (representante)
    Reembolso: USD 9.3 millones

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 7.1 millones

Elecciones de 2006

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 8.4 millones

  • ALN – Eduardo Montealegre Rivas
    Reembolso: USD 6.2 millones

  • PLC – Jos茅 Rizo Castell贸n (candidato) / Jorge Castillo Quant
    Reembolso: USD 5.5 millones

Elecciones 2011–2012

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso total: USD 11.2 millones

  • PLI – Fabio Gadea Mantilla (candidato) / Indalecio Rodr铆guez (representante)
    Reembolso: USD 5.6 millones

  • PLC – Arnoldo Alem谩n Lacayo
    Reembolso: USD 1.0 mill贸n

Elecciones 2016–2017

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 14.2 millones

  • PLC – Mar铆a Hayd茅e Osuna
    Reembolso: USD 3.0 millones

  • PLI – Pedro Reyes Vallejos (facci贸n judicializada)
    Reembolso: USD 900,000

  • ALN – Alejandro Mej铆a Ferreti
    Reembolso: USD 1.1 millones

Elecciones 2021–2022

  • FSLN – Daniel Ortega Saavedra
    Reembolso: USD 17.1 millones + USD 6.8 millones municipales

  • PLC – Mar铆a Hayd茅e Osuna
    Reembolso: USD 3.2 millones

  • ALN – Alejandro Mej铆a Ferreti
    Reembolso: USD 700,000

  • PLI – Rodrigo Cerrato
    Reembolso: USD 380,000

  • APRE – Carlos Canales
    Reembolso: USD 400,000

  • CCN – Guillermo Osorno
    Reembolso: retenido por represalia pol铆tica

IV. El saldo total del negocio: m谩s de USD 95 millones de dolares

Los partidos pol铆ticos han utilizado estos fondos para:

  • Saldar deudas bancarias

  • Financiar estructuras partidarias sin militancia real

  • Desviar recursos hacia empresas privadas vinculadas a sus c煤pulas

Los partidos colaboracionistas han actuado como cooperadores necesarios del r茅gimen, legitimando procesos electorales sin competencia real.

V. ¿Qu茅 pudo haberse hecho con esos USD 95 millones?

  • 3 centros oncol贸gicos regionales

  • 9,000 becas internacionales en ciencia y tecnolog铆a

  • Eliminaci贸n total de escuelas rancho

  • 50,000 emprendimientos juveniles financiados

  • Fondo nacional para desastres naturales

VI. Responsabilidad 茅tica y jur铆dica de los partidos pol铆ticos

Los partidos que aceptaron estos fondos en procesos no competitivos deben restituirlos al pueblo de Nicaragua.
Su conducta constituye:

  • Enriquecimiento sin causa

  • Complicidad org谩nica con el r茅gimen

  • Violaci贸n del deber democr谩tico

NNG sostiene que una futura administraci贸n democr谩tica debe iniciar un proceso de recuperaci贸n de activos.

VII. Recomendaciones para un Gobierno de Transici贸n Interino

Para evitar la repetici贸n del ciclo de corrupci贸n institucional que ha caracterizado al sistema pol铆tico nicarag眉ense, el futuro Gobierno de Transici贸n Interino debe implementar reformas estructurales basadas estrictamente en la Constituci贸n Pol铆tica de la Rep煤blica y en los compromisos internacionales asumidos en el marco de la IX Cumbre de las Am茅ricas, especialmente en materia de gobernabilidad democr谩tica y lucha contra la corrupci贸n.

Recomendaci贸n 1: Eliminaci贸n del reembolso proporcional basado en votaci贸n dirigida

Se debe reformar el art铆culo 16 de la Ley Electoral para prohibir que el porcentaje de votos —particularmente cuando proviene de procesos controlados o dirigidos— contin煤e siendo el par谩metro autom谩tico para la asignaci贸n de fondos p煤blicos.
El financiamiento de campa帽a debe migrar hacia un modelo mixto, transparente y estrictamente auditado, en el cual el reembolso solo se otorgue contra facturas reales, p煤blicas y previamente validadas por un cuerpo de auditores forenses independientes.
Este mecanismo garantizar谩 que los recursos del Estado no contin煤en siendo utilizados como incentivos para la subordinaci贸n pol铆tica ni como instrumentos de legitimaci贸n de procesos electorales carentes de competencia aut茅ntica.

El Art铆culo 16 de la Ley Electoral establece que:

  • El Estado debe destinar el 1% de los ingresos ordinarios del Presupuesto General de la Rep煤blica para financiar los reembolsos electorales.

