QUE ES EL PADRON ELECTORAL
CONSTITUCION POLITICA DE NICARAGUA
La Constitución
Política de la República de Nicaragua determina que el territorio nacional está
dividido en 15 departamentos y dos regiones autónomas, las que a su vez están
compuestas por 153 municipios. El 5 de noviembre de 2017 se celebraron las
elecciones municipales para elegir 6,088 cargos en el total de los municipios
del país, distribuidos entre Alcaldes, Vice Alcaldes y miembros de los consejos
municipales. En estas elecciones participaron un total de 18 partidos
políticos, organizados en 2 alianzas y 7 partidos individuales, los que registraron
un total de 43,962 candidatos para las diferentes posiciones disponibles. El
padrón Electoral estuvo conformado por 3,894,104 ciudadanos hábiles para votar.
Se habilitaron 13,206 Juntas Receptoras de Voto, en 4,309 Centros de
Votación en todo el país. Adicionalmente, se contó con un listado de ciudadanos
cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón, que fueron
habilitados para ejercer el voto por reforma a la Ley Electoral dos meses antes
de los comicios. Para este proceso el Consejo Supremo Electoral (CSE) elaboró
un cronograma electoral que fue aprobado el 9 de mayo de 2017, que incluía las
fechas y actividades que la Ley electoral prevé para el montaje y la
organización de la contienda electoral.
Las Juntas Receptoras de Votos (JRV). En cada municipio se establecen suficientes JRV para cubrir la totalidad del padrón electoral, con un máximo de cuatrocientos (400) electores por JRV. Estos órganos electorales están compuestos por un Presidente y dos Miembros, cada uno con sus suplentes, y son nombrados por su respectivo CEM, siguiendo el mismo esquema de integración de las autoridades municipales y departamentales, tanto el Presidente y suplente de la JRV como el Primer Miembro y su suplente son designados alternativamente de entre los partidos políticos que obtuvieron el primero y segundo lugar en las últimas elecciones generales celebradas. En las elecciones del 5 de noviembre de 2017, de manera extraordinaria el padrón electoral de las JRV se confecciono con un máximo de 380 electores. No existe un sistema computarizado para la acreditación y el nombramiento de los miembros de las JRV, por lo que este proceso genera cuestionamientos por parte de las agrupaciones políticas. Es recomendable que para futuros procesos electorales, el CSE desarrolle un programa informático que Ley Electoral nº 331, Artículo No. 16. Ley Electoral nº 331, Artículos No. 24 y No. 25.permita el proceso estandarizado donde los partidos tengan una mayor facilidad en el depósito de la listas, del seguimiento del proceso y a las objeciones presentadas.
CSE elimina 1,513 juntas receptoras de votos a nivel nacional:
LEY ELECTORAL 331
SEGUN LA LEY 331 ( LEY ELECTORAL ) Art. 34 El Consejo Supremo Electoral mantendrá un Padrón Electoral de ciudadanos por cada Junta Receptora de Votos y deberá publicarlo en su página web, permanentemente actualizado desde el momento de la convocatoria.
Para garantizar la depuración permanente del Padrón Electoral, este se constituirá por todos los ciudadanos nicaragüenses que han ejercido su derecho al voto al menos una vez en el periodo comprendido entre las dos últimas elecciones generales o cualquiera de los otros procesos electorales que se hayan producido entre ellas.
Todo ciudadano nicaragüense que teniendo Cédula de Identidad y que por diversas razones no apareciere en el Padrón Electoral, podrá solicitar de manera directa y personal su incorporación a éste; el Consejo Supremo Electoral deberá proceder de inmediato atendiendo dicha solicitud en el marco de los plazos establecidos en la presente Ley.
El Consejo Supremo Electoral estará obligado a elaborar una Lista de ciudadanos que tengan Cédula de Identidad y que no se encuentren en el Padrón Electoral, con una anticipación mínima de cincuenta días, la que se publicará inmediatamente después de realizada la actualización, en la página web del Consejo y entregará una copia electrónica de la misma a los partidos políticos y alianzas de partidos políticos.
