Nicaragua Nueva Generacion

Nicaragua Nueva Generacion
DERECHOS HUMANOS

7/11/21

Primer reporte #DDHHNicaragua7 10AM


 

INFORME PRIMERO PRELIMINAR DEL PROCESO ELECTORAL

 

Informe publicado el 7 de noviembre 2021

Hora: 10:00 AM 

 

ANTECEDENTES DE LA ORGANIZACIÓN:

Nicaragua Nueva Generación (NNG) es un grupo defensor de los Derechos Humanos, los cuales lo conforman los ciudadanos nicaragüenses dentro del país son 2000 observadores en grupos y subgrupos con 150 miembros del exilio, propio para este proceso electoral 2021.

Todos son voluntarios en esta organización que no tiene fines ni políticos, ni lucrativas, tampoco interesados en promover ninguna figura política. Se sostiene con las habilidades de todos los miembros para mantener este trabajo que tiene como propósito defender los derechos humanos de los nicaragüenses.

RESUMEN EJECUTIVO

ü  El Informe Preliminar sobre la observación del proceso electoral comenzó desde que se constituyó la elección de magistrados y al mismo tiempos se reformó la Ley Electoral, aumentando el número de magistrados por supuesto a favor del FSLN, y el aumento de los plazos de solicitar personería Jurídica.

ü  En la conformación de los consejos electorales para la distribución entre partidos, el PLC realizo una jugada, eliminando al otro partido para obtener los segundos miembros de las JRV.

ü  En el Padrón Electoral se elimino 800 mil votantes y cerrando asi el padrón con lo que FSLN considera su victoria. 

ü  Se vieron cambios de Centros de Votación con sus juntas receptoras de votos, aduciendo la infraestructura, pero al final era una movida para el control y diseminación de la desinformación para que la poblacion no vote.

ü  Las credenciales asignadas fueron hechas para uso de ambos fiscales (frente los Propietarios y reverso los Suplentes), todo pre planeando que los partidos tuvieran deficiencia en ingresar los fiscales a una plataforma. Queda agregar que en pasadas elecciones los fiscales se removian automaticamente para evitar la acreditación. En esta ocasión vemos también la poca participación de personas en los cargos de fiscales los cuales los partidos no pudieron completar el 100% , lo cual conlleva que no podrán hablar sobre un proceso limpio si no cumplieron en cubrir el 100% de las JRV a nivel nacional.

  

PRIMERA FASE ELECCION DE MAGISTRADOS DEL PODER ELECTORAL:


En la Nueva Reforma Electoral en la que se añadió lo de género, pero también se diseñó para todo lo que en elecciones anteriores estaba considerado ilegal, se legitimó bajo esta ley siempre favoreciendo al partido de gobierno.

Artículo 6 El Consejo Supremo Electoral, está integrado por siete Magistradas o Magistrados Propietarios y tres Magistradas o Magistrados Suplentes, elegidos por la Asamblea Nacional de listas separadas propuestas para cada cargo por el presidente o presidenta de la República o por los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional. En la elección de los diez Magistrados y Magistradas indicados en el párrafo anterior, debe asegurarse que al menos el cincuenta por ciento (50%) sean mujeres. Se elegirá a cada Magistrado o Magistrada con el voto favorable de por lo menos el sesenta por ciento (60%) de los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional para un período de cinco años. El plazo para presentar las candidaturas será de quince días contados a partir de la convocatoria para dicha elección por la Asamblea Nacional. Si no hubiere candidatas o candidatos presentados por el Presidente o Presidenta de la República, bastarán los propuestos por los Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional. Los Magistrados y Magistradas del Consejo Supremo Electoral elegirán dentro de su seno al presidente o presidenta y vicepresidente o Vicepresidenta del mismo. Su período será de un año, pudiendo ser reelectos. Los Magistrados y Magistradas Suplentes no ejercerán ningún cargo administrativo en el Poder Electoral, sus funciones serán exclusivamente para suplir la ausencia temporal de cualquier Magistrada o Magistrado Propietario, quien señalará al que lo suplirá durante su ausencia.

Luego el CONSEJO SUPREMO ELECTORAL amplio el proceso de obtención de Personerías Jurídicas como una maniobra violentando la ley electoral.


