Nicaragua Nueva Generacion

Nicaragua Nueva Generacion
DERECHOS HUMANOS

9/6/21

Laberinto hacia la Libertad contra la Familia de Dictadores de Nicaragua






El Grupo Nicaragua Nueva generacion ha seguido visualizando los acontecimientos desde la convocatoria a Elecciones Generales 2021 el cual esta bajo el control del poder de la Familia de Dictadores donde sus reglas cada vez son mas relevantes y claras ante la poblacion que pretenda sustituirlos.
Lamentablemente quienes insisten en decir agotar la via Democratica donde se ve como agua clara de que no podran hacer el cambio que le prometieron a un pueblo como todo discurso politico de campaña.


Lo relevante es que se reparten las cuotas de los cargos a los que aspiran, pero no luchan por otras acciones para desenmascarar la anomalia electoral 2021/2022 esperando que los Consejos Electorales Departamentales, Regionales, Municipales, JRV fuesen dadas esas cuotas de poder y confirmar que tendran oportunidad de optar a la reparticion de cuotas de Poder cuanto llegue 8 noviembre, dia posterior de la eleccion y los resultados dejen claro cuantas cuotas obtuvieron como regalo de consuelo de la familia de dictadores.

Mientras la Familia de Dictadores hace su teatro con acusar de lavado de dinero y terrorismo a los " opositores" por otro lado la Familia de dictadores solidifica mas organizaciones y  empresas para mover su capital que se encuentra en riesgo, no solo dentro del pais tambien fuera con los testaferro en la moda, arte, y otros.

Pero como es que hay seguidores de la Familia de Dictadores que tienen empresas legales y financian lavado de dinero y terrorismo en otros paises, por que otros paises no han detectado eso,  sera que le dieron gol en los asilos politicos o se mezclaron como grandes inversionistas.

La Familia de dictadores tiene hilos fuera de Nicaragua tanto comercio internacional como en instancias de poder centroamericano como el SICA y tambien en funcionarios publicos de EEUU que inyectan dinero entre canales para la familia de Dictadores de Nicaragua.

Pero camino en este laberinto es que la Familia de Dictadores conduce a los politicos + partidos + movimientos politicos sociales a un acuerdo o pacto denominado " Dialogo o acuerdo " entre partidos presentes en el Poder Legislativo ( Asamblea Nacional ) o entre actores internacionales bajo la figura de la OEA aprovechando que Luis Almagro esta en la cuerda Floja por el caso del Salvador, sera que actuaran los miembros de la OEA como el caso de Paulo Abrau, mientras la Familia de Dictadores gana tiempo?

Pero regresando al punto que pasa con la Familia de Dictadores que Viola la Constitucion Politica de Nicaragua y nos quisiera llevar un referendum o plebicito con los mismo Jueces Electorales seria como ir a este escenario electoral que se sabe quien gano desde ya.

Pero que seria la salida?
Organizarse y exigir que se pronuncie las intancias internacionales y acciones como la Ley RENACER para poder apoyar al pueblo en su propuesta de Gobierno Interino de Transicion establecido en la ley electoral 331 de orden constiticional o determinar a traves de la constitucion la incapacidad + anomalia electoral de los 4 poderes por su abuso y complicidad.
La pregunta que te haras donde se inicia para el laberinto politico, la respuesta esta en ti, cuidadano nicaraguense en cualquier parte del mundo la decision esta en nuestras manos actuemos ya.

