Nicaragua Nueva Generacion

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DERECHOS HUMANOS

18/5/21

MENTIRAS DEL PADRON ELECTORAL DE NICARAGUA 2021/2022 y las 1,201,643 Personas que no estan en el Padron?


                              

QUE ES EL PADRON ELECTORAL 

CONSTITUCION POLITICA DE NICARAGUA 

La Constitución Política de la República de Nicaragua determina que el territorio nacional está dividido en 15 departamentos y dos regiones autónomas, las que a su vez están compuestas por 153 municipios. El 5 de noviembre de 2017 se celebraron las elecciones municipales para elegir 6,088 cargos en el total de los municipios del país, distribuidos entre Alcaldes, Vice Alcaldes y miembros de los consejos municipales. En estas elecciones participaron un total de 18 partidos políticos, organizados en 2 alianzas y 7 partidos individuales, los que registraron un total de 43,962 candidatos para las diferentes posiciones disponibles. El padrón Electoral estuvo conformado por 3,894,104 ciudadanos hábiles para votar. Se habilitaron 13,206 Juntas Receptoras de Voto, en 4,309 Centros de Votación en todo el país. Adicionalmente, se contó con un listado de ciudadanos cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón, que fueron habilitados para ejercer el voto por reforma a la Ley Electoral dos meses antes de los comicios. Para este proceso el Consejo Supremo Electoral (CSE) elaboró un cronograma electoral que fue aprobado el 9 de mayo de 2017, que incluía las fechas y actividades que la Ley electoral prevé para el montaje y la organización de la contienda electoral. 

https://reformaspoliticas.org/wp-content/uploads/2019/03/Informe-MOE-OEA-NicaraguaMunicipales-2017.pdf

Las Juntas Receptoras de Votos (JRV). En cada municipio se establecen suficientes JRV para cubrir la totalidad del padrón electoral, con un máximo de cuatrocientos (400) electores por JRV. Estos órganos electorales están compuestos por un Presidente y dos Miembros, cada uno con sus suplentes, y son nombrados por su respectivo CEM, siguiendo el mismo esquema de integración de las autoridades municipales y departamentales, tanto el Presidente y suplente de la JRV como el Primer Miembro y su suplente son designados alternativamente de entre los partidos políticos que obtuvieron el primero y segundo lugar en las últimas elecciones generales celebradas. En las elecciones del 5 de noviembre de 2017, de manera extraordinaria el padrón electoral de las JRV se confecciono con un máximo de 380 electores. No existe un sistema computarizado para la acreditación y el nombramiento de los miembros de las JRV, por lo que este proceso genera cuestionamientos por parte de las agrupaciones políticas. Es recomendable que para futuros procesos electorales, el CSE desarrolle un programa informático que  Ley Electoral nº 331, Artículo No. 16.  Ley Electoral nº 331, Artículos No. 24 y No. 25.permita el proceso estandarizado donde los partidos tengan una mayor facilidad en el depósito de la listas, del seguimiento del proceso y a las objeciones presentadas. 

CSE elimina 1,513 juntas receptoras de votos a nivel nacional:

https://www.laprensa.com.ni/2017/09/18/politica/2299098-cse-elimina-1513-juntas-receptoras-votos-nivel-nacional

LEY ELECTORAL 331 

SEGUN LA LEY 331 ( LEY ELECTORAL ) Art. 34 El Consejo Supremo Electoral mantendrá un Padrón Electoral de ciudadanos por cada Junta Receptora de Votos y deberá publicarlo en su página web, permanentemente actualizado desde el momento de la convocatoria.

Para garantizar la depuración permanente del Padrón Electoral, este se constituirá por todos los ciudadanos nicaragüenses que han ejercido su derecho al voto al menos una vez en el periodo comprendido entre las dos últimas elecciones generales o cualquiera de los otros procesos electorales que se hayan producido entre ellas.

Todo ciudadano nicaragüense que teniendo Cédula de Identidad y que por diversas razones no apareciere en el Padrón Electoral, podrá solicitar de manera directa y personal su incorporación a éste; el Consejo Supremo Electoral deberá proceder de inmediato atendiendo dicha solicitud en el marco de los plazos establecidos en la presente Ley.

El Consejo Supremo Electoral estará obligado a elaborar una Lista de ciudadanos que tengan Cédula de Identidad y que no se encuentren en el Padrón Electoral, con una anticipación mínima de cincuenta días, la que se publicará inmediatamente después de realizada la actualización, en la página web del Consejo y entregará una copia electrónica de la misma a los partidos políticos y alianzas de partidos políticos.

