Informes de pa铆s sobre pr谩cticas de derechos humanos 2024: Nicaragua
馃毃 Datos M谩s Alarmantes
Asesinatos extrajudiciales: Especialmente en la Regi贸n Aut贸noma del Caribe Norte, donde colonos armados atacaron comunidades ind铆genas sin respuesta estatal.
Tortura y tratos crueles: Se documentaron casos de tortura con descargas el茅ctricas y violencia sexual contra detenidos.
Desnacionalizaci贸n masiva: M谩s de 300 personas fueron despojadas de su nacionalidad, incluyendo 222 presos pol铆ticos expulsados a EE.UU.
Cierre de m谩s de 3,500 ONG: Incluyendo organizaciones m茅dicas, religiosas y de ayuda internacional, dejando a miles sin servicios esenciales.
Manipulaci贸n electoral: El Consejo Supremo Electoral ha inhabilitado partidos opositores y candidatos, asegurando el control total del proceso electoral.
Represi贸n religiosa: Se prohibieron procesiones religiosas, se encarcel贸 a sacerdotes y se confiscaron propiedades de 贸rdenes religiosas.
"Este informe pinta un panorama sombr铆o de la situaci贸n en Nicaragua, donde el autoritarismo se ha institucionalizado y la represi贸n se ha convertido en pol铆tica de Estado" . NNG
Represi贸n sistem谩tica: El gobierno de Daniel Ortega intensific贸 los ataques contra las libertades civiles, incluyendo la libertad de expresi贸n, prensa, religi贸n y asociaci贸n.
Violaciones graves: Se documentaron asesinatos arbitrarios, desapariciones, tortura, detenciones ilegales y represi贸n transnacional contra opositores en el extranjero.
Control total del Estado: Todos los poderes del Estado est谩n subordinados al Ejecutivo, eliminando cualquier contrapeso institucional.
Ataques a la Iglesia: Se persigui贸 a l铆deres religiosos, se congelaron cuentas bancarias de di贸cesis y se cerraron universidades vinculadas a 贸rdenes religiosas.
Persecuci贸n a periodistas: M谩s de 270 periodistas han sido forzados al exilio desde 2018. Muchos fueron despojados de su nacionalidad y enfrentan amenazas constantes.
Represi贸n a pueblos ind铆genas: Se reportaron ataques armados contra comunidades ind铆genas, incluyendo asesinatos y quema de viviendas, sin investigaciones oficiales.
Impunidad total: El gobierno no tom贸 medidas para investigar ni sancionar a los responsables de abusos, incluyendo fuerzas parapoliciales que act煤an con coordinaci贸n estatal.
RESUMEN EJECUTIVO
La situaci贸n de los derechos humanos en Nicaragua empeor贸 durante el a帽o. El gobierno intensific贸 los ataques contra las libertades civiles y tambi茅n viol贸 la libertad religiosa al acosar y detener a feligreses y l铆deres religiosos.
Entre las cuestiones importantes de derechos humanos figuraban informes cre铆bles de: asesinatos arbitrarios o ilegales; Desapariciones; tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; arrestos y detenciones arbitrarias; represi贸n transnacional contra individuos en otro pa铆s; graves restricciones a la libertad de expresi贸n y a la libertad de los medios de comunicaci贸n, incluida la violencia o las amenazas de violencia contra periodistas, las detenciones o el enjuiciamiento injustificados de periodistas, la censura y las graves restricciones a la libertad en Internet; restricciones a la libertad religiosa; trata de personas, incluido el trabajo forzoso; restricciones significativas a la libertad sindical de los trabajadores; y las peores formas de trabajo infantil.
El gobierno no tom贸 medidas cre铆bles para identificar y castigar a los funcionarios que cometieron abusos contra los derechos humanos.
La parapolic铆a, unidades no uniformadas, armadas y enmascaradas con entrenamiento t谩ctico marginal y jerarqu铆a flexible que actuaba en coordinaci贸n con las fuerzas de seguridad del gobierno y reportaba directamente a la Polic铆a Nacional de Nicaragua y a personas vinculadas al gobierno del presidente Daniel Ortega Saavedra, llev贸 a cabo una campa帽a de hostigamiento, intimidaci贸n y violencia hacia supuestos enemigos del r茅gimen, como ex presos pol铆ticos y sus familias. activistas de trabajadores agr铆colas, grupos de oposici贸n a favor de la democracia, defensores de los derechos humanos, l铆deres del sector privado, cl茅rigos, otros actores religiosos y grupos de la sociedad civil afiliados a la iglesia, as铆 como miembros del partido gobernante que expresaron su disidencia o la voluntad de desertar. Las autoridades no investigaron ni procesaron estas acciones.
