- Desde que es elegido los magistrados , consejos electorales por la vara de medida que es los ganadores en las dos primeras posiciones de las elecciones generales y municipales pasadas ya esta el control total de esta elección .
- condicionar los cambios con la ley de transfuguismo para hacer legal los golpes de estado municipales que el Regimen FSLN ha venido practicando para aumentar los numero de alcaldías de 135 hasta llegar control 153.
- y las figuras de los fraudes que se han hecho en los proceso para perpetuarse en el poder hoy son legalizadas en esta reformar por si alguien solicita anomalia o fraude en cualquier proceso sea tomado que esta ley los contempla e igual eliminar los recursos de reclamo
- Quien se somete a esta elecciones generales 2021 y municipales 2022 ya sabe que lo unico que va es arrepentirse el Poder que los DICTADORES LE DEN y su recompensa por el juego electoral .
13/4/21
REFORMA DE LA LEY ELECTORAL 331 DE NICARAGUA , BAJO LA REGLAS DEL REGIMEN 2021"FUENTEOVEJUNA"
6/4/21
REGIMEN EN SU CONTROL DEL PODER ELECTORAL 2021 EN TODOS LOS NIVELES
- Los 7 MAGISTRADOS PROPIETARIOS y 3 SUPLENTES serán Reelectos.
- Los CONSEJOS ELECTORAL DEPARTAMENTALES (CED) serán :
- Boaco encabezado por FSLN/PLC
- Carazo encabezado por PLC/FSLN
- Chinandega encabezado por FSLN /PLC
- Chontales encabezado por PLC/FSLN
- Estelí encabezado por PLC/FSLN
- Granada encabezado por PLC/FSLN
- Jinotega encabezado por FSLN /PLC
- León encabezado por PLC/FSLN
- Madriz encabezado por FSLN/PLC
- Managua encabezado por FSLN/PLC
- Masaya encabezado por PLC/FSLN
- Matagalpa encabezado por FSLN/PLC
- Nueva Segovia encabezado por PLC/FSLN
- Rio San Juan encabezado por PLC/FSLN
- Rivas encabezado por FSLN/PLC
- RACCN encabezado por FSLN /PLC
- RACCS encabezado por PLC/FSLN
REFERENCIA LEY 331 (LEY ELECTORAL ) Art. 3 Las elecciones para Presidente o Presidenta, Vicepresidente o Vicepresidenta, Diputados o Diputadas de la Asamblea Nacional, Diputados o Diputadas por Nicaragua ante el Parlamento Centroamericano, Alcaldes, Alcaldesas, Vicealcaldes, Vicealcaldesas y Concejales, tendrán lugar el primer Domingo del mes de Noviembre del año anterior a la fecha en que de acuerdo con la Ley comience el período de los que fueren electos. El Consejo Supremo Electoral, para garantizar el pleno ejercicio del sufragio, deberá depurar el padrón electoral.
Cuando el primer Domingo del mes de Noviembre coincida con los días uno y dos de Noviembre, las elecciones se realizarán en el segundo domingo del mes de Noviembre.
Las elecciones de los Consejos Regionales Autónomos del Atlántico Norte y Sur se llevarán a cabo el primer Domingo del mes de Marzo del año en que de conformidad a la ley deban tomar posesión.
El Consejo Supremo Electoral deberá ajustar el Calendario Electoral y todas sus resoluciones y normativas a lo dispuesto en la Ley No. 331, “Ley Electoral”, siendo nula cualquier disposición en contrario.
Dentro de las disposiciones establecidas en el párrafo anterior, el Consejo Supremo Electoral podrá modificar o reformar el calendario electoral por causas de caso fortuito o fuerza mayor, en consulta con las organizaciones políticas.
El calendario electoral será publicado en La Gaceta, Diario Oficial y medios de comunicación nacional.
El nombramiento de los integrantes de los Consejos Electorales Departamentales y Regionales, en su caso, lo hará el Consejo Supremo Electoral.