  • Ese fondo se distribuye entre los partidos pol铆ticos seg煤n el porcentaje de votos v谩lidos obtenidos en las elecciones nacionales.

  • Solo tienen derecho al reembolso los partidos que obtengan al menos el 4% de los votos v谩lidos.

  • El reembolso se entrega despu茅s de las elecciones, y originalmente deb铆a basarse en gastos comprobados, aunque esto fue desmantelado con el tiempo.

Este art铆culo fue el que institucionaliz贸 el negocio electoral, garantizando un flujo permanente de dinero p煤blico hacia los partidos pactistas y, posteriormente, hacia el monopolio del FSLN y sus partidos sat茅lites.

Recomendaci贸n 2: Prohibici贸n absoluta del uso de recursos estatales en campa帽as

En plena concordancia con la Constituci贸n Pol铆tica, se deben tipificar con penas de prisi贸n inconmutables los actos de coacci贸n o la utilizaci贸n de infraestructura, veh铆culos, personal, bases de datos, recursos log铆sticos o medios de comunicaci贸n del sector p煤blico para fines de propaganda partidaria.
La neutralidad del Estado es un principio esencial de toda democracia funcional; por tanto, cualquier desviaci贸n de recursos p煤blicos hacia actividades proselitistas debe ser considerada una violaci贸n grave del orden constitucional y sancionada en consecuencia.

Recomendaci贸n 3: Creaci贸n de la Unidad Especializada de Inteligencia Financiera Electoral

Se propone establecer un 贸rgano aut贸nomo adscrito al Consejo Supremo Electoral, pero con supervisi贸n directa de la Contralor铆a General de la Rep煤blica, encargado de rastrear el origen y destino de cada c贸rdoba ingresado a los partidos pol铆ticos.
Esta unidad deber谩 fiscalizar obligatoriamente:

  • cuentas puente bancarias,

  • movimientos financieros de campa帽a,

  • proveedores y contratistas,

  • donaciones privadas,

  • y cualquier flujo de capital que pueda comprometer la soberan铆a nacional.

Asimismo, debe prohibirse de manera estricta la recepci贸n de donaciones an贸nimas, corporativas o de procedencia extranjera, garantizando que ninguna estructura pol铆tica opere como veh铆culo de intereses il铆citos o injerencias externas.

Recomendaci贸n 4: Democratizaci贸n interna obligatoria de los partidos

Ninguna organizaci贸n pol铆tica podr谩 optar a financiamiento p煤blico ni a inscripci贸n legal si no demuestra, de manera fehaciente, la celebraci贸n de procesos internos democr谩ticos, incluyendo elecciones primarias libres, transparentes y supervisadas para la selecci贸n de sus autoridades y candidatos.
Esta medida es indispensable para romper con el modelo de “partidos de malet铆n” controlados por c煤pulas familiares, din谩sticas o por estructuras subordinadas al r茅gimen.
La democratizaci贸n interna es un requisito esencial para reconstruir la confianza ciudadana y garantizar que los partidos representen intereses reales y no simulaciones pol铆ticas.

Recomendaci贸n 5: Mecanismos de revocatoria y p茅rdida de fondos por pr谩cticas antidemocr谩ticas

Se deben incorporar cl谩usulas punitivas dentro de la legislaci贸n electoral que permitan suspender de forma inmediata el financiamiento estatal y la personer铆a jur铆dica de aquellos partidos que:

  • participen en la alteraci贸n del orden constitucional,

  • promuevan pr谩cticas antidemocr谩ticas,

  • colaboren con violaciones a los derechos humanos,

  • o act煤en como legitimadores de procesos fraudulentos.

Estas medidas deben alinearse con los compromisos internacionales asumidos por Nicaragua en la IX Cumbre de las Am茅ricas y en la Carta Democratica Interamericana, fortaleciendo la institucionalidad democr谩tica y garantizando que los recursos p煤blicos no contin煤en siendo utilizados para sostener estructuras pol铆ticas que operan en detrimento del Estado de derecho.

“Democracia sin facturas falsas: restituci贸n total de lo robado y c谩rcel para los traficantes del voto.” — NNG


***Equipo NNG***

20/5/26

Los 7 cargos de Castro

 


TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS

DISTRITO SUR DE FLORIDA

CASO N脷M. 03-20685-CR-SEITZ(s)

18 U.S.C. § 2332(b)(2)

18 U.S.C. § 32(a)(l)

18 U.S.C. § 34

49 U.S.C. § 46501(2)

18 U.S.C. § 1111(a)(l)

18 U.S.C. § 3238

18 U.S.C. § 2

ESTADOS UNIDOS DE AM脡RICA

v.