Secci贸n 1.
Vida
a. Ejecuciones extrajudiciales
Hubo varios informes de que el gobierno o sus agentes cometieron homicidios arbitrarios o ileg铆timos durante el a帽o. El hostigamiento y la persecuci贸n del partido gobernante y de la parapolic铆a impidieron que los grupos de derechos humanos obtuvieran informaci贸n. Sin embargo, las organizaciones de derechos humanos y los medios independientes alegaron que algunos asesinatos ten铆an motivaciones pol铆ticas, una acusaci贸n dif铆cil de confirmar porque el gobierno se neg贸 a realizar investigaciones oficiales.
Los informes de asesinatos fueron comunes en la Regi贸n Aut贸noma del Caribe Norte. Los grupos de derechos humanos afirmaron que estos asesinatos ilustraban una continuaci贸n de una campa帽a de terror contra los grupos ind铆genas por parte de miembros o afiliados del gobernante Frente Sandinista de Liberaci贸n Nacional (FSLN) que buscaban invadir y apoderarse de tierras y recursos naturales de los territorios ind铆genas aut贸nomos. El 22 de marzo, 30 colonos (forasteros armados no ind铆genas) atacaron una comunidad ind铆gena en Amtrukna en el territorio Mayangna Sauni As. Colonos dispar贸 contra civiles desarmados e incendi贸 varias casas. Fue dif铆cil evaluar la gravedad del ataque debido a la falta de una investigaci贸n oficial.
b. Coerci贸n en el control de la poblaci贸n
No hubo informes de aborto forzado o esterilizaci贸n involuntaria por parte de las autoridades gubernamentales.
Secci贸n 2.
Libertad
un. Libertad de prensa
La ley establec铆a la libertad de expresi贸n, incluso para los miembros de la prensa y otros medios de comunicaci贸n, pero el gobierno no respet贸 este derecho. Las violaciones de la libertad de prensa, la ausencia de un poder judicial independiente y un sistema pol铆tico no democr谩tico se combinaron para obstruir la libertad de expresi贸n, incluso para los miembros de los medios de comunicaci贸n. Los medios independientes se enfrentaron a restricciones oficiales y no oficiales. El gobierno penaliz贸 arbitrariamente a quienes expresaran opiniones contrarias a la ideolog铆a del partido gobernante.
El gobierno utiliz贸 las represalias y la ley para cerrar la capacidad de las personas para criticar al gobierno. La polic铆a y la parapolic铆a sometieron a vigilancia, hostigamiento, encarcelamiento y abusos a las personas que criticaban al gobierno, al partido gobernante o a sus pol铆ticas, incluso en la discusi贸n de asuntos de inter茅s p煤blico. Las expresiones favorables de la religi贸n cat贸lica fueron severamente atacadas.
Ataques f铆sicos, encarcelamiento y presi贸n
Los periodistas fueron objeto de violencia, acoso, ataques cibern茅ticos y amenazas de muerte por parte del gobierno. Adem谩s, el gobierno exili贸 a algunos propietarios de medios y periodistas y los despoj贸 de su nacionalidad. Las autoridades impidieron que otras personas salieran o volvieran a entrar en el pa铆s, les retiraron los pasaportes o no los renovaron a prop贸sito. Seg煤n un informe de julio del Grupo Nicarag眉ense de Periodistas y Comunicadores Independientes, la vigilancia, el acoso y la persecuci贸n por parte de la polic铆a, la parapolic铆a o miembros del FSLN obligaron a 10 periodistas al exilio, lo que eleva el n煤mero total de periodistas en el exilio a 276 desde 2018. Seg煤n el mismo informe, no se produjeron noticias independientes en m谩s de la mitad del pa铆s.
El 9 de julio, agentes de la Polic铆a Nacional de Nicaragua (PNN) allanaron la casa de Nohelia Gonz谩lez, exeditora del diario La Prensa y excolaboradora del canal de televisi贸n cat贸lico y la expulsaron del pa铆s sin una acusaci贸n formal ni un proceso legal en su contra.
Las autoridades detuvieron brevemente y liberaron a otros periodistas con la amenaza de que ser铆an encarcelados a menos que dejaran de publicar noticias contrarias a las narrativas oficiales.
El gobierno incaut贸 la propiedad y el equipo de los medios cuyas licencias hab铆an sido canceladas. El gobierno continu贸 ocupando las oficinas de La Prensa, el semanario Confidencial y el canal de televisi贸n 100% Noticias.