El nombramiento de los integrantes de los Consejos Electorales Municipales, lo hará respectivamente el Consejo Electoral Departamental o Regional, en su caso.
El nombramiento de los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos, lo hará el respectivo Consejo Electoral Municipal.
Los Consejos Electorales serán integrados de ternas que para tal efecto envíen los Representantes Legales de los partidos políticos o alianza de partidos. En la primera sesión de los Consejos Electorales Departamentales o Regionales, éstos deberán solicitar a las organizaciones políticas, las ternas para la integración de los Consejos Electorales Municipales. Para su integración el Consejo Supremo Electoral tomará en cuenta el pluralismo político establecido en la Constitución Política y no podrá recaer más de un nombramiento en un mismo partido político en cada Consejo Electoral.
Los partidos políticos dispondrán de un plazo de quince días a partir de la notificación para presentar sus propuestas y si no lo hicieren el Consejo Supremo Electoral procederá a su nombramiento.
El Presidente con su respectivo Suplente de cada Consejo Electoral y de Juntas Receptoras de Votos, serán designados alternativamente de entre los partidos políticos que hubiesen obtenido el primero y segundo lugar, en las últimas elecciones generales que se hayan celebrado; en el caso de que estas posiciones o alguna de ellas hubiesen sido ocupadas por alianza de partidos políticos, presentará las ternas correspondientes el partido político que hubiese encabezado dicha alianza. El Primer Miembro con su respectivo Suplente serán designados de la misma manera.
El Segundo Miembro y su respectivo Suplente, será designado de las ternas que para tal efecto presentaron las otras organizaciones políticas que participen en las elecciones previstas.
El Consejo Electoral respectivo, velará por el cumplimiento de los requisitos de los candidatos propuestos en las ternas y pedirá la reposición de quienes no los reúnan.
Los Miembros de los Consejos Electorales Departamentales o Regionales tomarán posesión de su cargo al menos cinco meses antes del día de la elección y cesarán en sus funciones cinco días después de la toma de posesión de las Autoridades electas. Esta disposición no se aplicará al Presidente y su respectivo Suplente, quienes se mantendrán en el cargo con el objeto de ejercer funciones relativas de Registro Civil, de Cedulación y de Administración; a tal efecto se deberá mantener oficinas municipales de atención a los ciudadanos, en especial para atender asuntos relacionados con la cedulación.
Los Consejos Electorales Municipales deberán estar integrados a más tardar quince días después de haber tomado posesión los Miembros de los Consejos Electorales Departamentales o Regionales y cesarán en sus funciones, treinta días después de efectuadas las elecciones o según lo dispuesto en el Artículo 22 de la presente Ley.
16/3/21
ACUERDOS DE MIPYME DE NICARAGUA EN REGIMEN DICTATORIAL A QUIEN BENEFICIA
La Ley 645 hace referencia a tres tamaños Micro Empresas, Pequeñas Empresas y Medianas Empresas (MIPYME) estas operan como persona natural o jurídica, en los diversos sectores de la economía, siendo en general empresas manufactureras, industriales, agroindustriales, agrícolas, pecuarias, comerciales, de exportación
Las altas multas a quien está engordando el bolsillo en NICARAGUA a las empresas o a los DICTADORES ORTEGA Y MURILLO.
FUENTE: http://www.sice.oas.org/SME_CH/SICE_SME_CH_NIC_s.asp
REGISTRO DE MIPYMES EN NICARAGUA
FUENTE: https://connectamericas.com/es/service/registro-%C3%BAnico-para-mypmes-en-nicaragua
EQUIPO NNG
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CENTROMERICANA APODERADA POR LOS REGIMENES DICTATORIALES DE PAISES CENTROAMERICANO 2021
MAGISTRADOS TITULARES 2016 – 2026
CÉSAR ERNESTO SALAZAR GRANDE, MAGISTRADO TITULAR POR LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, PRESIDENTE DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA (Periodo 2019 – 2020).
CARLOS ANTONIO GUERRA GALLARDO, MAGISTRADO TITULAR POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, VICEPRESIDENTE DE LA CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA (Periodo 2019 – 2020).