SEGUNDA FASE ANTE DEL PROCESO ELECTORAL (CONFORMACION DE CONSEJOS ELECTORALES):

Los Consejos Electorales estarán integrados por:

Los Centro de Votaciones (CV): 3,106 esta conformado por edificios de escuelas, instituciones u otros.

Las Juntas Receptoras de Votos (JRV): 13,459 que están dentro de cada CV.

Los Miembros de Juntas Receptoras de votos fueron constituidos Articulo 16 de la Ley No 331 y sus reformas incorporadas.


El Presidente con su respectivo Suplente de cada Consejo Electoral y de Juntas Receptoras de Votos, serán designados alternativamente de entre los partidos políticos que hubiesen obtenido el primero y segundo lugar, en las últimas elecciones generales que se hayan celebrado; en el caso de que estas posiciones o alguna de ellas hubiesen sido ocupadas por alianza de partidos políticos, presentará las ternas correspondientes el partido político que hubiese encabezado dicha alianza.

El Primer Miembro con su respectivo Suplente serán designados de la misma manera.
El Segundo Miembro y su respectivo Suplente, será designado de las ternas que para tal efecto presentaron las otras organizaciones políticas que participen en las elecciones previstas.

Son 80,754 personas de las cuales se realizaron los nombramientos de las y los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos del país.

En total, se nombraron 80,754 personas como miembros, todas y todos con sus respectivos suplentes, divididos de la siguiente manera:

 

Presidentas o presidentes:          13,459 propietarios + 13,459 suplentes

Primera o Primer Miembro:        13,459 propietarios + 13,459 suplentes

Segunda o Segundo Miembro:    13,459 propietarios + 13,459 suplentes

 

En este caso en los CED (Consejos Electorales Departamentales) estaría según la ley electoral entre FSLN Y PLC y terceros miembros entre los partidos participantes.

Los CEM (Consejos Electorales Municipales) estarían según la ley electoral entre FSLN, CXL segundo miembros. Pero al eliminar a CXL entonces asume el PLC.

 

TERCERA FASE EL PADRON ELECTORAL

El padrón electoral el consejo hizo movimientos de centros de votación y de juntas receptoras de votos aca alguna muestra de movimientos.

MUNICIPIO DE MATAGALPA: El CV 008, ubicado en un Colegio Privado CDI Santa Teresita, se TRASLADA a la Escuela Pública Napoleón Baldelomar, a una distancia de 06 cuadras en el mismo Barrio Santa Teresita. El CV 012, ubicado en el Colegio Privado Simón Bolívar, se TRASLADA al Centro Tecnológico Benedicto Herrera INTAE - INATEC, a 06 cuadras del actual CV Barrio Guanuca. El CV 508 ubicado en la Comunidad Ojo de Agua, se TRASLADA con el CV 520, a una nueva ubicación en la Comunidad Jucuapa Abajo, en Escuela Pública Limixto preservándose el Código de CV 520.

MUNICIPIO DE WASLALA: Se TRASLADAN los CV 524 y 520, ubicados en las Comunidades Vallas Abajo y Ocote Yaoska respectivamente, con el CV 528, ubicado en el Centro Escolar La Posolera, en la Comunidad La Posolera, haciendo los ajustes cartográficos en el mapa respectivo.

MUNICIPIO TUMA LA DALIA: El CV 535, ubicado actualmente en La Escuela José Dimas, Comunidad de Coyolar No. 1, se TRASLADA al Centro Escolar El Galope, Comunidad El Galope.

MUNICIPIO DE RÍO BLANCO: se TRASLADAN los CV 002007 008, al CV 003 REUBICANDOSE en el Instituto Sor Olivas Lombardi, preservando el código del CV 003, haciendo los ajustes cartográficos en el mapa respectivo. El CV 507 se CORRIGE en cuanto a su ubicación: Centro conocido como El Albergue, dirección: de la Escuela de Mancera Central, 30 varas al norte y 30 varas al este.

MUNICIPIO DE JINOTEGA: El CV 552, ubicado en la Comarca Sisle No 1, Escuela Sisle No 1, se TRASLADA al CV 541, Escuela Rubén Darío, en La Comarca El Yanke, haciéndose los ajustes cartográficos necesarios en el mapa correspondiente.