Censura por parte de gobiernos, fuerzas militares, de inteligencia o policiales, grupos criminales o grupos extremistas o rebeldes armados
Aunque la ley que establec铆a el derecho a la informaci贸n no permit铆a la censura, el gobierno y los actores bajo su control tomaron represalias contra la prensa y las estaciones de radio y televisi贸n bloqueando transmisiones, confiscando equipos de grabaci贸n, bloqueando el reingreso al pa铆s, encarcelando a periodistas y ciudadanos por expresar noticias y opiniones en las redes sociales y cometiendo violencia contra periodistas. Muchos medios de comunicaci贸n independientes informaron desde el exilio; Los pocos periodistas que quedaban en el pa铆s operaban clandestinamente para evitar la censura, las agresiones y las amenazas.
Las restricciones a la adquisici贸n de licencias y equipos de radiodifusi贸n y la cancelaci贸n arbitraria de licencias impidieron que los medios de comunicaci贸n funcionaran libremente.
Los medios de comunicaci贸n independientes, algunos de los cuales operaban desde el interior del pa铆s pero la mayor铆a desde el exilio, se enfrentaron a restricciones para recopilar informaci贸n, como no poder asistir a eventos oficiales del gobierno, negarles entrevistas a funcionarios del gobierno y recibir acceso directo limitado o nulo a la informaci贸n del gobierno. Los medios oficiales no fueron restringidos de manera similar.
El gobierno cancel贸 las licencias de operaci贸n de seis medios de comunicaci贸n, incluida Radio Mar铆a, una estaci贸n de radio con cobertura nacional vinculada a la Iglesia Cat贸lica. Seg煤n el Grupo Nicarag眉ense de Periodistas y Comunicadores Independientes, en los seis a帽os anteriores el gobierno cerr贸 56 organizaciones de medios; Adem谩s, 22 programas de noticias y 13 programas de entrevistas de opini贸n cesaron sus operaciones debido al acoso y la persecuci贸n.
El Estado ejerc铆a una considerable influencia, propiedad y control sobre la mayor铆a de los medios de comunicaci贸n. El oficialismo fusion贸 todos los medios oficiales y privados bajo su propiedad directa bajo un Consejo de Comunicaci贸n y Ciudadan铆a encabezado por el hijo del presidente y vicepresidente, Daniel Edmundo Ortega Murillo. El consejo sirvi贸 para coordinar los mensajes dirigidos por el partido gobernante y para obtener capacitaci贸n para el personal de estos medios en China y la Federaci贸n Rusa o por sus "expertos" en el pa铆s. Los socios comerciales del presidente o los miembros de su familia controlaban en gran medida o pose铆an y administraban directamente los medios de televisi贸n nacionales. Ocho de los 10 canales b谩sicos disponibles estaban bajo influencia directa del FSLN o eran propiedad y estaban controlados por personas con estrechos v铆nculos con el gobierno. Las estaciones de medios propiedad de la familia presidencial generalmente limitaban la programaci贸n de noticias y serv铆an como medios para propaganda y anuncios de campa帽a a favor del gobierno o del FSLN. Otros medios que operan en el pa铆s se autocensuraron significativamente para evitar represalias oficiales.
Un decreto que obligaba a todas las estaciones de cable privadas a transmitir mensajes oficiales de emergencia e intereses especiales de radio y televisi贸n estaba en vigor y se usaba regularmente, incluso para casos que no eran de emergencia. El gobierno oblig贸 a la prensa independiente a utilizar los medios oficiales para cubrir las actividades presidenciales y utiliz贸 granjas de trolls (grupos de comentaristas de Internet pagados para manipular opiniones pol铆ticas) tanto dentro como fuera del pa铆s para amplificar sus propios mensajes o atacar sitios web de medios independientes. Hubo informes cre铆bles de que el gobierno censur贸 el contenido en l铆nea. Una ley de delitos cibern茅ticos de septiembre prohibi贸 a cualquier persona, incluidos los que est谩n fuera del pa铆s, difundir informaci贸n que pudiera producir "ansiedad" en el p煤blico.
La prensa y las organizaciones de derechos humanos afirmaron que el uso de fondos estatales para los medios oficiales, as铆 como la distribuci贸n sesgada de los d贸lares de publicidad del gobierno, colocaban a los medios independientes en una desventaja extrema. Algunos propietarios de medios independientes tambi茅n alegaron que el gobierno ejerci贸 presi贸n sobre las empresas privadas para limitar la publicidad en los medios independientes, aunque otros observadores cre铆an que la falta de publicidad era el resultado de la autocensura de las empresas privadas. Muchos periodistas practicaron la autocensura, por temor a las repercusiones econ贸micas y f铆sicas de los reportajes de investigaci贸n sobre delitos o corrupci贸n oficial. Adem谩s, los propietarios de los medios de comunicaci贸n ejercieron la autocensura al optar por no publicar noticias que afectaran las percepciones p煤blicas sobre el gobierno o el FSLN.