SILVIA ISABEL ROSALES BOLAÑOS, MAGISTRADA TITULAR POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
EDGAR HERNÁN VARELA ALAS, MAGISTRADO TITULAR POR LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
VERA SOFÍA RUBÍ ÁVILA MAGISTRADA TITULAR POR LA REPÚBLICA DE HONDURAS.
CARLOS HUMBERTO MIDENCE BANEGAS, MAGISTRADO EN FUNCIONES POR LA REPÚBLICA DE HONDURAS.
MAGISTRADOS SUPLENTES
RENÉ ALBERTO LANGLOIS GUEVARA Magistrado Suplente por la República de El Salvador.
JAVIER ANTONIO TOBAR RODRÍGUEZ Magistrado Suplente por la República de El Salvador.
JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ NAVAS Magistrado Suplente por la República de Honduras
FUNCIONARIOS
ORLANDO GUERRERO MAYORGA, SECRETARIO GENERAL
ANA ISABEL SOLÍS CERDA, DIRECTORA DE RELACIONES PÚBLICAS e INTERNACIONALES
ABNER JUAN SOLÍS DOLMUZ, DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
MARCIO GUILLERMO MARTINEZ VELAZQUEZ, COLABORADOR JURÍDICO
TANÍA VALENTÍNA MONTÍEL GUERRERO, COLABORAORA JURÍDICA
COMISIÓN DE FINANZAS
Transparencia en la gestión administrativa y rendición de cuentas
http://portal.ccj.org.ni/ccj/comision-de-finanzas/
COMISIONES PERMANENTES
Las Comisiones Permanentes nacen al tenor de lo establecido en el artículo 14 del Reglamento General de la Corte
http://portal.ccj.org.ni/ccj/comision-permanente-de-equidad-de-genero/
PARLAMENTO CENTROAMERICANO CAMINANDO HACIA LOS PRINCIPIOS ANTI DEMOCRATICOS 2020-2021
PARLAMENTO CENTROAMERICANO CAMINANDO HACIA LOS PRINCIPIOS ANTI DEMOCRATICOS 2020-2021
Composición
El Parlamento Centroamericano se instaló el 28 de octubre de 1991, con 65 diputados centroamericanos que representan a 13 partidos políticos. Posteriormente se agregan 2 diputados por el Estado de Nicaragua, que hacen un total de 67 diputados que representan a 14 partidos.
COMO SE CONFORMA EL PARLAMENTO CENTROMERICANO
https://parlacen.int/diputados
Nicaragua Representado por 4 partidos políticos: Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) 15 Diputados Partido Liberal Constitucionalista (PLC) 3 Diputados Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) 1 Diputado Partido Liberal Independiente (PLI) 1 Diputado
https://parlacen.int/assets/pdf/Periodos%20Parlamentarios.pdf
JUNTA DIRECTIVA 2020-2021
https://parlacen.int/junta-directiva
COMISIONES
https://parlacen.int/comisiones
COMISIÓN DE ASUNTOS AGROPECUARIOS, PESCA, AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS E INSTITUCIONALIDAD REGIONAL
COMISIÓN DE DESARROLLO MUNICIPAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
COMISIÓN DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
COMISIÓN DE INTEGRACIÓN, COMERCIO Y DESARROLLO ECONÓMICO
COMISIÓN DE LA MUJER, NIÑEZ, JUVENTUD Y FAMILIA
COMISIÓN DE MACROECONOMÍA Y FINANZAS
COMISIÓN DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRODESCENDIENTES
COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES Y ASUNTOS MIGRATORIOS
COMISIÓN DE SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, POBLACIÓN Y ASUNTOS LABORALES Y GREMIALES
COMISIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA, PAZ Y DERECHOS HUMANOS
COMISIÓN DE TURISMO
COMISIÓN POLÍTICA Y DE ASUNTOS PARTIDARIOS
COMISIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
COMISIÓN DE EURLOAT
11/2/21
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE 1979
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE 1979
se instaura la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional formada por cinco miembros, tres del Frente Sandinista de Liberación Nacional ; Daniel Ortega Saavedra comandante del frente, que ejerció como coordinador y presidente; Moisés Hassan Morales, Frente Patriótico Nacional (FPN) y el intelectual socialdemócrata Sergio Ramírez Mercado, del Grupo de los Doce y dos independientes; empresario liberal y miembro del Movimiento Democrático Nicaragüense (MDN) Alfonso Robelo y Violeta Barrios de Chamorro. Un día antes, en la mañana del 18 de julio, Sergio Ramírez, Alfonso Robelo y Violeta Chamorro, dejaron San José de Costa Rica, para dirigirse a León, proclamada capital provisional de Nicaragua, donde se reunieron con Daniel Ortega. En Masaya se encontraba combatiendo a las fuerzas de la Guardia Nacional Moisés Hassan Morales. La Junta fue reconocida como el gobierno legítimo de la República de Nicaragua por la comunidad internacional. Abandonado por todos, Urcuyo Maliaños dejó Managua y partió al exilio en Guatemala.