MUNICIPIO DE MANAGUA: El CV 031, en el Pre-escolar Emmanuel, del Barrio Cuba-Noel Téllez, de los semáforos de La ceibita, 2 cuadras al norte, 1 cuadra al este, se TRASLADA al CV 045 ubicado en el Instituto Gaspar García Laviana, de los semáforos de La Ceibita, 2 cuadras al norte, 2 cuadras al oeste, siempre en el Barrio Cuba, haciéndose los ajustes cartográficos necesarios en el mapa correspondiente.

Mayor información del comunicado:

https://www.cse.gob.ni/es/prensa/comunicados/objeciones-demarcacion-centro-de-votacion

 

Padrón Electoral realizado a la medida del Dictador a Votar: 4, 478,334 personas

Detalles del Padrón electoral de años anteriores: https://nicaraguanuevageneracion.blogspot.com/2021/09/padron-electoral-2011-y-sus-evoluciones.html

Eliminan mas JRV: https://nicaraguanuevageneracion.blogspot.com/2021/05/verdades-o-mentiras-del-padron.html

Con 800 mil menos votantes fuera del padrón Electoral violentando el Derecho Humano de los Nicaragüenses.

Un convenio para darle funciones a una instancia que violenta la ley electoral:  Consejo Supremo Electoral (CSE) a solicitud de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), firmaron un Convenio de Acompañamiento de Procuradores Electorales de cara a las Elecciones Generales 2021 a realizarse el 07 de noviembre.




CUARTA FASE CREDENCIALES PARA FISCALES EN EL PROCESO ELECTORAL

El Consejo Supremo Electoral (CSE), capacitó recientemente a todos los representantes legales y técnicos de Partidos y Alianzas Políticas, sobre el uso de una nueva plataforma digital para el Registro y Acreditación de las y los Fiscales Miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) de todo el país, de cara a las Elecciones Generales del próximo 07 de noviembre del 2021. Esta herramienta digital se desarrolló en cumplimiento del Artículo 29, párrafo 2, de la Ley 331, Ley Electoral. Cabe destacar, que las organizaciones participantes en este proceso electoral, podrán acreditar en línea a más de 190 mil Ciudadanas y Ciudadanos, para fiscalizar plenamente la actividad electoral, sin ninguna limitación, de acuerdo a lo establecido en nuestra Ley Electoral. El Consejo Supremo Electoral, a través de la Dirección General de Tecnología de la Información y de la Dirección General de Atención a Partidos Políticos, brinda el acompañamiento necesario a todos los representantes legales y técnicos de Partidos Políticos y Alianzas de Partidos Políticos, sobre el buen uso de esta innovadora herramienta de presentación en línea para sus fiscales.

En las elecciones municipales uno de los problema fue el uso de la plataforma, lo otros que la misma plataforma eliminaba a los fiscales con el objetivo de tener menos acreditados en JRV en las cuales la oposición ganaba para no darle chance de poder solicitar un nuevo credencial e incorporación.

El mecanismo de credenciales violenta el derecho humano de la participación de los partidos políticos los cuales han sido señalados esta práctica de las credenciales como anomalías electorales La credencial en el anverso tiene la información del fiscal propietario como nombre y apellidos, número de cédula, fotografía, el partido que representa, la JRV y el Centro de Votación que le corresponde fiscalizar y en reverso la del suplente, indicaron las autoridades del CSE.

PLC con un tendido electoral 92%

APRES con un tendido 81 %

PLI con un tendido 87%

 

Información Complementaria:

https://www.despacho505.com/partidos-politicos-colaboracionistas-no-logran-tener-fiscales-en-el-100-de-las-jrv/

 

Con esto podríamos decir que estos partidos políticos no podrían hablar que un proceso fue limpio y transparente si no cubrieron el 100 % de las Juntas Receptoras de Votos.

 ANEXOS DE INCIDENCIAS  (Fotos actuales de las elecciones 2021)

ü  Menores de edad con cedulas: Fiscales de partidos suministrados por el FSLN en otros partidos.




 


 

 

 


 

OBSERVADORES



ACREDITACIONES DE OBSERVADORES EN EL OLOF PALME


 

TRASLADO DE MIEMBROS A SUS CENTRO DE VOTACION CON PROPAGANDA POLITICA DEL FSLN



MALETAS ELECTORALES SIN PRESENCIA DE FISCALES DE PARTIDOS SOLO FUNCIONARIOS DEL FSLN



PRESENCIA DE PARAMILITARES DE CHAQUETAS CAMUFLADAS




Equipo NNG



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