La parapolic铆a bajo el control del FSLN trabaj贸 en conjunto con los comit茅s vecinales de la PNN y el FSLN para atacar, vigilar y restringir cualquier forma de expresi贸n cr铆tica del partido gobernante o sus pol铆ticas e intereses. En marzo, agentes de la PNN y parapolic铆as atacaron y detuvieron a laicos cat贸licos que participaban en actos de Semana Santa, a menudo por expresar p煤blicamente el deseo de que monse帽or Rolando 脕lvarez fuera liberado de la c谩rcel.
Hubo informes cre铆bles de que el gobierno monitore贸 las comunicaciones privadas en l铆nea sin la autoridad legal adecuada y, en algunos casos, censur贸 el contenido en l铆nea o restringi贸 o interrumpi贸 el acceso a Internet. Los medios independientes informaron que el gobierno brind贸 apoyo log铆stico a las granjas de trolls que rutinariamente llevaron a cabo ataques cibern茅ticos contra sitios web de medios de oposici贸n y cuentas de redes sociales. Seg煤n los informes, los trolls y los bots rastrearon las cuentas de redes sociales de la oposici贸n para tomar represalias contra los usuarios considerados opositores del partido gobernante. Simpatizantes pagados del gobierno utilizaron las redes sociales y los espacios de comentarios en sitios web para hostigar a miembros prominentes de la sociedad civil, defensores de los derechos humanos, personas afiliadas a di贸cesis cat贸licas e iglesias evang茅licas, y periodistas conocidos. Las defensoras de los derechos humanos ind铆genas fueron atacadas en l铆nea. La evidencia anecd贸tica indic贸 casos de abuso basado en im谩genes, doxing, ciberacoso, acoso sexual y de g茅nero en l铆nea y acoso cibern茅tico.
b. Derechos de los trabajadores
Libertad de asociaci贸n y negociaci贸n colectiva
La ley establec铆a el derecho de todos los trabajadores, excepto el ej茅rcito y la polic铆a, a formar sindicatos y afiliarse a ellos sin autorizaci贸n previa, a negociar colectivamente y a realizar huelgas. Sin embargo, los trabajadores viv铆an en lo que el Comit茅 de Expertos de la Organizaci贸n Internacional del Trabajo llam贸 un "clima persistente de intimidaci贸n y acoso de las organizaciones independientes de trabajadores y empleadores". El control del gobierno sobre todos los sindicatos principales anul贸 efectivamente el derecho de los trabajadores a afiliarse a sindicatos independientes de su propia elecci贸n. El partido gobernante utiliz贸 su control sobre los principales sindicatos para acosar e intimidar a los trabajadores de varios sectores, incluidos la construcci贸n, la educaci贸n, la atenci贸n m茅dica, el sector p煤blico y las zonas de libre comercio.
Los convenios colectivos duraban hasta dos a帽os y se renovaban autom谩ticamente si ninguna de las partes solicitaba su revisi贸n. Sin embargo, los convenios colectivos en las regiones de las zonas francas eran por per铆odos de cinco a帽os. Las empresas en disputas con sus empleados estaban obligadas a negociar con el sindicato de empleados, si exist铆a. Por ley, varios sindicatos pod铆an coexistir en una empresa, y la ley permit铆a a la gerencia firmar acuerdos de negociaci贸n colectiva separados con cada sindicato. Aunque la ley estableci贸 un proceso de arbitraje en el tribunal laboral, estuvo sujeto a largos tiempos de espera y procedimientos largos y complicados, y muchas disputas laborales se resolvieron fuera de los tribunales.
La constituci贸n reconoci贸 el derecho a la huelga, con restricciones. La ley prohib铆a la discriminaci贸n antisindical y establec铆a el derecho a la reincorporaci贸n de los trabajadores despedidos por actividades sindicales. Los engorrosos y largos procedimientos de conciliaci贸n y el control gubernamental de todos los sindicatos principales impidieron que los trabajadores convocaran huelgas. En las empresas m谩s peque帽as donde los principales sindicatos no estaban presentes, el gobierno cre贸 sindicatos alineados con el gobierno para difundir los esfuerzos para organizar huelgas u otras acciones laborales. Adem谩s, si una huelga continuaba durante 30 d铆as sin resoluci贸n, el Ministerio de Trabajo pod铆a suspender la huelga y someter el asunto a arbitraje.