Equipo Nicaragua Nueva Generacion

4/6/21

NICARAGUA CAMINO A SU NACIMIENTO DE LIBERTAD¡



Para muchos puede ser un sueño imposible , pero para los que somos pueblo somos como la hoja de ese libro de la Vida que reescribe una Historia de Libertad , hoy muchos reflexionan cuando subieron a uno al Poder , dos al poder ( pareja) que tambien debajo nos traia completo paquete de familia , despues una Mafia al estilo de 40 ladrones o Alcapone el cual su discurso de pobreza quedo de una venta sucia a una realidad por que el pueblo sigue mas pobre y los que proclamaban pobreza se enriquecieron por el respaldo de esa minoria que su unico pago es ver como sus amos ya ni les tiran las mijagas por que hasta eso les da asco darsela a sus seuditos , por que en su meza solo comen los de su nivel , los que defendieron el voto solo son una razon para pedir dinero y seguirle creciendo su capital Salvajemente ya no para uno sino para familia ORtega y MUrillo . Y vos que haras que fuiste complice y menos favorecido seguir con los fraudes al final quien menos le beneficia es a ti llamado Pueblo.
La lucha inicio , quien se corre es cobarde y responsable por que sabe que su voto permitio que se legarizaran uno y otro fraude electoral , 2021 quieren seguir 2022 con dos fraudes mas . PUEBLO ES EL MOMENTO DE SENTAR BASES Y PROMOVER TU LIBERTAD pero con un Gobierno Interino de Transicion.
Ya desperto el Pueblo desde hace rato es hora de actuar con firmeza , el que no avance que no estorbe, ni estorpezca siguiendo el juego del ajedrez politico a esa Mafia, MUERTE ANUNCIADA del libro por que  El Pueblo se canso y seguira en Pie FUENTEOVEJUNA EN NICARAGUA .
Equipo NNG.

22/5/21

La Torrez del Ajedrez de las elecciones del 2021


 



La Piezas de los Grupos , Movimientos , Partidos Políticos juegan como la TORRE del ajedrez para poder seguirle manteniendo de este proceso electoral las cuotas de poder sobre todo poder mantener empuje sobre un DIALOGO sobre negociaciones en la cual se dividan cuotas de poder con el REGIMEN DE ORTEGA Y MURILLO.
   
Lo Relevante es que los aspirantes a cargos de Diputados Nacionales , Departamentales, Parlamento Centroamericano siguen avanzando en querer ir a las elecciones 2021 donde pretenden hacerle el juego a sabiendas que no ganaran escaños , pero son como los que están en una parte inferior de una meza esperando que se caigan las migajas de la meza. 

ANALISIS :

Por eso es que muchos siguen impulsando las elecciones por que saben que no ganaran, pero quieren en varias vías : 

1.El mantener la Personeria Jurídica para mantenerse vigente en las próximas elecciones municipales o regionales en cuotas en los CONSEJOS ELECTORALES.

2.Cuotas en los Poderes del Estado , Alcaldías Municipales , Consejos Regionales de las zonas del Atlántico Norte y Sur. 

3.Espacios en el Parlamento Centroamericano y Diputaciones Nacionales.


RECOMENDACIONES 

El Grupo Nicaragua Nueva Generación (NNG) , informamos con gran responsabilidad los contextos en los cuales el Pais esta pasando.

Por tanto las Elecciones son parte de los Principios de la Democracia , pero en estas condiciones actuales donde los Dictadores con sus masa de seguidores que solo viven a punto de la represión no se puede pensar en tener o participar en elecciones transparente y en plena libertad.

No podemos seguir permitiendo que estos llamados TORRES que son los antes mencionados nos lleven a precipicio , los Nicaragüenses tenemos que luchar por un Gobierno Interino de Transición , que nos garantice los Derechos Humanos , Constitucionales.


EQUIPO DE NNG

    














LAS REALIDADES COMO SE ELIGEN AL PODER LEGISLATIVO Y PARLAMENTARIO

 

El grupo NICARAGUA NUEVA GENERACION conformado con un grupo de ciudadanos para la DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS estamos comprometidos con Investigar , educar y transformar cambios en nuestros lectores para beneficio de los DERECHOS de los Nicaragüenses .


Basado en la Ley Electoral 331 los partidos políticos, Movimientos sociales , candidatos que se sometan a una ALIANZA ELECTORAL PARA CORRER BAJO LA CASILLA DE UN PARTIDO POLITICO deben tomar en cuenta que se someten a los estatutos del partidos y su forma de elección interna . ley electoral 331 : Articulo 79 El Consejo Supremo Electoral, verificado el cumplimiento de los requisitos que deben llenar los candidatos de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política, las leyes de la materia y de los dos artículos anteriores, procederá al registro provisional de los candidatos presentados. Articulo 80 Los partidos políticos con personalidad jurídica podrán constituirse en alianzas de partidos políticos y participarán en las elecciones correspondientes bajo el nombre, bandera y emblema del partido político integrante de la alianza que ellos mismos decidan y de esta forma el partido escogido será quien encabece dicha alianza. El partido político que forme parte de una alianza electoral no podrá postular candidatos propios en la elección donde participe la alianza de la que forme parte. Los partidos o alianzas de partidos deberán inscribir candidatos para todas las elecciones y cargos a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley.