RAUL MODESTO CASTRO RUZ,

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

EMILIO JOSE PALACIO BLANCO,

JOSE FIDEL GUAL BARZAGA,

RAUL SIMANCA CARDENAS,

y

LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ,

Acusados.

____________________________________________________________

ACUSACI脫N FORMAL SUSTITUTIVA

El Gran Jurado acusa que:

ALEGACIONES GENERALES

Introducci贸n

Desde que tomaron el poder en la Rep煤blica de Cuba (Cuba) en 1959, Fidel Alejandro Castro Ruz ("Fidel Castro"), RAUL MODESTO CASTRO RUZ ("CASTRO RUZ"), seg煤n se ilustra a continuaci贸n, y otros, establecieron una dictadura ("el R茅gimen Castro") dise帽ada para mantener y proteger su gobierno y evitar un cambio de r茅gimen.

Durante las d茅cadas siguientes, los cubanos huyeron hacia los Estados Unidos a trav茅s del Estrecho de Florida, arriesgando sus vidas, y en muchas ocasiones muriendo en esas aguas en su camino hacia la libertad. Hermanos al Rescate (Brothers to the Rescue, Inc. ("BTTR")) fue una organizaci贸n en Miami, Florida, que pilotaba aviones Cessna desarmados para rescatar o guiar a migrantes cubanos varados o perdidos en el mar. En la d茅cada de 1990, los vuelos de BTTR tambi茅n apoyaron movimientos anticastristas y pro-democracia en Cuba.

Cuba envi贸 esp铆as a Miami, Florida, para obtener informaci贸n sobre BTTR e informar al R茅gimen Castro. Estos esp铆as formaban parte de un grupo cuyo nombre clave era La Red Avispa (la Red Avispa). Los esp铆as infiltraron exitosamente BTTR e informaron al R茅gimen Castro sobre las actividades de BTTR.

En enero de 1996 aproximadamente, BTTR vol贸 aviones Cessna desarmados dentro o alrededor del espacio a茅reo cubano y lanz贸 panfletos pro-democracia que aterrizaron en el territorio continental cubano. Los aviones Cessna utilizados por BTTR volaban a velocidades significativamente m谩s lentas que los aviones de combate MiG cubanos. En enero de 1996 aproximadamente, el ej茅rcito cubano, encabezado por CASTRO RUZ, realiz贸 misiones de entrenamiento durante las cuales los aviones de combate MiG cubanos localizaron y siguieron aviones con las velocidades de vuelo y a las altitudes de los aviones utilizados por BTTR.

En febrero de 1996 aproximadamente, grupos pro-democracia en Cuba planearon manifestaciones en Cuba, y BTTR planific贸 apoyar esas manifestaciones mediante vuelos hacia Cuba en el momento de las manifestaciones. El R茅gimen Castro no permiti贸 las manifestaciones pro-democracia planeadas en Cuba en ese momento e instruy贸 a sus esp铆as a no volar con BTTR durante los vuelos planificados de BTTR en febrero de 1996. El 24 de febrero de 1996, tres aeronaves de BTTR partieron del sur de Florida hacia Cuba, y los MiGs cubanos derribaron dos de ellas en aguas internacionales, matando a cuatro nacionales de los Estados Unidos, incluyendo tres ciudadanos americanos.

El R茅gimen Castro

1.   Fidel Castro, CASTRO RUZ, y otros tomaron el poder en Cuba el 9 de enero de 1959 aproximadamente, derrocando al entonces presidente Fulgencio Batista y Zald铆var. El R茅gimen Castro control贸 Cuba a partir de entonces.

2.   El R茅gimen Castro estableci贸 varios ministerios para apoyar sus objetivos. El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (El Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR)) controlaba todas las ramas del ej茅rcito cubano. Dentro de MINFAR, la Fuerza A茅rea y el aparato de defensa a茅reo cubano se denominaba La Defensa Anti-A茅rea y Fuerza A茅rea Revolucionaria (La Fuerza A茅rea Revolucionaria y de Defensa A茅rea Cubana (DAAFAR)).

3.   El R茅gimen Castro tambi茅n cre贸 La Direcci贸n de Contrainteligencia Militar (Direcci贸n de Contrainteligencia (CIM)), parte de MINFAR, como su agencia de inteligencia militar.

4.   El Ministerio del Interior (Ministerio del Interior (MININT)) supervisaba la Direcci贸n de Inteligencia (Direcci贸n de Inteligencia (DI)) que se enfocaba en la recopilaci贸n de inteligencia extranjera. El Co-conspirador No Acusado 1 fue el Ministro de la DI.