No se respet贸 la libertad sindical ni el derecho a la negociaci贸n colectiva, y el gobierno intervino a menudo por razones pol铆ticas. Por ejemplo, el gobierno suspendi贸 a un sindicato y arrest贸 a su l铆der para interrogarlo porque el sindicato planeaba una conferencia en el pa铆s que habr铆a incluido a asistentes de una organizaci贸n laboral internacional. El gobierno no hizo cumplir las leyes de manera efectiva. La ley no establec铆a multas espec铆ficas por violaciones de la legislaci贸n laboral; las sanciones impuestas a discreci贸n de los funcionarios del Ministerio de Trabajo eran proporcionales a las de otras leyes que implicaban la denegaci贸n de derechos civiles, como la discriminaci贸n. A veces se aplicaban sanciones contra los infractores.
Se produjeron despidos por motivos pol铆ticos. Se presuntamente se exig铆a a los solicitantes que buscaban puestos de trabajo en el sector p煤blico o a mantener un empleo en el sector p煤blico la afiliaci贸n partidista del FSLN o cartas de recomendaci贸n de secretarios del partido, coordinadores del gabinete familiar u otros funcionarios del partido. Por ley, durante una huelga, los empleadores no pod铆an contratar trabajadores de reemplazo. Los observadores observaron una sensaci贸n de impunidad cuando los empleadores o sindicatos alineados con el partido gobernante interfirieron en el funcionamiento de las organizaciones de trabajadores y cometieron otras violaciones relacionadas con la libertad sindical y la negociaci贸n colectiva. Los l铆deres sindicales se帽alaron que los empleadores violaban rutinariamente los convenios colectivos y las leyes laborales con impunidad. Los observadores acusaron a las federaciones sindicales afiliadas al gobierno de proteger los intereses de los empleadores al identificar y aislar a los trabajadores que intentaron organizar sindicatos independientes. El gobierno fue acusado de frustrar los intentos de formar sindicatos independientes mediante demoras procesales arbitrarias.
Muchos empleadores del sector formal continuaron poniendo en listas negras o despidiendo a miembros del sindicato y no los reincorporaron. Muchos de estos casos no llegaron al sistema judicial ni a un proceso de mediaci贸n liderado por el Ministerio de Trabajo. Los empleadores tambi茅n evitaron sanciones legales organizando sindicatos dirigidos por empleadores que carec铆an de independencia y utilizando con frecuencia trabajadores contratados para reemplazar a los empleados en huelga. Hubo informes de que las cuotas del partido FSLN se deduc铆an autom谩ticamente de los cheques de pago. El personal del sector p煤blico inform贸 que se vio obligado a recibir entrenamiento con armas, supuestamente para defender al pa铆s contra otro intento de golpe de Estado.
Trabajo forzoso u obligatorio
Consulte el Informe anual sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/.
Condiciones de trabajo aceptables
Leyes de Salarios y Horas
La ley estableci贸 un salario m铆nimo legal para 10 sectores econ贸micos. Seg煤n analistas independientes, el salario m铆nimo legal promedio cubr铆a menos del 50 por ciento del costo de los bienes b谩sicos.
La semana laboral legal est谩ndar se limit贸 a 48 horas, con un d铆a de descanso. La ley dictaba un bono obligatorio de fin de a帽o equivalente a un mes de salario, proporcional al n煤mero de meses trabajados. La ley exig铆a el pago de primas por horas extras, prohib铆a las horas extras obligatorias y establec铆a un m谩ximo de tres horas extras por d铆a que no excedieran las nueve horas por semana.
Los empleadores a menudo ignoraban las limitaciones legales sobre las horas trabajadas y afirmaban que los trabajadores se ofrec铆an como voluntarios para horas adicionales por un pago adicional. Se inform贸 de horas extraordinarias obligatorias en el sector de la seguridad privada, donde a menudo se exig铆a a los guardias que trabajaran turnos excesivos sin relevo.
Los empleadores a menudo retrasaban las indemnizaciones por despido a los trabajadores despedidos u omit铆an los pagos por completo.
Seguridad y Salud Ocupacional
Exist铆an normas de seguridad y salud en el trabajo (SST) para las principales industrias del pa铆s. Los expertos en SST del Ministerio de Trabajo identificaron activamente las condiciones inseguras y respondieron a las quejas de los trabajadores. El Ministerio de Trabajo, a trav茅s de su Oficina de Higiene y Seguridad Ocupacional, era responsable de hacer cumplir las leyes de SST. Por ley, los trabajadores pod铆an retirarse de situaciones que pusieran en peligro su salud o seguridad sin poner en peligro su empleo. No estaba claro si las autoridades proteg铆an efectivamente a los empleados en tales casos. El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad Laboral, as铆 como sus comit茅s departamentales, se encargaban de implementar la legislaci贸n sobre seguridad de los trabajadores y colaborar con otras agencias gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil en el desarrollo de programas de asistencia y la promoci贸n de actividades de capacitaci贸n y prevenci贸n. Seg煤n los representantes laborales, el consejo estuvo inactivo durante todo el a帽o. Se exigi贸 a las empresas que formaran comit茅s de SST entre los trabajadores y la direcci贸n.