INFORME DE CENIDH
Estas votaciones generaron
severos cuestionamientos de la comunidad internacional, así como presiones de
diferentes gobiernos, que dieron lugar el 28 de febrero de 2017 a un memorándum
de entendimiento entre el gobierno de Nicaragua y la Organización de los
Estados Americanos (OEA), el
cual que establece el compromiso del de fortalecer la democracia y la
observación electoral por parte de este organismo. Sin embargo, este acuerdo
por un periodo de tres años, ha carecido de transparencia y es cuestionado por
amplios sectores de la sociedad.
Este memorándum de entendimiento dio cabida a que el gobierno, a
través del CSE, en este año 2017 entregara personerías jurídicas a Ciudadanos
por la Libertad (CxL) y al Partido de Restauración Democrática (PRD), a fin de
brindar una imagen de pluralidad y legitimidad al proceso.
Apenas a 44 días de las elecciones municipales, se conoció que
la OEA las observaría. Como jefe de la misión de observación electoral fue
nombrado el Sr. Wilfredo Penco, quien avaló los fraudulentos comicios de 2008,
2011 y 2016, cuando formó parte del Consejo de Expertos Electorales de América
Latina (CEELA).
En agosto del presente año se conoció de la reforma con trámite
de urgencia al artículo 196 de la Ley Electoral, en beneficio de aquellos ciudadanos que
fueron eliminados del padrón electoral por no votar en las dos elecciones
anteriores, para que pudieran hacerlo
esta vez.
A un mes de las votaciones se conoció la decisión del CSE de
eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605
mil 200 votantes. Además
de generar dificultades en la población para ubicarse en su JRV (“ratón loco”),
esta medida redujo el universo
de votantes y por ende aumentó el porcentaje de votos obtenidos, logrando con
ello una aparente mayor participación.
Otro hecho que evidenció la falta de transparencia, fue la
inusual presentación en agosto de listas cerradas de las y los candidatos del
FSLN, que incluía la reelección de varios de ellos cuestionados por su
desempeño. El criterio
para su elaboración fue
la fidelidad a la pareja presidencial, para
naturalizar en el imaginario colectivo la reelección indefinida.
https://www.cenidh.org/noticias/1024/
INFORMACION ADICIONAL
Padrones electorales con sello FSLN : https://youtu.be/L2o_k5anrIo
No aparecen en el Padrón Electoral: https://youtu.be/18rs7Dxlz1M
Depurar al Padrón Electoral y José Antonio Peraza actualmente candidato a Diputado de la Coalición :https://youtu.be/5GSclPp3Gb4
Kitty Monterrey desde el PLI demandaba publicación y auditoria de Padrón Electoral y ahora pretende ir a elecciones con ALIANZA CIVICA+ CXL : https://youtu.be/LEbDZUhMr0Q
Como se estableció el Padrón Electoral 2016: https://youtu.be/JkpbSWDrYk4
Gobierno de Ortega y Murillo Consuman el CONTROL DE PODER segun Felix Maradiaga y ahora va de Candidato a Presidente : https://youtu.be/XyCGmLTYRrQ
Informe de Padrón Electoral 1 :
https://eyt.org.ni/wp-content/uploads/2019/05/informe_sobre_la_auditoriadel_padron_electoral.pdf
Informe de Padrón Electoral 2 :
CONSIDERACIONES:
1.Segun el informa de Mision de Observacion Electoral de la OEA "Se contó con un listado de ciudadanos cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón"
2.Segun informe del CENIDH "CSE de eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605 mil 200 votantes. "
3. Padrones de colores que define o clasifican el tipo de cuidadano:
(PADRON ACTIVO )Listado Blanco : Personas en el padron electoral son 3.8 millones
(PADRON PASIVO) Listado verde : Personas que no aparecen en el Padron Electoral son medio millon de votantes
1. No haber votado en las dos ultimas elecciones.
2. Abandono del pais .
3. Fallecidas.
4. Quienes pretenden promover elecciones 2021 son parte del engaño a la población se puede considerar delito y grave violacion a los Derechos Humanos puesto que al final el ejercicio del voto se vera frustado por NO ENCONTRARSE EN EL PADRON BLANCO o que te hagan buscar en otro CENTRO DE VOTACION (CV) donde tampoco vas a aparecer.
5. Sin Auditoria al Padron Electoral, ni depuración pretenden promover elecciones 2022.
Mientras el Regimen mantenga el control de el PODER ELECTORAL y sus estructuras no podrán realizarse unas verdaderas elecciones TRANSPARENTES Y LIMPIAS .
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