Tomar en cuenta en sus listado los contemplado en la equidad de genero que dice la 331 ley electoral : Articulo 82 Los partidos políticos o alianzas deberán presentar candidatos y candidatas en todas las circunscripciones de la elección en que participen. Las listas que presenten para cada circunscripción deberán necesariamente tener el número total de candidatos y candidatas, con la salvedad de las elecciones municipales en las que se exigirá la inscripción de candidatos y candidatas al menos el ochenta por ciento de los municipios e igualmente al menos el ochenta por ciento del total de las candidaturas. No se aceptará la inscripción de ciudadanos o ciudadanas para más de un cargo en una misma elección. Los partidos políticos o alianzas de partidos que participan en las elecciones municipales, de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional y el Parlamento Centroamericano, deberán presentar en sus listas de candidatos un cincuenta por ciento de hombres y un cincuenta por ciento de mujeres ordenados de forma equitativa y presentada de manera alterna.
y si no sabian también los 4 últimos casillas deben ser ocupadas por los resultados de la ultima elección 331 Ley electoral : 
Articulo 85 Una vez finalizado el período de inscripción, el Consejo Supremo Electoral inscribirá y registrará de manera definitiva a los candidatos y publicará las listas de estos en los principales medios de comunicación escritos una sola vez con el fin de que las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral puedan impugnar dentro del tercero día dichas candidaturas. Una vez transcurrido el término y no se interpusiese recurso alguno o habiéndose interpuesto fuere resuelto, el Consejo Supremo Electoral mandará a publicar la lista definitiva de candidatos en La Gaceta, Diario Oficial, y en diarios de circulación nacional.

De conformidad a los resultados de las últimas elecciones generales, el Consejo Supremo Electoral procederá a designar las primeras cuatro casillas de la boleta electoral a los partidos o alianza de partidos de acuerdo al orden sucesivo del resultado de las últimas elecciones que correspondiere a cada partido o alianza de partido participante. Las restantes serán asignadas por sorteo. Cada partido o alianzas de partidos conservará su casilla correspondiente, de manera permanente, para futuras elecciones, mientras conserven su personalidad jurídica. En el caso de las alianzas se procederá conforme a lo dispuesto en el séptimo párrafo del artículo 16 de la presente Ley.


COMO SE CUENTAN LOS VOTOS DE ELECCION DE DIPUTADOS PARLAMENTO CENTROAMERICANO ,NACIONALES , DEPARTAMENTALES ? 



331 LEY ELECTORAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL

Articulo 146 Los Diputados de carácter nacional será electos en circunscripción nacional, mediante el sistema de representación proporcional por cociente electoral, de la siguiente manera:

a) Se obtendrá el cociente electoral nacional dividiendo el número total de votos válidos emitidos en el país para esta elección entre el número de escaños a elegirse.
b) Se asignará a cada organización tantos escaños cuantos resulten de dividir su número de votos válidos entre el cociente electoral nacional.
c) Se declararán electos de cada lista los primeros candidatos a Diputados propietarios junto a los Suplentes, hasta alcanzar el número de escaños obtenidos por cada organización, mediante el cociente electoral nacional.
d) Los escaños que hagan falta distribuir se asignarán a cada partido o alianza política, así:

1) Luego de la adjudicación anterior, se ordenarán de nuevo los votos obtenidos por cada partido de mayor a menor y el siguiente escaño se asignará al partido que obtenga la media mayor, es decir, se dividirá el número de votos obtenidos en la primera operación más uno, asignando el escaño al partido que resulte con la media mayor.

2) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, pero ahora únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor.

3) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, de nuevo únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor y así sucesivamente si aún faltaren escaños por asignar.

4) De acuerdo al número de escaños adicionales obtenidos por cada partido político se declaran electos los candidatos a Diputados propietarios junto a los Suplentes que siguen en el orden de precedencia de cada lista.