5.   Desde aproximadamente 1959 hasta aproximadamente 2008, CASTRO RUZ fue Ministro (Ministro) de MINFAR. Tambi茅n fue Vice Presidente (Vicepresidente) desde aproximadamente 1976 hasta aproximadamente 2008.

6.   Desde aproximadamente 1959 y hasta al menos junio de 1996, el cuartel general pol铆tico de Cuba, incluyendo los ministerios, estaba ubicado en el Palacio de la Revoluci贸n en La Habana, Cuba, tambi茅n conocido como Cuartel General Superior.

7.   En 1996, el Co-conspirador No Acusado 2 era el Comandante de Base en el aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os en Cuba.

8.   Al menos desde 1992 y hasta aproximadamente abril de 1996, los acusados, LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ ("L.A. PEREZ-PEREZ"), EMILIO JOSE PALACIO BLANCO ("BLANCO"), JOSE FIDEL GUAL BARZAGA ("BARZAGA"), RAUL SIMANCA CARDENAS ("CARDENAS"), y LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ ("RODRIGUEZ"), eran pilotos de combate MiG entrenados en DAAFAR. Luis Francisco Perez-Perez (L.F. Perez-Perez) tambi茅n era un piloto de combate MiG entrenado en DAAFAR durante este per铆odo.

9.   Al menos desde aproximadamente 1992 y hasta el 24 de febrero de 1996 aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ, BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ y L.F. Perez-Perez eran pilotos de aviones de combate destinados en el aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os en Cuba.

Antecedentes del Derribo

10. CASTRO RUZ, y otros conocidos y desconocidos para el Gran Jurado, usaron su liderazgo, membres铆a y asociaci贸n para formar una dictadura con autoridad absoluta en Cuba. El R茅gimen Castro estableci贸 y mantuvo el control sobre Cuba y su pueblo mediante un r茅gimen que elimin贸 la disidencia, preserv贸 su poder, territorio y reputaciones, y, mediante la expropiaci贸n y nacionalizaci贸n de negocios privados, financi贸 dichos objetivos.

11. A partir de aproximadamente 1959, los cubanos huyeron del R茅gimen Castro hacia los Estados Unidos de Am茅rica y otros lugares.

12. Al menos desde aproximadamente 1960, la ex Uni贸n Sovi茅tica se ali贸 con Cuba y comenz贸 a proveer al gobierno cubano con apoyo econ贸mico y militar significativo.

13. En aproximadamente 1978, los Estados Unidos y Cuba alcanzaron un acuerdo estableciendo una frontera mar铆tima y a茅rea en el Estrecho de Florida y en otros lugares, basada en una medida equidistante en el paralelo 24, es decir, 40-60 millas n谩uticas al norte de Cuba y mucho m谩s all谩 de la jurisdicci贸n mar铆tima y a茅rea de 12 millas de Cuba. El paralelo 24 no extend铆a la jurisdicci贸n mar铆tima o a茅rea cubana, pero s铆 serv铆a como un identificador operacional que activaba los requisitos de aviso al control de tr谩fico a茅reo de La Habana cuando los aviones cruzaban el paralelo 24 en ruta hacia Cuba.

14. En aproximadamente 1980, los cubanos huyeron de Cuba en masa en bote desde el Puerto de Mariel a trav茅s del Estrecho de Florida. Mientras muchos cubanos sobrevivieron ese viaje, otros perecieron en el mar.

15. Tras la disoluci贸n de la Uni贸n Sovi茅tica en 1991, su apoyo econ贸mico a Cuba ces贸. Cuba sufri贸 una recesi贸n econ贸mica que alcanz贸 su punto m谩ximo aproximadamente en 1994. Los ciudadanos cubanos continuaron huyendo del R茅gimen Castro hacia los Estados Unidos en botes, balsas y embarcaciones improvisadas, incluyendo muchos que no sobrevivieron el viaje. Durante ese tiempo, BTTR rescat贸 a muchos cubanos que hu铆an en el mar.

16. Al menos desde aproximadamente 1992, la DI envi贸 esp铆as al Distrito Sur de Florida para, entre otras tareas, infiltrar BTTR e informar al R茅gimen Castro sobre sus actividades. Esos esp铆as inclu铆an a Rene Gonzalez, tambi茅n conocido como "Castor" y como "Iselin", y a Juan Pablo Roque, tambi茅n conocido como "German" y como "Vedette". Los esp铆as se hac铆an pasar por pilotos exiliados que hu铆an de Cuba. Juan Pablo Roque tambi茅n se ofreci贸 al Bur贸 Federal de Investigaci贸n (FBI) como informante sobre las actividades de los grupos exiliados con sede en Miami, incluyendo BTTR. La DI dirigi贸 y control贸 su cooperaci贸n con el FBI.