Se constituyó un gobierno integrado en su mayoría por políticos independientes.
La función primordial del Gobierno de Reconstrucción Nacional en ese momento era restaurar la paz, la instauración de un sistema de gobierno democrático popular, y la reconstrucción nacional en los ámbitos político, social, y económico, mediante normas Jurídicas de Carácter nacional.
La Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional es acompañada por un Consejo de Estado.
El Consejo de Estado fue integrado por treinta y tres miembros entre las organizaciones políticas, socio-económicas y sindicales:
1) Frente Sandinista de Liberación Nacional (F.S.L.N) con Seis miembros.
2) Del Frente Patriótico Nacional En este confluyen los Movimiento Pueblo Unido, al Partido Liberal Independiente, Agrupación de Los Doce, Partido Popular Social Cristiano, Central de Trabajadores de Nicaragua (C.T.N.), Frente Obrero, Sindicato de Radio periodistas para un total de doce miembros.
3) Del Frente Amplio Opositor (F.A.O.): Integrado por el Partido Conservador Democrático, Partido Social Cristiano Nicaragüense, Movimiento Democrático Nicaragüense, Movimiento Liberal Constitucionalista, Partido Socialista Nicaragüense, Confederación General del Trabajo Independiente, Confederación de Unificación Sindical (C.U.S.) constituido por siete miembros.
4) Del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP): A los cuales pertenecen el Instituto Nicaragüense de Desarrollo (INDE), la Cámara de Industrias de Nicaragua (CADIN), la Confederación de Cámaras de Comercio de Nicaragua, la Cámara Nicaragüense de la Construcción, la Unión de Productores Agropecuarios de Nicaragua, la Confederación de Asociaciones Profesionales de Nicaragua (CONAPRO) asignándose seis miembros.
5) Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua (UNAN): Un miembro.
6) Asociación Nacional del Clero: Un miembro.
Teniendo cada miembro un suplente.
- En cuanto a Materia Electoral
En el periodo de transición mediante la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional y los actores del consejo de estado en su momento decidieron realizar elecciones para una nueva Asamblea Nacional legislativa y las elecciones populares mediante el sufragio directo.
En 1984 se realizan las primeras elecciones populares conforme a la Nueva Ley electoral. La Junta entrega el poder al nuevo Presidente elegido: Daniel Ortega Saavedra. Y por Ley La Junta transitoria queda disuelta.
La influencia del Frente Sandinista en el Consejo de Estado, la Junta Directiva y el Ejército (los principales funciones de la Junta) era evidente. En reemplazo de la derrotada Guardia Nacional, el Ejército Popular Sandinista ocupa esa posición, violando un previo acuerdo de hacerlo Multi-partidista.
A pesar de todo, se comprometieron a respetar la propiedad privada, los derechos humanos y a seguir una política de no alineación, independiente de la influencia tanto de Estados Unidos como de la Unión Soviética.