Articulo 147 La elección de Diputados por circunscripción departamental y de las Regiones Autónomas se hará asignando inicialmente a cada organización política escaño por cociente electoral departamental o de las Regiones Autónomas conforme el procedimiento siguiente:

1) Se obtendrá el cociente electoral departamental o regional dividiendo el total de votos válidos emitidos para esta elección en la correspondiente circunscripción, entre los escaños a elegirse para la misma, excepto en las circunscripciones en donde se elija solamente uno o dos Diputados, para las que el cociente electoral se obtendrá dividiendo el total de votos válidos de la circunscripción entre los escaños a distribuirse más uno (1).

2) Se asignarán a cada partido político o alianza de partido en cada circunscripción tantos escaños cuantos resulten de dividir su número de votos válidos entre el cociente electoral departamental o regional. En los casos de las circunscripciones en donde se elija sólo a un Diputado y ningún partido o alianza haya alcanzado el cociente electoral, al que obtuvo la mayoría de los votos válidos en la circunscripción se le otorgará el escaño. En el mismo caso, de resultar más de un partido con igual número de votos, se le otorgará el escaño al que obtuvo la mayoría del total de votos válidos en el país para esta elección.

En el caso de las circunscripciones en donde se elija a dos Diputados y ningún partido o alianza haya alcanzado el cociente electoral, se le otorgarán los escaños a quienes obtuvieron las dos mayores votaciones, a razón de un escaño a cada uno de ellos. Si uno de los partidos completó un cociente electoral y obtuvo un Diputado, el otro escaño se le otorgará al partido que obtuvo la siguiente mayor votación en orden decreciente.

3)Se declararán electos de cada lista los primeros candidatos a Diputados propietarios junto a los Suplentes hasta alcanzar el número de escaños obtenidos por cada partido mediante dicho cociente electoral.

Articulo 148 Para la distribución de los escaños que haga falta distribuir, se asignarán entre los partidos políticos participantes, de la siguiente manera:

1) Luego de la adjudicación anterior, se ordenarán de nuevo los votos obtenidos por cada partido de mayor a menor, el siguiente escaño se asignará al partido que obtenga la media mayor, es decir, se dividirá el número de votos obtenidos por cada partido entre el número de escaños asignados en la primera operación más uno, asignando el escaño al partido que resulte con la media mayor.

2) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, pero ahora únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor.

3) En el caso que la distribución de escaños no se complete se repetirá de nuevo esta misma operación, de nuevo únicamente respecto del partido que obtuvo el escaño anterior, es decir, se divide el número total de sus votos entre el total de escaños asignados más uno, asignando el siguiente escaño al partido que resulte con la media mayor y así sucesivamente si aún faltaren escaños por asignar.

4) De acuerdo al número de escaños adicionales obtenidos por cada partido político se declaran electos los candidatos a Diputados propietarios junto a los Suplentes que siguen en el orden de precedencia de cada lista.

Art. 149 Al faltar definitivamente un Diputado propietario en la Asamblea Nacional, se incorporará como tal a su respectivo suplente.

El Secretario de la Asamblea Nacional lo notificará al Consejo Supremo Electoral.

De faltar definitivamente un propietario que ya no tuviera suplente, se llamará como propietario al suplente siguiente de la lista de Diputados electos, presentada por los partidos o alianzas de partidos en la circunscripción correspondiente. El Secretario de la Asamblea Nacional, de igual manera lo notificará al Consejo Supremo Electoral.

De agotarse las listas de Diputados suplentes electos en una circunscripción, se continuará en forma sucesiva con los suplentes electos por la misma alianza o partido en otra circunscripción de conformidad con el mayor número de votos obtenidos.

DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS AL PARLAMENTO CENTROAMERICANO

Articulo 150 Los candidatos a Diputados al Parlamento Centroamericano serán electos en circunscripción nacional en la misma fecha de las elecciones de primera vuelta del Presidente y Vicepresidente de la República.

Articulo 151 A cada partido político o alianza de partidos, se le asignarán escaños mediante la aplicación del sistema de representación proporcional por cociente electoral siguiendo en lo pertinente el procedimiento establecido para los Diputados de carácter Nacional.