Los accidentes de seguridad y salud ocurrieron con mayor frecuencia en la fabricaci贸n, la agricultura y la ganader铆a.
Cumplimiento de salarios, horas y SST
En general, el gobierno hizo cumplir las leyes de salario m铆nimo en el sector formal, pero no hizo cumplir eficazmente las leyes sobre horas extraordinarias y SST. Las sanciones por violaciones de las leyes de salario m铆nimo y horas extras eran proporcionales a las de delitos similares, como el fraude. Rara vez se aplicaban sanciones contra los infractores.
La ley permit铆a a los inspectores de trabajo realizar inspecciones sin previo aviso e iniciar sanciones por violaciones. Hubo informes de corrupci贸n de inspectores. El Ministerio de Trabajo era la principal agencia de aplicaci贸n. El gobierno no asign贸 personal adecuado ni otras medidas para hacer cumplir las disposiciones salariales, de horas extraordinarias o de SST. Las sanciones por violaciones de las leyes de SST eran proporcionales a las de delitos como la negligencia, pero rara vez se aplicaban.
Los grupos independientes estimaron que el sector informal representaba m谩s del 80 por ciento de la fuerza laboral. El gobierno no hizo cumplir las leyes laborales en este sector.
c. Desaparici贸n y secuestro
Desaparici贸n
Hubo informes de desapariciones forzadas a manos de autoridades gubernamentales o en su nombre. Varias organizaciones de derechos humanos informaron de que la PNN y las autoridades penitenciarias hab铆an hecho desaparecer por la fuerza a miembros de la oposici贸n pol铆tica. Estas organizaciones citaron muchos casos en los que las autoridades detuvieron a opositores pol铆ticos sin informar a sus familiares ni a un abogado, sin proporcionar informaci贸n sobre d贸nde estaban detenidos, sin presentar a los presos ante un tribunal p煤blico y neg谩ndoles todo acceso a recursos legales como el h谩beas corpus. En al menos nueve casos, las fuerzas de seguridad mantuvieron a los presos pol铆ticos incomunicados hasta tres meses, traslad谩ndolos ocasionalmente a diferentes prisiones y hacia y desde hospitales y cl铆nicas m茅dicas sin obtener una orden de las autoridades civiles ni informar a los abogados o familiares de los presos. Las autoridades no publicaron muchos de los casos contra presos pol铆ticos en el sistema de informaci贸n en l铆nea del poder judicial. Las autoridades detuvieron, encarcelaron y desterraron a Roma al menos a nueve sacerdotes sin informar a sus familiares ni a un abogado ni presentar cargos formales contra ellos.
Detenci贸n prolongada sin cargos
La ley prohib铆a el arresto y la detenci贸n arbitrarios y establec铆a el derecho de las personas a impugnar la legalidad de su arresto o detenci贸n ante los tribunales. Sin embargo, el gobierno generalmente no permiti贸 que los considerados opositores pol铆ticos impugnaran la legalidad de su arresto o detenci贸n. En estos casos, los jueces negaron o ignoraron regularmente las protecciones constitucionales para los detenidos, incluido el h谩beas corpus. Seg煤n organizaciones no gubernamentales independientes, las autoridades realizaron muchas detenciones basadas en decisiones pol铆ticas tomadas por el presidente y el vicepresidente o un peque帽o grupo de oficiales de inteligencia que trabajaban bajo su mando con la ayuda de los comit茅s vecinales del FSLN.
La detenci贸n preventiva prolongada fue un problema. Muchos l铆deres de la oposici贸n y manifestantes en favor de la democracia fueron detenidos y recluidos sin cargos y sin que se les concediera el debido proceso. Los observadores se帽alaron que en varios casos las autoridades impusieron deliberadamente largas detenciones preventivas contra determinados l铆deres de la protesta y cl茅rigos cat贸licos.
La polic铆a podr铆a retener legalmente a un sospechoso durante 48 horas antes de la lectura de cargos o la liberaci贸n y la Oficina del Fiscal General podr铆a solicitar una orden judicial para que la PNN retenga a los sospechosos durante 15 a 90 d铆as si el juez considera que el caso es complejo. Luego, se requiri贸 que un juez ordenara que el sospechoso fuera liberado o transferido a la c谩rcel para prisi贸n preventiva. Organizaciones de derechos humanos informaron que agentes de la polic铆a y parapolic铆as deten铆an rutinariamente a personas consideradas opositoras al partido gobernante durante m谩s de 48 horas, sin cumplir con el requisito de solicitar la pr贸rroga limitada a no m谩s de 90 d铆as para continuar su investigaci贸n. La PNN y los guardias penitenciarios mantuvieron a varios prisioneros de tres a cinco meses antes de ser procesados.