17. El 13 de julio de 1994 aproximadamente, aproximadamente 70 cubanos intentaron huir del R茅gimen Castro en un remolcador llamado el Trece de Marzo (El Trece de Marzo). La Guardia Costera del R茅gimen Castro, una rama del ej茅rcito controlado por CASTRO RUZ, hundi贸 el remolcador, matando a decenas de sus propios ciudadanos.

18. Poco despu茅s, en agosto de 1994 aproximadamente, los cubanos llenaron las calles en protesta a lo largo del ic贸nico malec贸n conocido como el Malec贸n en La Habana, Cuba, en respuesta a la continua represi贸n de la migraci贸n mar铆tima hacia los Estados Unidos por parte del R茅gimen Castro.

19. El 19 de noviembre de 1994 aproximadamente, tres aeronaves civiles no armadas de los Estados Unidos operadas por BTTR lanzaron panfletos y otros art铆culos que aterrizaron en el territorio continental cubano. El R茅gimen Castro no tom贸 ninguna acci贸n militar contra esas aeronaves.

20. El 13 de julio de 1995 aproximadamente, cuatro aeronaves civiles no armadas de los Estados Unidos operadas por BTTR volaron junto con una flotilla mar铆tima desde los Estados Unidos hacia Cuba para conmemorar el hundimiento de el Trece de Marzo. La Guardia Costera del R茅gimen Castro encontr贸 a la flotilla y form贸 un bloqueo. El R茅gimen Castro tambi茅n despach贸 aviones de combate MiG al 谩rea. El R茅gimen no tom贸 ninguna acci贸n militar adicional.

21. En aproximadamente 1995, un grupo disidente cubano que abogaba por una transici贸n pac铆fica del R茅gimen Castro hacia un gobierno democr谩tico se form贸 en Cuba. Eran conocidos como el Concilio Cubano.

22. El 9 de enero de 1996 y el 13 de enero de 1996 aproximadamente, cuatro aeronaves civiles no armadas operadas por BTTR lanzaron panfletos con extractos de las Declaraciones Universales de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que aterrizaron en el territorio continental cubano. Los cubanos, incluyendo miembros del Concilio Cubano, recibieron los panfletos.

23. El Concilio Cubano planific贸 una reuni贸n para comenzar el 24 de febrero de 1996 aproximadamente.

24. La DI, en nombre del R茅gimen Castro, formul贸 la Operaci贸n Escorpi贸n para "perfeccionar la confrontaci贸n" de las "acciones [contrarrevolucionarias] de [BTTR]", y proporcion贸 instrucciones a sus agentes con sede en Miami para que continuaran proporcionando informaci贸n sobre los planes y actividades de BTTR, pero sin volar con BTTR hacia Cuba en febrero de 1996 aproximadamente.

25. Parte de la misi贸n de la Operaci贸n Escorpi贸n era que la Red Avispa proporcionara informaci贸n relacionada con las actividades de BTTR, que notablemente inclu铆a cualquier plan de vuelo hacia Cuba el 24 de febrero de 1996, para coincidir con la reuni贸n del Concilio Cubano.

26. La Red Avispa proporcion贸 informaci贸n a la DI, la cual a su vez la proporcion贸 al ej茅rcito cubano, incluyendo a DAAFAR, CASTRO RUZ, y al R茅gimen Castro.

27. En respuesta a los vuelos de BTTR del 9 y 13 de enero de 1996 aproximadamente, y en anticipaci贸n de futuros vuelos de BTTR, DAAFAR realiz贸 misiones de entrenamiento con sus pilotos de combate MiG, incluyendo L.A. PEREZ-PEREZ, BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ, y L.F. Perez-Perez. Los pilotos practicaron localizar y seguir aeronaves civiles lentas de vuelo bajo como las utilizadas por BTTR.

28. En ese momento aproximadamente, el R茅gimen Castro disolvi贸 la reuni贸n planeada del Concilio Cubano e impidi贸 que la organizaci贸n se reuniera el 24 de febrero de 1996 y posteriormente.

El Derribo

29. Tras los vuelos de BTTR en enero de 1996, CASTRO RUZ autoriz贸 el uso de la fuerza letal contra BTTR.

30. Al menos desde febrero de 1994 aproximadamente, y continuando hasta al menos julio de 1996 aproximadamente, la cadena de mando militar en el aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os en Cuba era desde la base a茅rea hasta DAAFAR y desde DAAFAR hasta MINFAR, luego de regreso por la misma cadena de mando. Todas las 贸rdenes de matar del ej茅rcito cubano pasaban por esta cadena de mando con CASTRO RUZ y Fidel Castro como los decisores finales.