Los candidatos a Diputados al Parlamento Centroamericano una vez electos tomarán posesión conforme a lo establecido en el tratado correspondiente.
 
                 DISPOCISIONES QUE SEÑALA LA 331 LEY ELECTORAL 

Articulo 158 La determinación de escaños ganados será en función de los cocientes electorales completos que quepan dentro del número de votos válidos obtenidos por cada entidad política, no considerándose fracciones o decimales. Los escaños que faltaren por distribuir se asignarán en base a los votos válidos residuales ordenados de mayor a menor y se adjudicarán conforme al método de la media mayor.

Articulo 159 En caso de empate en las Circunscripciones Departamentales o de las Regiones Autónomas donde los escaños se adjudiquen por mayoría de votos, se resolverá en favor de la organización que obtuvo la mayoría de votos a nivel nacional.

Articulo 160 El Consejo Supremo Electoral hará los cómputos necesarios y previa aplicación de las disposiciones de esta Ley, publicará provisionalmente los resultados.

ANALISIS :

  • Quien sigue creyendo que con el VOTO CRUZADO va poder tener mayor escaños en la asamblea nacional esta equivocado lo que hace es darle mas escaños al FSLN y hacer que la población se confunda , claro hay muchos intereses en juego de los partidos políticos de no explicar esta razones.   
  • Cuando una boleta electoral viene con su listado de candidatos a Diputados Nacionales , departamentales y parlamento te dice claramente que la elección es nominal o en Cascada como se dice popularmente resulta que es una practica del pacto de ARNOLDO ALEMAN Y ORTEGA MURILLO para poder controlar la asamblea nacional en bipartidismo y medir fuerzas , pero también poder votar sin querer o con ingenuidad por Diputados que la gente misma ni conoce pero que su atracción fue a lo mejor el partido y su casilla . a simple vista no todo lo que se ve es bueno por eso nadie se somete a una elecciones con una boleta individual por candidato .  
  • Lo que significa que si alguien con antecedentes penales como ACTUAL DIPUTADO BYRON JEREZ quedo en el APRES ELECTO :

El camionetazo! La captura de Byron Jerez (abril 2002):https://youtu.be/Ha0CkVAmcvg

Eligen a Magistrados por Diputado Byron Jerez:  https://puntonoticioso.com/eligieron-a-magistrados-del-poder-electoral/ 
Las graves acusaciones de BYRON JEREZ que involucra a la banca Nicaragüense con ALBANIZA: 
https://nicaraguainvestiga.com/politica/45128-las-graves-acusaciones-de-byron-jerez-que-involucra-a-la-banca-nicaraguense-con-albanisa/ En vez de Trabajar el Diputado Mario Valle llega a Dormir por que no le preocupa con el dinero que gana de las UNIVERSIDADES: 

CONSIDERACIONES

1. Control de los Poderes del Estado no garantizarían ni transparencia ni tampoco unas elecciones justas donde se respete el voto del cuidadano. 
2. Que por la responsabilidad que tiene los partidos de informar a la población sus lista de candidatos a los cuales llevan en su listado de plancha.
3.Que los que PROMUEVEN EL VOTO CRUZADO ni idea saben de la LEY ELECTORAL y aspiran a Candidatos a cargos Públicos.
4.Hacer creer que vamos unidos a derrotar al REGIMEN DE LA PREJA PRESIDENCIAL y todo su aparato represor por elecciones se equivocan , POR QUE A PADRON CERRADO LA ELECCION YA SE DEFINIO.

NUESTRO COMPROMISO ES EDUCARTE , LA DECISIONES SON DE CADA CUIDADANO NICARAGUENSE.

                                                     Equipo NNG 
 

20/5/21

LOS 27 ALIADOS DE ORTEGA Y MURILLO EN EL 79/2021 EN NICARAGUA




Los pertenecientes al GRUPO DE 27 fueron parte de la JUNTA DE GOBIERNO DE 1979 y  escalaron por años dentro de las filas del FSLN hoy no les dieron cavidad de escalar mas que ORTEGA Y MURILLO uniendose hoy a movimientos sociales y siendo parte de Movimiento Democrático Renovador UNAMOS/MRS.