El gobierno detuvo a varios miembros de la Iglesia Cat贸lica Romana durante largos per铆odos sin cargos formales. Expertos en asuntos de seguridad afirmaron que un peque帽o grupo de oficiales de inteligencia bajo la direcci贸n de Ortega y Murillo dirigi贸 actividades de monitoreo que informaron los arrestos arbitrarios de miembros de la oposici贸n, miembros del partido que podr铆an desertar o personal del sector p煤blico descontento. El 1 de enero, las autoridades arrestaron a Carlos Bojorge despu茅s de que gritara "Viva la Iglesia Cat贸lica" al final de la misa dominical en Managua. Su familia no pudo identificar su lugar de detenci贸n hasta junio, despu茅s de buscarlo en los centros de detenci贸n de la ciudad.
Las organizaciones de derechos humanos indicaron que las demoras en la liberaci贸n de presos despu茅s de que terminaron las penas de prisi贸n llevaron a muchos casos de continuaci贸n arbitraria de un estado de arresto. El 5 de septiembre, el gobierno liber贸 a 135 presos pol铆ticos que hab铆an estado recluidos durante per铆odos prolongados y los expuls贸 del pa铆s.
d. Violaciones de la libertad religiosa
Consulte el Informe anual de libertad religiosa internacional del Departamento de Estado en https://www.state.gov/religiousfreedomreport/.
e. Trata de personas
Consulte el Informe anual sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/.
Secci贸n 3.
Seguridad de la persona
un. Tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Aunque la ley prohib铆a tales pr谩cticas, los funcionarios del gobierno llevaron a cabo actos que resultaron en graves sufrimientos f铆sicos o mentales con el fin de obtener informaci贸n, infligir castigos y disuadir psicol贸gicamente a otros ciudadanos de informar sobre las acciones del gobierno o participar en acciones c铆vicas contra el gobierno. La tortura y el maltrato contra los presos ten铆an similitudes con el trato contra los presos liberados en 2023 que, seg煤n concluy贸 el Grupo de Expertos en Derechos Humanos de la ONU sobre Nicaragua, "alcanzaron el umbral de la tortura".
Las autoridades penitenciarias sometieron a m谩s de 150 presos recluidos en la prisi贸n Jorge Navarro "La Modelo" a tratos crueles y degradantes. Las organizaciones de derechos humanos informaron que los prisioneros fueron intencionalmente mal alimentados y alimentados con alimentos en mal estado, interrogados continuamente despu茅s de la condena, sometidos a per铆odos prolongados de oscuridad o luz, privados de luz solar o mantenidos afuera en condiciones de calor extremo, impedidos de hablar, sometidos a tormento psicol贸gico, negados el acceso a material de lectura y objetos religiosos como rosarios y biblias, y mantenidos en confinamiento solitario durante per铆odos prolongados.
Una organizaci贸n de derechos humanos que rastre贸 a los presos pol铆ticos inform贸 que la capitana del bloque de celdas Rosa Vel谩squez de la prisi贸n La Modelo permiti贸 un trato inhumano de al menos 50 presos pol铆ticos recluidos en dos bloques de celdas bajo su custodia. La misma organizaci贸n inform贸 que los guardias penitenciarios golpearon a los presos en el bloque de celdas 300 del 12 al 18 de agosto por celebrar la noticia de una protesta p煤blica contra las elecciones fallidas en Venezuela y nombraron a Roberto Guevara, director de La Modelo, como el l铆der de los guardias que atacaron a los prisioneros.
Las organizaciones de derechos humanos informaron que las fuerzas parapoliciales, los funcionarios penitenciarios y la polic铆a somet铆an regularmente a las reclusas a registros desnudos, tratos degradantes, amenazas y otros actos de violencia contra las mujeres mientras estaban bajo custodia. Una organizaci贸n de derechos humanos inform贸 que en 2023, una de cada cuatro reclusas hab铆a sido violada mientras estaba bajo custodia. Los familiares de los presos tambi茅n sufrieron tratos degradantes por parte de la polic铆a y los guardias penitenciarios durante las visitas, incluidos registros al desnudo, sentadillas forzadas y registros de cavidades corporales. Las autoridades penitenciarias amenazaron a los familiares con perder las oportunidades de visita o castigar a los presos si denunciaban actos de tortura.
