EL REGIMEN DE LOS CO-PRESIDENTES DE NICARAGUA , sus mismo funcionarios DGI/INSS/INATEC/ALCALDIAS LE ESTAN ROBANDO 2025
INVESTIGACION HECHA POR CUIDADANOS ORGANIZADOS Y COLABORADORES DE NICARAGUA NUEVA GENERACION (NNG ) se omitieron documentos para evitar represarías de las millonarias multas que cobran a los contribuyentes , PERO QUE DIRAN LOS SANDINISTAS HISTORICOS QUE LE ROBAN SU PROPIO DINERO NO LOS DEJAN TRABAJAR .
se realizan multas + intereses y sin incluir la FAMOSA COIMA O SOBORNO que los funcionarios de la DGI realizan a nivel nacional , pero es mas famoso ha sido SAJONIA EN MANAGUA , desde el CPF o guarda de Seguridad te cobra para la GASEOSA.
Las auditorias que la DGI realiza esta plagadas de ANOMALIAS esta como que si es aes la resolución pero luego te envían a la oficina hablar con un funcionario que es que COBRA LA COIMA GRANDE que nunca te resuelve o te juega al que no esta , mecanismo de presión.
CONSIDERANDO
UNICO
Que con base al Arto. 145 del Código Tributario, corresponde a la Dirección General de Ingresos cumplir y hacer cumplir las disposiciones contempladas en el presente código y en las demas leyes Tributarias, por lo que puede aplicar sanción pecuniaria por incurrir en omisión, presentación tardía o la presentación de la declaración con información incompleta o errónea.POR LO TANTO
Conforme el considerando y con base en lo dispuesto en los Artos. 134 (párrafo 2), 135(a) y numeral 3 del Arto. 127 del Código Tributario, la Dirección General de Ingresos, puede aplicar sanción pecuniaria de entre un mínimo de 70 a un máximo de 90 unidades de multa, por cada periodo vencido por vez respectivamente, por lo que se aplican 70 unidades de multa.RESUELVE
Sancionar en el periodo /, por el concepto de Multa por presentación tardía, los siguientes impuestos: por un monto total a pagar de XXXXXNota:El contribuyente está en el derecho de solicitar Recurso de Reposición a como lo indica el Arto. 97 del Código Tributario. El recurso de reposición lo deberá presentar ante el administrador de la administración de rentas de XXXXXXXX
ASI EL GOBIERNO DE EL CO -PRESIDENTE Y CO- PRESIDENTA TRATAN A SU PUEBLO ROBANDOLE SU INRESOS DE TRABAJO EL CUAL MANTIENE SUS SALARIOS Y EL DE TODOS LSO FUNCIONARIOS .
Mesa técnica otro atajo de LADRONES que nunca favorecen al contribuyente , te piden dinero debajo de la negociación en silencio.
cuando vas a juicio TRIBUTARIO que pasa te TERMINAN DE ROBAR LOS JUECES a los NICARAGUENSE , por que a los CHINOS Y RUSOS NO LE JUEGAN LETRA
¡SERA LA ORDEN DEL COMANDANTE ROBARLE AL MISMO PUEBLO ?
LA DGI se esta ROBANDO LA COMPENSACION Y DEVOLUCION DE SALDO DE LOS CONTRIBUYENTES , ADUCIENDO QUE CON LAS MULTAS EN VEZ DE PAGARLES QUEDAN DEBIENDO
significa que quien se atraves a cobrar su compensación o devolución de saldo ante DGI sale debiéndoles por que se roban el DINERO DE LOS CONTRIBUYENTES .
Compensación y devolución de saldos. Para efectos de la resolución
favorable para la compensación y/o devolución de saldos, establecida en el artículo 34 de
la Ley, se dispone:
1) Los contribuyentes deberán solicitar por escrito ante la DGI, la compensación y/o
devolución del saldo a favor que tuviesen en su declaración, debiendo adjuntar su
declaración anual del IR. En dicha solicitud deberá indicar las deudas tributarias a ser
compensadas o la devolución en efectivo;
2) La DGI dispondrá de quince días hábiles para revisar la solicitud y comprobar si los
montos solicitados están correctos y si la declaración está presentada de acuerdo a los
criterios fiscales establecidos a fin de emitir la resolución favorable;
3) Como producto de la revisión si el contribuyente no tiene saldos pendientes con la DGI
ni con la DGA, o si de la aplicación de las compensaciones a que se refiere el artículo 34
de la Ley, resultara un saldo a favor del contribuyente, la DGI de acuerdo a la resolución
favorable remitirá una solicitud de reembolso a la TGR, con copia al interesado;
4) La TGR emitirá el cheque respectivo dentro de un plazo no mayor de treinta días
hábiles para su retiro personal o a través de apoderado; Las compensaciones o
devoluciones de saldos, se harán sin perjuicio de las revisiones fiscales posteriores que
pueda practicar la DGI, de acuerdo a sus facultades.
Arto. 110. Procedimientos para la devolución de saldos. Si el responsable recaudador
no tuviere obligaciones tributarias pendientes o si de la aplicación de las compensaciones
a que se refiere el artículo anterior resultare un saldo a favor del contribuyente, la DGI,
remitirá una solicitud de reembolso a la Tesorería General de la República, con copia al
interesado.
La Tesorería General de la República emitirá el cheque respectivo dentro de un plazo no
mayor de treinta días hábiles para su retiro personal o a través de apoderado.
La devolución de saldos a favor se hará sin perjuicio de las revisiones fiscales posteriores
que pueda practicar la DGI, de acuerdo a sus facultades.
Arto. 183. Funcionarios de la Administración. Para la aplicación del numeral 11 del
artículo 105 de la Ley, para determinar la mala fe será necesario que el elemento principal
de la misma sea el dolo, el cual debe ser probado de manera indubitable ante el superior
jerárquico del funcionario cuestionado. Para que pueda darse la suspensión inmediata del
ejercicio del cargo, deberá existir además una de las causales contempladas en la
Legislación Laboral vigente. Asimismo se le concederá una audiencia privada al
funcionario de la administración, permitiéndosele el derecho a la legítima defensa. En
ningún momento deberán violarse lo dispuesto en los artículos No. 25, 26, 27, 34 y 36 de
la Constitución Política de la República de Nicaragua. La persona a cargo de la
presunción (acusador) se hará cargo de los daños materiales y económicos que causare
al funcionario o a la institución, si no probare la acusación pertinente.
EL INATEC ES PARTE DEL ROBO CON LA DGI
- El recaudo del aporte del 2% de todos los empleadores al INATEC se realizará a través de la infraestructura de recaudación del INSS a nivel nacional. El monto recaudado por el INSS se depositará en una cuenta especial a nombre del INATEC
DE DONDE CREE SACARAN LOS CURSOS DE REGALIAS Y DINERO PARA LA CAMILA ORTEGA Y SU NICARAGUA DISEÑA ?
CAMILA ORTEGA le costo la CAUSA DE SU REVOLUCION DEL 79 , que diran los sandinista Históricos?
SIN RESPUESTA A ESTE EMPLEADO HIJO DE MAURICIO FUNES , ESCANDALO SIN ACLARACION.
inician las multas de las empresas que la DGI estafo y cobro interés absurdos y auditorias VICIADAS aprovecha la vulnerabilidad el INATEC Y INSS a cobrar multas para seguir robándole el dinero del contribuyente.
QUE DICEN EL CO PRESIDENTE Y CO PRESIDENTA GOBERNAR CON CORRUPTOS QUE LE ROBAN A ELLOS Y A SU PROPIO PUEBLO ???????
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