INFORME DE CENIDH

Estas votaciones generaron severos cuestionamientos de la comunidad internacional, así como presiones de diferentes gobiernos, que dieron lugar el 28 de febrero de 2017 a un memorándum de entendimiento entre el gobierno de Nicaragua y la Organización de los Estados Americanos (OEA),  el cual que establece el compromiso del de fortalecer la democracia y la observación electoral por parte de este organismo. Sin embargo, este acuerdo por un periodo de tres años, ha carecido de transparencia y es cuestionado por amplios sectores de la sociedad. 

Este memorándum de entendimiento dio cabida a que el gobierno, a través del CSE, en este año 2017 entregara personerías jurídicas a Ciudadanos por la Libertad (CxL) y al Partido de Restauración Democrática (PRD), a fin de brindar una imagen de pluralidad y legitimidad al proceso.

Apenas a 44 días de las elecciones municipales, se conoció que la OEA las observaría. Como jefe de la misión de observación electoral fue nombrado el Sr. Wilfredo Penco, quien avaló los fraudulentos comicios de 2008, 2011 y 2016, cuando formó parte del Consejo de Expertos Electorales de América Latina (CEELA).

En agosto del presente año se conoció de la reforma con trámite de urgencia al artículo 196 de la Ley Electoral, en beneficio  de aquellos ciudadanos que fueron eliminados del padrón electoral por no votar en las dos elecciones anteriores, para que pudieran  hacerlo esta vez.    

A un mes de las votaciones se conoció la decisión del CSE de eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605 mil 200 votantes.  Además de generar dificultades en la población para ubicarse en su JRV (“ratón loco”), esta medida redujo el  universo de votantes y por ende aumentó el porcentaje de votos obtenidos, logrando con ello una aparente mayor participación. 

Otro hecho que evidenció la falta de transparencia, fue la inusual presentación en agosto de listas cerradas de las y los candidatos del FSLN, que incluía la reelección de varios de ellos cuestionados por su desempeño.  El criterio para su elaboración  fue la fidelidad a la pareja presidencial,  para naturalizar en el imaginario colectivo la reelección indefinida.

 https://www.cenidh.org/noticias/1024/

                                              INFORMACION ADICIONAL 

Padrones electorales con sello FSLN : https://youtu.be/L2o_k5anrIo

No aparecen en el Padrón Electoral: https://youtu.be/18rs7Dxlz1M

Depurar al Padrón Electoral y José Antonio Peraza actualmente candidato a Diputado de la Coalición :https://youtu.be/5GSclPp3Gb4

Kitty Monterrey desde el PLI demandaba publicación y auditoria de Padrón Electoral y ahora pretende ir a elecciones con ALIANZA CIVICA+ CXL : https://youtu.be/LEbDZUhMr0Q

 Como se estableció el Padrón Electoral 2016: https://youtu.be/JkpbSWDrYk4

Gobierno de Ortega y Murillo Consuman el CONTROL DE PODER segun Felix Maradiaga y ahora va de Candidato a Presidente :  https://youtu.be/XyCGmLTYRrQ

Informe de Padrón Electoral 1 :

https://eyt.org.ni/wp-content/uploads/2019/05/informe_sobre_la_auditoriadel_padron_electoral.pdf

Informe de Padrón Electoral 2 : 

https://eyt.org.ni/wp-content/uploads/2019/05/segundo_informe_sobre_la_auditoria_del_padron_electoral.pdf


CONSIDERACIONES:

1.Segun el informa de Mision de Observacion Electoral de la  OEA "Se contó con un listado de ciudadanos cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón"

2.Segun informe del CENIDH "CSE de eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605 mil 200 votantes. "

3. Padrones de colores que define o clasifican el tipo de cuidadano:

 (PADRON ACTIVO )Listado Blanco : Personas en el padron electoral son 3.8 millones 

(PADRON PASIVO) Listado verde : Personas que no aparecen en el Padron Electoral son medio millon de votantes

1. No haber votado en las dos ultimas elecciones.

2. Abandono del pais .

3. Fallecidas. 

4. Quienes pretenden promover elecciones 2021 son parte del engaño a la población se puede considerar delito y grave violacion a los Derechos Humanos puesto que al final el ejercicio del voto se vera frustado por NO ENCONTRARSE EN EL PADRON BLANCO o que te hagan buscar en otro CENTRO DE VOTACION (CV) donde tampoco vas a aparecer.

5. Sin Auditoria al Padron Electoral, ni depuración pretenden promover elecciones 2022.

Mientras el Regimen mantenga el control de el PODER ELECTORAL y sus estructuras no podrán realizarse unas verdaderas elecciones TRANSPARENTES Y LIMPIAS  .

 


EQUIPO NNG

                                                  







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