La impunidad era un problema importante entre las fuerzas policiales y parapoliciales en los casos denunciados de tortura u otros abusos. El gobierno no hizo ning煤n esfuerzo por investigar las denuncias de tortura o abusos contra los opositores al r茅gimen.
b. Protecci贸n de los ni帽os
Trabajo infantil
Consulte los hallazgos del Departamento de Trabajo sobre las peores formas de trabajo infantil en https://www.dol.gov/agencies/ilab/resources/reports/child-labor/findings/ .
Matrimonio infantil
Las edades m铆nimas legales para contraer matrimonio son 18 a帽os para hombres y mujeres y 16 con autorizaci贸n de los padres. Hubo informes cre铆bles de matrimonios precoces forzados en algunas comunidades ind铆genas rurales. No se dispon铆a de informaci贸n sobre las medidas adoptadas por el gobierno para abordar o prevenir el matrimonio forzado y precoz.
c. Protecci贸n de los refugiados
El gobierno no cooper贸 con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras organizaciones humanitarias para brindar protecci贸n y asistencia a los refugiados, refugiados que regresan o solicitantes de asilo, as铆 como a otras personas de inter茅s. El gobierno no proporcion贸 informaci贸n actualizada sobre refugiados o solicitantes de asilo desde 2015.
Provisi贸n de primer asilo
La ley preve铆a la concesi贸n de asilo o el estatuto de refugiado, y el gobierno ten铆a un sistema para brindar protecci贸n a los refugiados. Solo el poder ejecutivo o las embajadas del pa铆s en el extranjero pod铆an otorgar asilo pol铆tico.
d. Actos de antisemitismo e incitaci贸n antisemita
El pa铆s ten铆a una poblaci贸n jud铆a muy peque帽a. Hubo pocos informes de incidentes antisemitas.
e. Casos de represi贸n transnacional
El gobierno particip贸 en actos de represi贸n transnacional.
Amenazas, acoso, vigilancia o coerci贸n
Los exiliados en Costa Rica y en otros lugares denunciaron acoso y opresi贸n pol铆tica por parte de parapolic铆as y simpatizantes del FSLN que cruzaron la frontera para atacar a los exiliados, as铆 como por funcionarios de inteligencia dentro de la embajada de Nicaragua en Costa Rica. Algunas organizaciones creadas por exiliados en Costa Rica informaron haber sido vigiladas fuera de sus oficinas, y personas desconocidas tomaron fotograf铆as de personas que entraban y sal铆an de sus oficinas. Adem谩s, los miembros del personal de estas organizaciones informaron haber recibido mensajes de texto amenazantes record谩ndoles las agresiones pasadas contra nicarag眉enses en Costa Rica.
Los familiares de los miembros de la oposici贸n en el exilio fueron vigilados, hostigados, detenidos y condenados injustamente como parte de los intentos del gobierno de obligar a los miembros de la oposici贸n exiliados a regresar al pa铆s y ser arrestados. El gobierno negaba sistem谩ticamente a estos familiares el acceso a documentos p煤blicos, como certificados de nacimiento de ni帽os bajo tutela conjunta o pasaportes. En varios casos, las autoridades exigieron que un padre previamente exiliado por el gobierno estuviera presente para solicitar documentos p煤blicos para los ni帽os.
Uso indebido de las herramientas internacionales de aplicaci贸n de la ley
Hubo informes cre铆bles de que el r茅gimen intent贸 hacer un uso indebido de las notificaciones rojas de Interpol con fines pol铆ticos como represalia contra personas que consideraba opositoras, incluido el clero que se exiliaba. Por ejemplo, el l铆der opositor Douglas Gamaliel 脕lvarez Morales fue extraditado al pa铆s desde Costa Rica en febrero despu茅s de que el gobierno presentara una notificaci贸n roja en su contra.
Esfuerzos para controlar la movilidad
Hubo informes cre铆bles de que las autoridades intentaron controlar la movilidad para tomar represalias contra los ciudadanos en el extranjero neg谩ndoles servicios consulares. Las autoridades migratorias del pa铆s y las oficinas consulares en el extranjero negaron el acceso a los pasaportes a presuntos opositores pol铆ticos y a sus familiares, impidi茅ndoles viajar a un tercer pa铆s. Las autoridades de migraci贸n analizaron los manifiestos de vuelos entrantes y las listas de ocupantes de l铆neas internacionales de autobuses para evitar que los ciudadanos regresaran al pa铆s, lo que requiri贸 que las aerol铆neas y las l铆neas de autobuses notificaran a esos ciudadanos que las autoridades no les permitir铆an regresar.