Algunos funcionarios conservadores estadounidenses, contrarios a la ayuda inicial a la revolución anunciada por el Presidente Jimmy Carter, encontraron cada vez más preocupantes los vínculos del FSLN con Cuba y la Unión Soviética, así como la ideología marxista-leninista de muchos líderes sandinistas.
Se intentó crear un tipo de sistema que compaginara la iniciativa privada con las empresas públicas propias de una economía socialista. La mayor parte de las tierras y los negocios permanecieron en manos del sector privado, excepto los que pertenecían a la familia Somoza. Se lanzó una campaña de alfabetización nacional en 1980 y el analfabetismo se redujo desde el 50%, un logro que obtuvo el reconocimiento internacional.
ESTATUTO FUNDAMENTAL (asamblea.gob.ni)
Equipo NNG
15/1/21
CAMINO A CORRECTO O MARKETING POLITICO 2021/2022
CAMINO A LO CORRECTO O MARKETING POLITICO 2021-2022
Según los organismo Internacionales LA ALIANZA CIVICA es la instancia que se reconoció legalmente como oposicion. Para muchos la Alianza Civica solo a sido el espacio que el sector empresarial y los partidos politicos o bien aquellos que quieren lansarze a la politica an utilizado para hacer su marketing politico, el trampolin a la fama. Esto ha dado lugar al fracaso que en muchos meses todas estas asociaciones siguen sin dar resultados.
Los partidos PRD, YATAMA, PLI , PLC , APRES, PC, partidos que tiene presencia en la ASAMBLEA NACIONAL O PODER LEGISLATIVO han sido cuestionados por su historia de aliados al FSLN y que actualmente lo comprueban con sus acciones .
EL REGIMEN ORMU de Nicaragua ha entre dicho que su REFORMAS ELECTORALES no serán enmarcadas a la presión de la OEA, sino que es cuando ellos quieren, con quien quieren y respetando la "CONSTITUCION POLITICA DE NICARAGUA " como el discurso de LUIS ALMAGRO que todo debe ser en la vía "DEMOCRACIA".
LA UNAB con una linea política de "CENTRO" pero que su realidad es de Izquierda ligados a funcionarios de la ASAMBLEA NACIONAL en su mayoría del FSLN como el caso del dirigente "GUILLERMO INCER" su vinculación con el diputado ODELL INCER de 2 periodos como propietario y actualmente estratégico suplente este periodo. Estos politicos crean desde antes cursos impartidos como estrategia que aglutinan cantidades de movimientos y ONGs que respaldan, pero que nunca lo ha demostrado con una ASAMBLEA DE ORGANIZACIONES o cartas de que estas ORGANIZACIONES DE SOCIEDAD CIVIL respaldan a sus representantes, aunque justificarían que en estos momentos no se puede , pero tuvo mucho tiempo para demostrarlo no lo hicieron.
LA COALICION NACIONAL que dentro de quienes lo conforman son dirigentes del MRS , de organizaciones , movimientos de la telaraña social que creo el MRS , de los miembros quienes en el pasado fueron candidatos y que sus partidos fueron complices del FRAUDE ELECTORAL regresan diciendo que las reformas electorales con garantías minimas para ir a elecciones volver a avalar que REGIMEN SIGA EN EL PODER y obtener cuotas de poder y mantener personería jurídica.
CXL en su posición firme públicamente contra los DICTADORES pero su actuar es contrario debido a que participo para mantener su personería jurídica y markenting político en las elecciones municipales , regionales poniendo en duda la credibilidad de este partido como percepción de la población nicaragüense y de los nicaragüense que viven fuera del territorio . Sabemos que la votacion es importante estemos o no de acuerdo pero el porque no se clarifico sus acciones genera el custionamiento.
CXL en su discurso no quiere poner candidaturas así lo hizo en las elecciones municipales , regionales así lo pretende en las elecciones presidenciales 2021, pero por que es estrategia ?