31. El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, a las 1:30 p.m. aproximadamente, tres aeronaves civiles no armadas de los Estados Unidos operadas por BTTR, con n煤meros de cola N2506, N2456S y N5485S, partieron del Aeropuerto Opa-Locka, en el Condado de Miami-Dade, Florida.

32. El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, un avi贸n de combate MiG de DAAFAR operado por L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez destruy贸 dos de las aeronaves de BTTR, con n煤meros de cola N2456S y N5485S. Mataron a cuatro nacionales de los Estados Unidos, incluyendo tres ciudadanos estadounidenses.

33. En el momento de su destrucci贸n, las dos aeronaves de BTTR volaban fuera del territorio cubano. De hecho, volaban sobre aguas internacionales, alej谩ndose de Cuba. A pesar de su contacto con la torre de control de tr谩fico a茅reo de La Habana, el ej茅rcito cubano no proporcion贸 a BTTR ninguna advertencia de la inminente destrucci贸n de sus aeronaves.

34. Despu茅s de que el R茅gimen Castro derribara las dos aeronaves de BTTR, BARZAGA, CARDENAS y RODRIGUEZ siguieron a la tercera aeronave de BTTR, con n煤mero de cola N2506, cerca del paralelo 24, pero esa aeronave escap贸 de su destrucci贸n.

CARGO 1

Conspiraci贸n para Matar a Nacionales de los EE.UU. 18 U.S.C. § 2332(b)(2)

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   A partir de un momento desconocido para el Gran Jurado, pero al menos desde enero de 1996 aproximadamente y hasta abril de 1996 aproximadamente, mientras se encontraban fuera de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ,

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

EMILIO JOSE PALACIO BLANCO,

JOSE FIDEL GUAL BARZAGA,

RAUL SIMANCA CARDENAS,

y

LUIS RAUL GONZALEZ-PARDO RODRIGUEZ,

a sabiendas y deliberadamente se combinaron, conspiraron, se confederaron y acordaron, entre s铆 y con otras personas conocidas y desconocidas para el Gran Jurado, matar a un nacional de los Estados Unidos mientras dicho nacional se encontraba fuera de los Estados Unidos, es decir, C.C., M.d.l.P., A.A., y otros pilotos y pasajeros de aeronaves operadas por BTTR, cuya conspiraci贸n contempl贸 su asesinato, seg煤n se define en el T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 1111(a).

Objeto de la Conspiraci贸n

3.   El objeto de la conspiraci贸n era matar a nacionales de los EE.UU. derribando aeronaves de BTTR, utilizando informaci贸n proporcionada por esp铆as en Miami, para aterrorizar, intimidar y tomar represalias contra el pueblo cubano y la comunidad cubana en el exilio.

Actos Manifiestos

Para lograr el objetivo de esta conspiraci贸n, los acusados y sus co-conspiradores cometieron y causaron que se cometiera al menos uno de los siguientes actos manifiestos, entre otros, en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares:

4.   En 1994 y sus alrededores, despu茅s de los vuelos de BTTR del 19 de noviembre de 1994 que lanzaron panfletos sobre territorio cubano, la DI formul贸 un plan para que Juan Pablo Roque pilotara una aeronave de BTTR hacia Cuba a finales de 1995 para desacreditar y socavar a BTTR.

5.   El 4 de diciembre de 1995 aproximadamente, la DI acord贸 que Juan Pablo Roque deb铆a continuar informando sobre BTTR.

6.   Al menos desde el 13 de enero de 1996 y despu茅s de la diseminaci贸n de panfletos de BTTR del 9 y 13 de enero de 1996 que aterrizaron en el territorio continental cubano, CASTRO RUZ se reuni贸 con l铆deres militares y los autoriz贸 a tomar medidas decisivas y letales contra las aeronaves de BTTR.

7.   El 18 de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a la Red Avispa a reportar sobre el personal y el movimiento de activos militares de los Estados Unidos, as铆 como sobre la preparaci贸n militar de los EE.UU. en la Estaci贸n A茅rea Naval Boca Chica ("NAS"), una instalaci贸n militar de los Estados Unidos ubicada en Cayo Hueso, en el Distrito Sur de Florida.

8.   El 18 de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a Juan Pablo Roque y a Rene Gonzalez a determinar qu茅 aeronaves utiliz贸 BTTR y otros detalles sobre su vuelo del 13 de enero.

9.   El 26 de enero de 1996 aproximadamente, Gerardo Hernandez, un esp铆a cubano que operaba en el Distrito Sur de Florida, regres贸 a los Estados Unidos desde Cuba con aprobaci贸n para la Operaci贸n Escorpi贸n y cancelando el plan anterior de que Juan Pablo Roque pilotara un avi贸n de BTTR a Cuba para desacreditar y socavar a BTTR.