Lo mas interesante es que hoy están en movimiento sociales queriendo optar al poder para engañar a la población que pueden hacer cambios diferentes repitiendo la Historia.

Andan desesperado a los cargos Públicos desde los movimientos sociales y con mucha rapidez de entrar a cualquier partido en el que puedan tener dominio y control.

Nosotros debemos abrir los ojos para poder entender el AJEDREZ POLITICO que le juegan a ORTEGA Y MURILLO.

                                            Equipo NNG 

18/5/21

LAS MENTIRAS DE LOS GRUPOS QUE PROMUEVEN UN GOBIERNO DE TRANSICION SIN FUNDAMENTOS /1979

 



Descubriendo en tantas mascaras la mentiras de muchos "OPOSITORES" que promueven un Gobierno de Reconciliación como en 1979 que fue repartición de cuotas de poder con el actual DICTADOR DANIEL ORTEGA .

Quienes promueven un Gobierno de Transición basado a un calendario electoral donde su único objetivo es prácticamente hacer creer que con ese tiempo se va lograr todo.

Promueven una TRANSICION basada en un DIALOGO de negociación política donde se repartan un acuerdo de cuotas de poder como se realizo entre el FSLN Y PLC.

Quienes promueven no tienen base jurídica basada en la Constitución Política de Nicaragua, muchos menos a las leyes internacionales, al extremo que muchos hacen llamado en las redes para que les den las bases de una propuesta que solo la escucharon pero no saben de donde nace o el origen basado en nuestra constitución política de Nicaragua. 

Lo peor que pretendan decir que con otro levantamiento se acaba todo, eso es poner a nuestra gente a que se tire a un precipicio como los que pretenden decir que ir a elecciones apara unirse y sacar a la DICTADURA DE ORTEGA Y MURILLO con una montaña de votos en el cual el PADRON ELECTORAL ES CERRADO donde solo están los FSLN aptos para votar.

Los que pretenden decir que es un FRAUDE ELECTORAL EN AÑOS ANTERIORES y asumieron los escaños productos del fraude electoral. 

Los que pretenden ir a registrar otro FRAUDE ELECTORAL pero tomar su DINERO por hacerle el juego al REGIMEN EN LAS ELECCIONES 2021/2022

CONSIDERACIONES:

El Gobierno de Transición Interino que se promueve desde NNG (NICARAGUA NUEVA GENERACION ) esta planteado en base a la COSNTITUCION POLITICA DE NICARAGUA y la LEY ELECTORAL 331..

Esto no esta pensado con interés Político ni tampoco con interés partidarios, o de ocupar un cargo publico ni antes ni después .

Nuestro planteamiento del GTI es Nacional, Regional y Municipal acompañado con sus asambleas constituyentes, consejos Regionales y Municipales constituyentes que tengan representación de los sectores a los cuales son los que verdaderamente desean y luchan por su LIBERTAD Y DERECHOS HUMANOS. 

No podemos olvidar que esto debe ir acompañado de un plan con la base fuerte de la DEMOCRACIA , que promuevan la estabilidad en un  orden Jurídico e independencia de poderes, en un proceso electoral como se merecen los Nicaragüenses.

Para mayor información oriéntate en REDES SOCIALES DE NNG




Equipo NNG

MENTIRAS DEL PADRON ELECTORAL DE NICARAGUA 2021/2022 y las 1,201,643 Personas que no estan en el Padron?


                              

QUE ES EL PADRON ELECTORAL 

CONSTITUCION POLITICA DE NICARAGUA 

La Constitución Política de la República de Nicaragua determina que el territorio nacional está dividido en 15 departamentos y dos regiones autónomas, las que a su vez están compuestas por 153 municipios. El 5 de noviembre de 2017 se celebraron las elecciones municipales para elegir 6,088 cargos en el total de los municipios del país, distribuidos entre Alcaldes, Vice Alcaldes y miembros de los consejos municipales. En estas elecciones participaron un total de 18 partidos políticos, organizados en 2 alianzas y 7 partidos individuales, los que registraron un total de 43,962 candidatos para las diferentes posiciones disponibles. El padrón Electoral estuvo conformado por 3,894,104 ciudadanos hábiles para votar. Se habilitaron 13,206 Juntas Receptoras de Voto, en 4,309 Centros de Votación en todo el país. Adicionalmente, se contó con un listado de ciudadanos cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón, que fueron habilitados para ejercer el voto por reforma a la Ley Electoral dos meses antes de los comicios. Para este proceso el Consejo Supremo Electoral (CSE) elaboró un cronograma electoral que fue aprobado el 9 de mayo de 2017, que incluía las fechas y actividades que la Ley electoral prevé para el montaje y la organización de la contienda electoral. 