La mística es enviar un mensaje de apertura y inclusión pero que en las elecciones interna seguir de presidenta CXL mantener la cúpula de origen PLC , PLI que fueron parte de la cúpula de ARNOLDO ALEMAN pero no es ese el fondo del asunto , es que en las elecciones 2026 entonces dira que ya cedió y que ahora le corresponde KITTY MONTERREY asumir la candidatura de PRESIDENTA DE LA REPUBLICA DE LA ALIANZA CXL. Importante es para el CXL corregir la ACUSACION de las hermanas del Teresiano en contra de la señora Monterrey la cual se vio envuelta y tambien hacer de un lado su cuidadania american de la cual le inhibe de muchas cosas pero al final es un protección personal para poder decirle a REGIMEN lo que tienen que oir, sin ser tocada por que goza de ese privilegio.
La estrategia de CXL unirse con AC es no solamente solidificar su reconocimiento pero tambien es la via segura para someter a conversacion los cambios importantes que se necesitan hacer en la reformas electorales. Hay que ponerse a pensar que si las reformas electorales no se toman en cuenta los organismo internacionales exigirán que la propuesta de instancia AC sea la unica tomada en cuenta para poder ser aprobada como parte del dialogo de acuerdos pasados.
El regimen ORMU y sus control de PODERES DEL ESTADO publico en 2020 que la solicitud de personería jurídica podría ser un mes antes de la ELECCION , quienes la obtengan de hecho ya son parte de la COMPLICIDAD de los DELITOS ELECTORALES y violación de los DERECHOS HUMANOS de los nicaragüense por alimentar al REGIMEN a perpetuarse en el poder .
NNG es un grupo defensor de Derechos Humanos y tenemos que visualizar nuestro analisys que los DDHH son básicos y que se conectan con la Política y la forma de gobernar, acá con este escenario que presentamos se pretende ver los interés POLITICO PARTIDARIOS y no la DEFENSA DE LOS DDHH de los Nicaragüenses.
Nuestra análisis de NNG :
1. Que las REFORMAS ELECTORALES que se realizen serán a la medida del CONTROL DEL REGIMEN ORTEGA Y MURILLO .
2. Que los Magistrados del Poder Electoral serán reelegidos o cambiados , pero al final son electos por 72 diputados del FSLN, su linea será con la posición de los Dictadores.
3. Que Daniel Ortega según la constitución el máximo de periodos presidenciales son 2 , por tanto dos escenarios :
A. Rosario Murillo renuncia para candidata Vice Presidenta y se proclama para Candidata PRESIDENCIA 2021 y garantizarse la diputación constitucional.
B .Daniel Ortega se garantiza sin renunciar el poder, que después de elecciones tener diputación Constitucional.
Las dos les garantiza a los Dictadores la INMUNIDAD por 5 años mientras vuelven de nuevo renovar su inmunidad con otra elección.
PROPUESTA DE NNG
1.Que la garantía de REFORMAS ELECTORALES (GARANTIAS) solo se podrán cuando se restablezca los DERECHOS HUMANOS DE LOS NICARAGUESES, con un GOBIERNO DE TRANSICION NACIONAL con su ASAMBLEA CONSTITUYENTES.
2. GOBIERNO MUNICIPALES Y REGIONALES DE TRANSICION con sus CONSEJOS MUNICIPALES Y REGIONALES CONSTITUYENTES para transformar la políticas municipales y regionales de cada municipio (153).
3. LIBERTAD DE PRESOS POLITICOS y JUSTICIA COMPLETA con un GOBIERNO DE TRANSICION.
4. Garantía del EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS de los nicaragüenses en diversos paises en el Mundo :
5. Garantizar actualización de la CEDULA DE IDENTIDAD.
6. Nuevas CEDULAS DE VOTANTES.
7. Hacer accesibles los COSTOS de las Cedulas de identidad.
8. Actualizacion del PADRON ELECTORAL con su respectiva AUDITORIA.
9.CENSO NACIONAL de actualización de población que sirve como actualización de padrón electoral.
EQUIPO NNG
