10. El 29 de enero de 1996 aproximadamente, la DI transmiti贸 instrucciones a sus esp铆as con sede en Miami sobre la Operaci贸n Escorpi贸n y la confrontaci贸n aprobada con BTTR.

11. El 30 de enero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a Juan Pablo Roque y a Rene Gonzalez a evitar volar con BTTR, y a usar frases particulares por radio para comunicarse con Cuba si estaban en vuelo con BTTR.

12. El 1 de febrero de 1996 aproximadamente, la DI y sus agentes en el Distrito Sur de Florida y en otros lugares comenzaron a planear el regreso de Juan Pablo Roque a Cuba. La DI inform贸 a Gerardo Hernandez que la DI quer铆a que Juan Pablo Roque fuera filmado entrando y saliendo de la sede de un grupo exiliado cubano-americano.

13. El 5 de febrero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 a sus agentes a hacer de la Operaci贸n Escorpi贸n una prioridad y reportar urgentemente los datos de vuelo de BTTR.

14. El 13 de febrero de 1996 aproximadamente, esp铆as cubanos que operaban en el Distrito Sur de Florida ordenaron a Rene Gonzalez proporcionar informaci贸n clara, detallada y precisa sobre los pr贸ximos vuelos de BTTR. Tambi茅n ordenaron a Rene Gonzalez no unirse a ninguno de esos vuelos y le indicaron que si no pod铆a evitar volar con BTTR, deb铆a transmitir frases espec铆ficas por la radio de la aeronave.

15. El 18 de febrero de 1996 aproximadamente, la DI instruy贸 que Juan Pablo Roque o Rene Gonzalez no deb铆an volar con BTTR ni con ninguna otra organizaci贸n los d铆as 24, 25, 26 y 27 de febrero, las fechas de reuni贸n previstas del Concilio Cubano.

16. El 21 de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque inform贸 falsamente al FBI que BTTR no volar铆a durante el fin de semana del 24 de febrero de 1996, aunque, como 茅l sab铆a en ese momento, BTTR ten铆a programado volar durante ese tiempo.

17. El 22 de febrero de 1996 aproximadamente, la DI comunic贸 que un oficial de la DI hab铆a viajado a M茅xico para apoyar la salida de Juan Pablo Roque de los Estados Unidos hacia Cuba.

18. El 22 de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque se reuni贸 con Gerardo Hernandez.

19. El 23 de febrero de 1996 aproximadamente, Rene Gonzalez se reuni贸 con Gerardo Hernandez.

20. El 23 de febrero de 1996 aproximadamente, Juan Pablo Roque dej贸 Miami seg煤n lo indicado y regres贸 a Cuba.

21. Al menos desde febrero de 1996 aproximadamente, bajo el mando y la direcci贸n de CASTRO RUZ, con la direcci贸n del Co-conspirador No Acusado 2, L.A. PEREZ-PEREZ, BLANCO, BARZAGA, CARDENAS, RODRIGUEZ, L.F. Perez-Perez y otros realizaron misiones de entrenamiento usando aeronaves militares cubanas para encontrar, rastrear, perseguir e interceptar peque帽as aeronaves civiles frente a las costas de Cuba.

22. El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, a las 3:00 p.m. aproximadamente, tres aeronaves civiles no armadas operadas por BTTR con n煤meros de cola N2506, N2456S y N5485S volaron hacia el sur cruzando el paralelo 24.

23. A las 3:00 p.m. aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez en el MiG 1 y BLANCO en el MiG 2 despegaron del aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba.

24. A las 3:20 p.m. aproximadamente, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez solicitaron autorizaci贸n para destruir la aeronave civil no armada de BTTR con n煤mero de cola N2456S, que en ese momento volaba sobre aguas internacionales.

25. L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez recibieron autorizaci贸n para destruir la aeronave civil no armada de BTTR.

26. A las 3:21 p.m. aproximadamente, sin previo aviso, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez derribaron la aeronave civil no armada de BTTR con n煤mero de cola N2456S, usando un misil aire-aire y matando al piloto C.C. y a su pasajero, P.M.

27. A las 3:26 p.m. aproximadamente, en respuesta a una solicitud de autorizaci贸n de L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez, los pilotos recibieron autorizaci贸n para destruir una segunda aeronave civil no armada de BTTR con n煤mero de cola N5485S, que en ese momento volaba sobre aguas internacionales.