https://reformaspoliticas.org/wp-content/uploads/2019/03/Informe-MOE-OEA-NicaraguaMunicipales-2017.pdf

Las Juntas Receptoras de Votos (JRV). En cada municipio se establecen suficientes JRV para cubrir la totalidad del padrón electoral, con un máximo de cuatrocientos (400) electores por JRV. Estos órganos electorales están compuestos por un Presidente y dos Miembros, cada uno con sus suplentes, y son nombrados por su respectivo CEM, siguiendo el mismo esquema de integración de las autoridades municipales y departamentales, tanto el Presidente y suplente de la JRV como el Primer Miembro y su suplente son designados alternativamente de entre los partidos políticos que obtuvieron el primero y segundo lugar en las últimas elecciones generales celebradas. En las elecciones del 5 de noviembre de 2017, de manera extraordinaria el padrón electoral de las JRV se confecciono con un máximo de 380 electores. No existe un sistema computarizado para la acreditación y el nombramiento de los miembros de las JRV, por lo que este proceso genera cuestionamientos por parte de las agrupaciones políticas. Es recomendable que para futuros procesos electorales, el CSE desarrolle un programa informático que  Ley Electoral nº 331, Artículo No. 16.  Ley Electoral nº 331, Artículos No. 24 y No. 25.permita el proceso estandarizado donde los partidos tengan una mayor facilidad en el depósito de la listas, del seguimiento del proceso y a las objeciones presentadas. 

CSE elimina 1,513 juntas receptoras de votos a nivel nacional:

https://www.laprensa.com.ni/2017/09/18/politica/2299098-cse-elimina-1513-juntas-receptoras-votos-nivel-nacional

LEY ELECTORAL 331 

SEGUN LA LEY 331 ( LEY ELECTORAL ) Art. 34 El Consejo Supremo Electoral mantendrá un Padrón Electoral de ciudadanos por cada Junta Receptora de Votos y deberá publicarlo en su página web, permanentemente actualizado desde el momento de la convocatoria.

Para garantizar la depuración permanente del Padrón Electoral, este se constituirá por todos los ciudadanos nicaragüenses que han ejercido su derecho al voto al menos una vez en el periodo comprendido entre las dos últimas elecciones generales o cualquiera de los otros procesos electorales que se hayan producido entre ellas.

Todo ciudadano nicaragüense que teniendo Cédula de Identidad y que por diversas razones no apareciere en el Padrón Electoral, podrá solicitar de manera directa y personal su incorporación a éste; el Consejo Supremo Electoral deberá proceder de inmediato atendiendo dicha solicitud en el marco de los plazos establecidos en la presente Ley.

El Consejo Supremo Electoral estará obligado a elaborar una Lista de ciudadanos que tengan Cédula de Identidad y que no se encuentren en el Padrón Electoral, con una anticipación mínima de cincuenta días, la que se publicará inmediatamente después de realizada la actualización, en la página web del Consejo y entregará una copia electrónica de la misma a los partidos políticos y alianzas de partidos políticos.

INFORME DE CENIDH

Estas votaciones generaron severos cuestionamientos de la comunidad internacional, así como presiones de diferentes gobiernos, que dieron lugar el 28 de febrero de 2017 a un memorándum de entendimiento entre el gobierno de Nicaragua y la Organización de los Estados Americanos (OEA),  el cual que establece el compromiso del de fortalecer la democracia y la observación electoral por parte de este organismo. Sin embargo, este acuerdo por un periodo de tres años, ha carecido de transparencia y es cuestionado por amplios sectores de la sociedad. 

Este memorándum de entendimiento dio cabida a que el gobierno, a través del CSE, en este año 2017 entregara personerías jurídicas a Ciudadanos por la Libertad (CxL) y al Partido de Restauración Democrática (PRD), a fin de brindar una imagen de pluralidad y legitimidad al proceso.

Apenas a 44 días de las elecciones municipales, se conoció que la OEA las observaría. Como jefe de la misión de observación electoral fue nombrado el Sr. Wilfredo Penco, quien avaló los fraudulentos comicios de 2008, 2011 y 2016, cuando formó parte del Consejo de Expertos Electorales de América Latina (CEELA).

En agosto del presente año se conoció de la reforma con trámite de urgencia al artículo 196 de la Ley Electoral, en beneficio  de aquellos ciudadanos que fueron eliminados del padrón electoral por no votar en las dos elecciones anteriores, para que pudieran  hacerlo esta vez.    

A un mes de las votaciones se conoció la decisión del CSE de eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605 mil 200 votantes.  Además de generar dificultades en la población para ubicarse en su JRV (“ratón loco”), esta medida redujo el  universo de votantes y por ende aumentó el porcentaje de votos obtenidos, logrando con ello una aparente mayor participación. 

Otro hecho que evidenció la falta de transparencia, fue la inusual presentación en agosto de listas cerradas de las y los candidatos del FSLN, que incluía la reelección de varios de ellos cuestionados por su desempeño.  El criterio para su elaboración  fue la fidelidad a la pareja presidencial,  para naturalizar en el imaginario colectivo la reelección indefinida.

 https://www.cenidh.org/noticias/1024/

                                              INFORMACION ADICIONAL 

Padrones electorales con sello FSLN : https://youtu.be/L2o_k5anrIo

No aparecen en el Padrón Electoral: https://youtu.be/18rs7Dxlz1M

Depurar al Padrón Electoral y José Antonio Peraza actualmente candidato a Diputado de la Coalición :https://youtu.be/5GSclPp3Gb4

Kitty Monterrey desde el PLI demandaba publicación y auditoria de Padrón Electoral y ahora pretende ir a elecciones con ALIANZA CIVICA+ CXL : https://youtu.be/LEbDZUhMr0Q

 Como se estableció el Padrón Electoral 2016: https://youtu.be/JkpbSWDrYk4

Gobierno de Ortega y Murillo Consuman el CONTROL DE PODER segun Felix Maradiaga y ahora va de Candidato a Presidente :  https://youtu.be/XyCGmLTYRrQ

Informe de Padrón Electoral 1 :

https://eyt.org.ni/wp-content/uploads/2019/05/informe_sobre_la_auditoriadel_padron_electoral.pdf

Informe de Padrón Electoral 2 : 

https://eyt.org.ni/wp-content/uploads/2019/05/segundo_informe_sobre_la_auditoria_del_padron_electoral.pdf


CONSIDERACIONES:

1.Segun el informa de Mision de Observacion Electoral de la  OEA "Se contó con un listado de ciudadanos cedulados de 1,201,643 personas que no estaban en el padrón"

2.Segun informe del CENIDH "CSE de eliminar 1,513 Juntas Receptoras de Votos a nivel nacional, equivalentes a 605 mil 200 votantes. "

3. Padrones de colores que define o clasifican el tipo de cuidadano:

 (PADRON ACTIVO )Listado Blanco : Personas en el padron electoral son 3.8 millones 

(PADRON PASIVO) Listado verde : Personas que no aparecen en el Padron Electoral son medio millon de votantes

1. No haber votado en las dos ultimas elecciones.

2. Abandono del pais .

3. Fallecidas. 

4. Quienes pretenden promover elecciones 2021 son parte del engaño a la población se puede considerar delito y grave violacion a los Derechos Humanos puesto que al final el ejercicio del voto se vera frustado por NO ENCONTRARSE EN EL PADRON BLANCO o que te hagan buscar en otro CENTRO DE VOTACION (CV) donde tampoco vas a aparecer.

5. Sin Auditoria al Padron Electoral, ni depuración pretenden promover elecciones 2022.

Mientras el Regimen mantenga el control de el PODER ELECTORAL y sus estructuras no podrán realizarse unas verdaderas elecciones TRANSPARENTES Y LIMPIAS  .

 


EQUIPO NNG