28. A las 3:28 p.m. aproximadamente, sin previo aviso, L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez en el MiG 1 destruyeron la segunda aeronave civil no armada con n煤mero de cola N5485S, usando un misil aire-aire y matando al piloto M.d.l.P. y a su pasajero, A.A.

29. En el momento del derribo de las dos aeronaves de BTTR, BARZAGA y CARDENAS en el MiG 3 y RODRIGUEZ en el MiG 4 estaban dentro de sus aviones de combate cubanos listos para desplegarse. Escucharon las solicitudes de radio de L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez para autorizaci贸n de destruir aeronaves civiles no armadas, la autorizaci贸n para ello, y la confirmaci贸n de que dichas aeronaves hab铆an sido destruidas.

30. BARZAGA y CARDENAS en el MiG 3 y RODRIGUEZ en el MiG 4 despegaron del aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba, para unirse a L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez en el MiG 1 en la persecuci贸n de una tercera aeronave civil no armada con n煤mero de cola N2506, con la intenci贸n de destruir esa aeronave tambi茅n.

31. El Co-conspirador No Acusado 2 autoriz贸 a BARZAGA y CARDENAS en el MiG 3 y a RODRIGUEZ en el MiG 4 a despegar del aer贸dromo de San Antonio de los Ba帽os, ubicado cerca de La Habana, Cuba, para unirse a la persecuci贸n de L.A. PEREZ-PEREZ y L.F. Perez-Perez de una tercera aeronave civil no armada con n煤mero de cola N2506, con la intenci贸n de destruir esa aeronave.

Todo en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 2332(b)(2).

CARGO 2

Destrucci贸n de Aeronave 18 U.S.C. §§ 32(a)(l), 34; 49 U.S.C. § 46501(2)

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n especial de aeronaves de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

destruyeron y estrellaron deliberadamente una aeronave, es decir, una aeronave civil de los Estados Unidos con n煤mero de cola N2456S, mediante un misil aire-aire, lo que result贸 en la muerte de seres humanos, a saber, C.C. y P.M., en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 32(a)(1), 34 y 2, y el T铆tulo 49, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 46501(2).

CARGO 3

Destrucci贸n de Aeronave 18 U.S.C. § 32(a)(l), 34; 49 U.S.C. § 46501(2)

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n especial de aeronaves de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

destruyeron y estrellaron deliberadamente una aeronave, es decir, una aeronave civil de los Estados Unidos con n煤mero de cola N5485S, mediante un misil aire-aire, lo que result贸 en la muerte de seres humanos, a saber, M.d.l.P. y A.A., en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 32(a)(1), 34 y 2, y el T铆tulo 49, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 46501(2).

CARGO 4

Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238 y 2

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial especial de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

deliberada e ilegalmente, con malicia premeditada, mataron a C.C., un ser humano, con premeditaci贸n y durante la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 32(a).

En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.

CARGO 5

Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238 y 2

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial especial de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

deliberada e ilegalmente, con malicia premeditada, mataron a P.M., un ser humano, con premeditaci贸n y durante la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 32(a).

En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.

CARGO 6

Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238 y 2

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial especial de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

deliberada e ilegalmente, con malicia premeditada, mataron a Md.l.P., un ser humano, con premeditaci贸n y durante la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 32(a).

En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.

CARGO 7

Asesinato 18 U.S.C. §§ 1111(a), 3238 y 2

1.   Los p谩rrafos 1 al 34 de la secci贸n de Alegaciones Generales y los p谩rrafos 4 al 31 de la secci贸n de Actos Manifiestos del Cargo 1 se incorporan aqu铆 por referencia.

2.   El 24 de febrero de 1996 aproximadamente, en la jurisdicci贸n mar铆tima y territorial especial de los Estados Unidos, los acusados,

RAUL MODESTO CASTRO RUZ

y

LORENZO ALBERTO PEREZ-PEREZ,

deliberada e ilegalmente, con malicia premeditada, mataron a A.A., un ser humano, con premeditaci贸n y durante la perpetraci贸n, y el intento de perpetrar, sabotaje, es decir, la destrucci贸n de una aeronave, en violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secci贸n 32(a).

En violaci贸n del T铆tulo 18, C贸digo de los Estados Unidos, Secciones 1111(a), 3238 y 2.

ACTA VERDADERA

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PORTAVOZ DEL JURADO

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JASON A. REDING QUI脩ONES

FISCAL DE LOS ESTADOS UNIDOS

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YARA LORENZ脴 KLUKAS

PRIMERA FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

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ABBIE D. WAXMAN

FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS

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MICHAEL E. GILFARB

FISCAL AUXILIAR DE LOS ESTADOS UNIDOS